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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 29 de junio de 2012 469589 DICE: Artículo Primero.- APROBAR la transferencia presupuestal del Gobierno Regional Junín a favor de la Municipalidad Provincial de Jauja (...). DEBE DECIR: Artículo Primero.- APROBAR la transferencia fi nanciera del Gobierno Regional Junín a favor de la Municipalidad Provincial de Jauja (...). 807345-1 GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE Derogan la Ordenanza Regional Nº 026-2007-GR.LAMB/CR y el Decreto Regional Nº 005-2008-GR.LAMB/ PR, desactivándose así el Programa NORBOSQUE - Lambayeque ORDENANZA REGIONAL Nº 010-2012-GR.LAMB./CR Chiclayo, 14 de junio de 2012 El Presidente del Gobierno Regional de Lambayeque POR CUANTO: El Consejo Regional en su Sesión Ordinaria de fecha 13 de junio de 2012, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio Nº 103-2012/GR.LAMB/CRNGM, la Comisión de Recursos Naturales, Gestión Ambiental y Agricultura del Consejo Regional Gobierno Regional Lambayeque, puso en consideración del pleno de este órgano colegiado, su Dictamen Nº 003-2012-GR.LAM/ CRNGAA, referente a la propuesta de desactivación del Programa de Manejo Sostenible de los Bosques Secos - NORBOSQUE Que conforme lo prescribe el Título III, Ordenamiento Normativo Regional, Capítulo I, Régimen Normativo - Normas y Disposiciones Regionales, Articulo 37º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, ley Nº 27867, los Gobiernos Regionales a través de sus órganos de gobierno, en este caso el Gobierno Regional, dictan Ordenanzas Regionales y Acuerdos de Consejos Regional Que el Artículo 53º inciso ”i” de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, establece que el Estado promueve la conservación y el aprovechamiento sostenible de los Recursos Naturales a través de políticas, normas, instrumentos y acciones de desarrollo, así como, mediante el otorgamiento de derechos, conforme a los limites y principios expresados en la ley citada y de demás leyes y normas reglamentarias aplicables. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 026-2003- GR.LAMB/CR.se crea el Sistema Regional de Gestión Ambiental en el ámbito del Gobierno Regional de Lambayeque y mediante Ordenanza Regional Nº 008-2012- G.R.LAMB/CR se actualiza dicho sistema, conformada sobre las bases de las instituciones públicas y privadas, que ejercen competencia y funciones sobre el ambiente y los recursos. Que la Resolución Ejecutiva Regional Nº 271-2008. GR-LAMB/PR; deviene en nula de pleno derecho, al crear una plaza para el cargo del Director Ejecutivo del Programa NORBOSQUE, así como la conformación de una Estructura Orgánica independiente con características de Proyecto Especial, sin contar con los recursos presupuestales Que la falta de implementación del Programa NORBOSQUE creado mediante Ordenanza Regional Nº 026-2007-GR.LAMB/CR genera responsabilidad administrativa de las instancias involucradas señaladas por la Comisión Auditora Ambiental de Contraloría General de la Republica, hecho que la Presidencia Regional al haber tomado conocimiento del incumplimiento de dicha norma regional ha solicitado se tomen acciones concretas a fin de superar dicha omisión. Que mediante Ordenanza Regional Nº020-2008- GR.LAMB/CR se crea el Sistema Nacional de Áreas de Conservación de Lambayeque como instrumento de gestión eficaz para la conservación de la diversidad biológica existente en la Región Lambayeque, conformándose el Consejo de Coordinación del Sistema Regional de Áreas de Conservación que promueve la adecuada planificación y manejo de las áreas naturales. Que la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental a través del proyecto “Componente Bocque Seco” viene apoyando actualmente a los pobladores locales de bosques secos de los distritos de Olmos, Motupe y Salas con la ejecución de inversiones productivas sostenibles Que en esa perspectiva la mencionada gerencia viene ejecutando proyectos de reforestación en el ámbito regional, favoreciendo la recuperación de zonas degradadas por la tala indiscriminada, así como impulsando la creación de nuevas oportunidades de empleo local. Que se cuenta con el “Plan de Desarrollo Forestal Regional 2021” - PDFR aprobado mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº180-2009-GR.LAMB/PR; constituyéndose el principal documento orientador de la gestión en materia de bosque de la Región Lambayeque que entiende criterios gestión sostenible del bosque seco similares a los del Programa NORBOSQUE. Que, el convenio de cooperación interinstitucional entre el Gobierno Regional Lambayeque - PROFONANPE- SERNANP asegura fondos adicionales del orden de 2,4 millones de dólares americanos a favor del bosque seco durante los próximos cinco años, en el marco del Sistema Regional de Áreas de Conservación. Que en ese sentido el inc. a., del Artículo 15º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece como atribuciones del Consejo Regional el aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Por lo que estando a lo dispuesto por el Articulo 38º de la ley Nº27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional Lambayeque ha emitido la siguiente ordenanza regional; SE ORDENA: Artículo Primero.- DERÓGUESE la Ordenanza Regional Nº 026-2007-GR.LAMB/CR que aprueba el Programa Regional de Manejo Sostenible de los Bosques Secos - NORBOSQUE Lambayeque y el Decreto Regional Nº 005-2008-GR.LAMB/PR que reglamentó dicha ordenanza, desactivándose así el Programa NORBOSQUE - Lambayeque; encargándose a la Gerencia de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente realizar las acciones correspondiente para dar cumplimiento a la citada norma Artículo Segundo.- DISPONER que la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental, incorpore en sus planes operativos proyectos PRONANP y Proyectos de Inversión Pública las acciones estratégicas contempladas en el Programa NORBOSQUE - Lambayeque. Artículo Tercero.- DISPÓNGASE la publicación de esta ordenanza regional en el diario ofi cial “El Peruano”, así como su difusión íntegra en el portal electrónico del Gobierno Regional de Lambayeque. Regístrese, comuníquese y cúmplase. HUMBERTO ACUÑA PERALTA Presidente Regional 807528-1