Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2012 (29/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 142

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 29 de junio de 2012

precedente, ante la unidad de tramite documentario de la Municipalidad de Ancon. La unidad de tramite documentario esta obligada a recibir todas las solicitudes, no obstante se incumpla con los requisitos establecidos en la presente Ordenanza, que amerite correccion. En un solo acto y por unica vez la unidad de recepcion documentaria si advirtiese la falta de algunos de los requisitos o documentos exigidos por el articulo precedente, recibira el documento, indicandola al usuario que en un plazo no mayor de dos (2) dias utiles debera subsanarlas, bajo apercibimiento de tenerse por no presentada su solicitud. La unidad de tramite documentario remitira la solicitud recibida a la subgerencia de Participacion Vecinal, para el tramite correspondiente. Articulo 7°.- PLAZOS. Una vez recibida la solicitud por la subgerencia de Participacion Vecinal, esta procedera a su evaluacion y emitira resolucion debidamente motivada en un plazo MORDAZA de diez (10) dias contados desde el dia siguiente de presentada la solicitud. Transcurrido este plazo sin pronunciamiento el usuario podra considerar su solicitud aprobada. Articulo 8°.- VIGENCIA DE LA INSCRIPCION Y ACTUALIZACION DEL REGISTRO. La inscripcion en el Registro de Organizaciones Sociales para el CCLD tiene una vigenciade dos (2) anos. Las organizaciones sociales inscritas se obligan a actualizar cualquier informacion, siguiendo el mismo tramite establecido para la inscripcion. Articulo 9°.- DIFUSION DEL REGISTRO El listado de las organizaciones sociales inscritas sera insertado en la Pag.Web Municipaly en carteles en lugares visibles de la Municipalidad de Ancon.

c) Resolver la inscripcion y retiro de los candidatos, las impugnaciones, observaciones u otras incidencias, que se produzcan durante el MORDAZA electoral. d) Realizar el conteo de la votacion en forma publica. e) Redactar y suscribir el Acta Electoral del MORDAZA electoral. f) Proclamar a los candidatos elegidos, otorgar credenciales y juramentar a los candidatos elegidos. g) Comunicar al MORDAZA los resultados del MORDAZA electoral. Articulo 13°.- CONTENIDO DEL ACTA ELECTORAL El Acta Electoral consignara el nombre de la eleccion, el lugar, la fecha y la hora de inicio y termino de las elecciones, y, contendra cuando menos la siguiente informacion: a. Acta de instalacion en la cual se indicara: la hora de la instalacion del Comite. b. Electoral; el numero de representantes de la sociedad civil a elegir como miembros del Consejo de Coordinacion Local Distrital; la lista de delegados electores asistentes en primera y MORDAZA citacion, de ser el caso; los nombre de los delegados-electores que forman la (s) lista (s) de candidatos. c. Acta de sufragio en la cual se indicara: el numero de delegados-electores que sufragaron en cada ronda de votacion, de ser este el caso; la hora de termino de la votacion. d. El Acta de Escrutinio en la cual se indicara: el numero de votos alcanzados por cada uno de los candidatos, en cada ronda, de ser este el caso; la cantidad de votos nulos y en MORDAZA en cada ronda, de ser este el caso. e. El nombre de los candidatos que fueron elegidos como representantes de la Sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local. f. Las observaciones, impugnaciones u otra incidencia que se hubiese producido en el acto electoral.

TITULO III MORDAZA DE ELECCION DE REPRESENTANTES DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL.
Articulo 10°.- MORDAZA DE ELECCION El MORDAZA de eleccion de los representantes de la sociedad civil paraconformar el Consejode Coordinacion Local Distrital (CCLD) constituye un mecanismo democratico que permitirala participacion de las organizaciones de la sociedad civil en la gestion municipal dentro delos alcances establecidos por la Ley Organica de Municipalidades, la presente Ordenanza y normas conexas. La Oficina Nacional de Procesos Electorales prestara apoyo tecnico en materia electoral al presente MORDAZA de elecciones.

CAPITULO II DE LA CONVOCATORIA
Articulo 14°.- CONVOCATORIA EL MORDAZA, bajo responsabilidad, mediante Decreto de Alcaldia convoca a la eleccion de representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital. En la convocatoria se establecera el lugar, fecha y la hora de la realizacion de las elecciones. En ningun caso, el lugar de las elecciones puede llevarse a cabo fuera del distrito. La convocatoria sera publicada en el Diario Oficial El Peruano y en carteles en lugares visibles de la municipalidad de Ancon. Ademas se notificara a las organizaciones de la sociedad civil en el domicilio que figura en el Registro de Organizaciones Sociales para el CCLD de la Municipalidad deAncon. Articulo 15°.- PLAZOS DE LA CONVOCATORIA La convocatoria se realizara en un periodo no menor a noventa (90) dias MORDAZA del vencimiento del mandato de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital. La eleccion de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo deCoordinacion Local Distrital debe realizarse a mas tardar treinta (30) dias MORDAZA del termino del mandatode los representantes en ejercicio.

CAPITULO I DEL COMITE ELECTORAL
Articulo 11°.- CONFORMACION El Comite Electoral tiene a su cargo la responsabilidad de la conduccion y desarrollo para que el MORDAZA de eleccion de representantes de la sociedad civil ante el CCLD se realice de manera democratica y transparente. El Comite Electoral esta integrado por: a) El Gerente Municipal, quien lo presidira. b) Un Juez de Paz del Distrito de Ancon. c) Subgerente de Participacion Vecinal. El Comite Electoral elige entre sus miembros a quien se desempenara como secretario yvocal. El Comite Electoral es MORDAZA y sus decisiones son definitivas einimpugnables. Articulo 12°.- ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES El Comite Electoral tiene las siguientes atribuciones y obligaciones: a) Organizar, dirigir y controlar el desarrollo del MORDAZA electoral y actuar como miembro de mesa de la eleccion. b) Preparar los disenos y formatos de celulas y demas documentos que se Requieran para el MORDAZA electoral.

CAPITULO III DEL PADRON ELECTORAL
Articulo 16°.PARTICIPACION EN LAS ELECCIONES Las organizaciones sociales con inscripcion vigente en el Registro de OrganizacionesSociales para el CCLD de la Municipalidad de Ancon pueden participar en el MORDAZA electoral a que se refiere la presente Ordenanza. Articulo 17°.- PADRON ELECTORAL La subgerencia de Participacion Vecinal sera responsable del Registro de Organizaciones Sociales para el CCLD y publicara el padron electoral en el medio de mayor circulacion del distrito, en carteles en la municipalidad y en la Pag. Web de la Municipalidad.,

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