Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2012 (29/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 143

El Peruano MORDAZA, viernes 29 de junio de 2012

NORMAS LEGALES

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dentro de los diez (10) dias calendarios posteriores a la emision de la convocatoria a elecciones. Pueden presentarse tachas debidamente sustentadas ante la subgerencia de Participacion Vecinal, dentro de los tres (3) dias posteriores a la publicacion, esta resolvera la impugnacion luego de escuchar a las partes, dentro de los dos (2) dias posteriores a la MORDAZA de la misma. La Resolucion que se expida no es impugnable. Las resoluciones emitidas seran publicadas y difundidas con los mismos mecanismos establecidos en el presente articulo. El padron definitivo sera Publicado y difundido dentro de las 24 horas siguientes a la resolucion de las tachas que MORDAZA sido interpuesta.

Articulo 26°.- RONDAS DE VOTACION Se eligen como representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital a los candidatos que hayan obtenido la mayoria simple de los votos. Votacion en ronda unica. Este caso se produce cuando el numero de candidatos que hayan obtenido mayoria simple es igual a la cantidad de representantes a elegirse ante el Consejo de Coordinacion Local. Votacion en varias rondas.- Cuando en la primera ronda de votacion el numero de candidatos que hayan obtenido mayoria simple es menor a la cantidad de representantes ante el Consejo de Coordinacion Local. Se realizaran MORDAZA rondas de votacion como MORDAZA necesarias hasta alcanzar dicho numero. El Comite Electoral en las celulas de votacion que se utilicen en la MORDAZA ronda, inutilizara los recuadros en cantidad igual al numero de candidatos ya elegidos en laprimera ronda, y asi sucesivamente. Todos los delegados-electores tienen derecho a MORDAZA en todas las rondas que se realicen. Articulo 27°.- EL ESCRUTINIO Y EL ACTA ELECTORAL El escrutinio se llevara a cabo en acto publico, siendo el secretario del Comite Electoral el encargado de anotar la contabilidad de los votos en cada una de las rondas de la votacion. Los resultados seran anotados en el Acta Electoral. Que sera suscrita en dos (2) ejemplares por el Comite Electoral y por todos los participantes de la eleccion que asi lo deseen, las cuales seran distribuidas de la siguiente manera: Un ejemplar para el Presidente del Comite Electoral. Un ejemplar para el MORDAZA de la Municipalidad. Articulo 28°.- DESTINO DE LAS CELULAS DE VOTACION El Comite Electoral destruira las celulas de votacion utilizadas una vez concluida una de las fases del escrutinio. Articulo 29°.- PROCLAMACION Una vez concluido el escrutinio y redactada el Acta Electoral, el Comite Electoral procedera a proclamar, entregar credenciales y tomar juramento a cada uno de los candidatos elegidos como representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital. Articulo 30°.- DIFUSION DE LOS RESULTADOS EL Comite Electoral comunicara mediante oficio, acompanando el Acta Electoral, al MORDAZA la relacion de los representantes electos al Consejo de Coordinacion Local Distrital. La Municipalidad publicara los resultados en el medio de mayor circulacion del distrito y, en su caso, los difunde por medio de carteles colocados en lugares publicos y a traves de laPag. Web de la Municipalidad, dentro de los diez (10) dias calendarios posteriores a la fecha de eleccion.

CAPITULO IV DEL MORDAZA ELECTORAL
Articulo 18°.- CANDIDATOS En las elecciones a que se refiere la presente Ordenanza son candidatos elegibles los delegados-electores. Articulo 19°.- CARACTERISTICAS DEL MORDAZA El MORDAZA es secreto y obligatorio. Los delegadoselectores que no concurran a la votacion imposibilitan la participacion de la organizacion social que representan en la eleccion a realizarse. Los nombres de los delegados-electores asistentes y que son candidatos se consignaran expresamente en el acta electoral respectiva. Articulo 20°.- LISTA DE CANDIDATOS La lista de la totalidad de los candidatos sera publicada por el Comite Electoral en un lugar visible del recinto donde se realicen las elecciones y en la camara secreta. Articulo 21°.- EL MATERIAL ELECTORAL El material electoral esta conformado por el Padron Electoral, la Lista de Candidatos, la celula de votacion, una cabina secreta, un anfora, el Acta Electoral. Cada cedula contara con recuadros en un numero igual a la cantidad de representantes de la sociedad civil a elegir ante el Consejo de Coordinacion Local. El Comite Electoral le asignara un numero a cada candidato. Articulo 22°.- INSTALACION DEL COMITE ELECTORAL EL Comite Electoral se reunira en la fecha para la cual fueron convocadas las elecciones. Se instalara y verificara que el material electoral este conforme. El acto electoral se inicia con la instalacion del Comite Electoral con la presencia de la totalidad de sus miembros, y culmina el mismo dia. Articulo 23°.- QUORUM Una vez instalado el Comite Electoral su presidente procedera a tomar lista de los delegados que figuran en el Padron Electoral; en caso no se contara con la presencia de la mitad mas uno de los delegados-electores se MORDAZA un receso de treinta (30) minutos, pasados los cuales se volvera a pasar lista y se MORDAZA paso a la siguiente etapa del MORDAZA con los delegados asistentes. Articulo 24°.- DIFUSION DE LA LISTA DE CANDIDATOS EL Comite Electoral procedera a verificar la relacion de los delegados-electores presentes,y senalara el numero total de representantes a ser electos Luego, procedera a pegar los carteles de candidatos en el local de votacion y en el interior de la camara secreta. Articulo 25°.- VOTACION El Comite Electoral leera el listado de candidatos y su correspondiente numero de tal manera que los delegados ­electores puedan elegir correctamente. Acto seguido, procedera a llamar uno a uno a los delegados-electores para emitir su voto. Los delegados electores, luego de identificarse ante el Comite Electoral con su documento de identidad, pasaran a la camara secreta a emitir su MORDAZA, marcando en la celula el numero que corresponde al candidato de su preferencia. El elector depositara su MORDAZA en el anfora y suscribira el Padron Electoral e imprimira su huella digital.

TITULO IV DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL
Articulo 31°.- DURACION DEL MANDATO DE LOS REPRESENTANTES El mandato de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital, es de dos (2) anos calendarios contados desde la fecha de su eleccion. En los casos de reemplazos de representantes por vacancia o renuncia, la designacion de los nuevos representantes sera hasta completar el periodo de los cesantes. Articulo 32°.OBLIGACIONES DE LOS REPRESENTANTES Los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital estan obligados a:

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