Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2012 (29/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 147

El Peruano MORDAZA, viernes 29 de junio de 2012

NORMAS LEGALES
esta

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El Consejo del Programa de Voluntariado, conformado por cinco miembros:

la Gerencia de Fiscalizacion Administrativa su observancia y cumplimiento. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA ZUREK P.F. MORDAZA

· El MORDAZA de la Municipalidad o un Regidor, que se designe en su representacion, como Presidente del Consejo; · El Gerente de Desarrollo Humano y Social, como Encargado del Programa; · El Sub Gerente de Participacion Vecinal y Social, como Secretario Tecnico; · Dos (2) miembros elegidos entre los integrantes del Programa. Articulo Octavo.- FUNCIONES DEL CONSEJO DEL PROGRAMA Son funciones del Consejo del Programa de Voluntariado las siguientes: 1. Establecer las politicas, objetivos y metas a fin de optimizar la participacion de los voluntarios y los resultados de las actividades. 2. Establecer las estrategias para la captacion, identificacion y participacion de los voluntarios en el desarrollo del voluntariado.

807744-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Aceptan donacion de suma de dinero a favor de la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 057-2012-AC-MDMM
MORDAZA MORDAZA, 21 de junio de 2012 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria Nº 13 de la fecha, y; VISTO: El D/S. Nº 08309-2012 del 20 de junio de 2012 presentado por la Empresa TRAMASA S.A.C. y el Informe Nº 449-2012-GAJ-MDMM de la Gerencia de Asesoria Juridica, y; CONSIDERANDO:

DISPOSICIONES FINALES
Primera.- El Reglamento sera elaborado por la Gerencia de Desarrollo Humano, el mismo que sera aprobado mediante Decreto de Alcaldia. Segunda.- La presente Ordenanza regira a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Alcaldesa

807403-1

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Disponen el embanderamiento general de predios del distrito con motivo del aniversario de la proclamacion de la Independencia del Peru
DECRETO DE ALCALDIA N° 011 - 2012
La MORDAZA, 27 de junio de 2012 EL MORDAZA DISTRITAL DE LA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, el 28 de MORDAZA proximo se celebrara el Centesimo Nonagesimo Primer Aniversario de la Independencia del Peru; Que, en este MORDAZA acontecimiento, es deber del gobierno local incentivar la participacion civica del vecindario, resaltando los valores nacionales, el respeto y veneracion a los Simbolos de la Patria; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades previstas en los Articulos 20° numeral 6) de la Ley Organica de Municipalidades No. 27972; DECRETA: Articulo Primero.- DISPONER el embanderamiento general de los predios del Distrito de La MORDAZA, del 01 al 31 de MORDAZA del 2012, con motivo de conmemorarse el Centesimo Nonagesimo Primer Aniversario de la Independencia del Peru. Articulo Segundo.- RECOMENDAR a los vecinos del Distrito de La MORDAZA, la limpieza y embellecimiento de las fachadas de sus predios como muestra de respeto a nuestro aniversario patrio. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General la difusion y publicacion del presente Decreto, y a

Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, las municipalidades son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante el Documento Simple del visto, la empresa TRAMASA S.A.C. remite a la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA en calidad de donacion, la suma de S/. 20,000.00 (Veinte Mil y 00/100 Nuevos Soles), para que MORDAZA utilizados en las actividades a realizar en conmemoracion del aniversario del Distrito de la Municipalidad de MORDAZA del Mar; Que, mediante Informe Nº 449-2012-GAJ-MDMM, la Gerencia de Asesoria Juridica senala que de conformidad a lo dispuesto en el articulo 1621º del Codigo Civil, la donacion implica que el donante se obligue a transferir gratuitamente al donatario la propiedad de un bien; precisando que luego de la evaluacion de los actuados, la referida donacion cumple con el MORDAZA legal establecido para su aceptacion debiendo elevarse al Concejo para la aprobacion del acuerdo respectivo, senalandose el destino del monto a donar; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 64º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que las donaciones de bienes a favor de una municipalidad estan exoneradas de todo impuesto, conforme a la ley de la materia, asi como del pago de los derechos registrales y derechos arancelarios cuando los bienes provienen del extranjero. Asimismo, el numeral 20º del articulo 9º de la Ley Nº 27972, establece que corresponde al Concejo Municipal aceptar las donaciones, legados, subsidios o cualquier otra liberalidad, los cuales formaran parte de los bienes de la Municipalidad y deberan ser incluidos en el margesi de bienes municipales conforme se establece en el numeral 7) del articulo 56º y el articulo 57º del citado texto normativo; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 20) del articulo 9º y articulo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del

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