Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2012 (29/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 148

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 29 de junio de 2012

acta, el Concejo Municipal adopto por UNANIMIDAD, el siguiente: ACUERDO: Articulo Primero.- ACEPTAR EN CALIDAD DE DONACION a favor de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA, la cantidad de S/. 20,000.00 (Veinte Mil y 00/100 Nuevos Soles), otorgadas por la Empresa TRAMASA S.A.C. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administracion y Finanzas, la ejecucion de las medidas pertinentes en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo precedente. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA

3. Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y su modificatoria aprobada mediante Decreto Legislativo N° 1029. 4. Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26979 de Procedimiento de Ejecucion Coactiva, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 069-2003-EF. 5. Ordenanza Nº 467-MSB que aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones y Estructura Organica de la Municipalidad. Articulo 2º.- FINALIDAD La presente Ordenanza tiene por finalidad establecer las normas y procedimientos que sirvan de instrumento normativo para establecer reglas precisas y especificas que permitan y/o faciliten al administrado o al infractor conocer los medios legales con los que cuenta la Municipalidad para proteger los derechos de los ciudadanos y los procedimientos, acciones y medidas que pueden ser aplicadas por la autoridad administrativa para ejercer su funcion sancionadora. Igualmente, la presente Ordenanza tiene por objeto crear una actitud civica orientada al respeto y cumplimiento de las disposiciones municipales por parte de particulares, empresas e instituciones, que permitan la convivencia en comunidad y propicien el desarrollo integral y armonico del distrito de San Borja. Las Gerencias competentes, segun corresponda de acuerdo a sus funciones, se sujetaran a las normas y procedimientos contenidos en la presente Ordenanza. Articulo 3º.- PRINCIPIOS DE LA POTESTAD SANCIONADORA ADMINISTRATIVA La potestad sancionadora esta regida por los siguientes principios especiales contenidos en el articulo 230º de la Ley Nº 27444: 1. Legalidad.- Solo por MORDAZA con rango de ley cabe atribuir a las entidades la potestad sancionadora y la consiguiente prevision de las consecuencias administrativas que a titulo de sancion son posibles de aplicar a un administrado, las que en ningun caso habilitaran a disponer la privacion de libertad. 2. Debido Procedimiento.- Las entidades aplicaran sanciones sujetandose al procedimiento establecido respetando las garantias del debido proceso. 3. Razonabilidad.- Las autoridades deben prever que la comision de la conducta sancionable no resulte mas ventajosa para el infractor que cumplir las normas infringidas o asumir la sancion; asi como que la determinacion de la sancion considere criterios como la existencia o no de intencionalidad, el perjuicio causado, las circunstancias de la comision de la infraccion y la repeticion en la comision de infraccion. 4. Tipicidad.- Solo podran ser sancionadas las conductas cuyos elementos constitutivos se adecuen plenamente a las infracciones previstas expresamente en la Cuadro de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA aprobado por la presente ordenanza, sin admitir interpretacion extensiva o analogica. 5. Irretroactividad.- Son aplicables las disposiciones sancionadoras vigentes en el momento de incurrir el administrado en la conducta a sancionar, salvo que las posteriores le MORDAZA mas favorables. 6. Concurso de Infracciones.- Cuando una misma conducta califique como mas de una infraccion se aplicara la sancion prevista para la infraccion de mayor gravedad, sin perjuicio que puedan exigirse las demas responsabilidades que establezcan las leyes. 7. Continuacion de Infracciones.- Para imponer sanciones por infracciones en las que el administrado incurra en forma continua, se requiere que hayan transcurrido por lo menos treinta (30) dias desde la fecha de la imposicion de la MORDAZA sancion y se acredite haber solicitado al administrado que demuestre haber cesado la infraccion dentro de dicho plazo. 8. Causalidad.- La responsabilidad debe recaer en quien realiza la conducta omisiva o activa constitutiva de infraccion sancionable. 9. Presuncion de licitud.- Las entidades deben presumir que los administrados han actuado apegados a sus deberes mientras no cuenten con evidencia en contrario. 10. Non bis in idem.- No se podra imponer sucesiva o simultaneamente una pena y una sancion administrativa por el mismo hecho en los casos que se aprecie la identidad del sujeto, hecho y fundamento.

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MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban Reglamento de Aplicacion de Sanciones Administrativas
ORDENANZA Nº 485-MSB
San MORDAZA, 14 de junio de 2012. EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA VISTOS; en la XII­2012 Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 14 de junio de 2012, el Dictamen N° 032-2012MSB-CAL de la Comision de Asuntos Legales y el Dictamen N° 007-2012-MSB-CER de la Comision de Economia y Rentas, sobre la aprobacion del proyecto de Ordenanza que aprobara el MORDAZA Reglamento de Aplicacion de Sanciones ­ RAS de la Municipalidad Distrital de San Borja. CONSIDERANDO Que, el articulo 46° de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley N° 27972, establece que las normas municipales son de caracter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes, sin perjuicio de promover las acciones judiciales sobre las responsabilidades civiles y penales a que hubiera lugar. Que, el numeral 2) del articulo 230° de la Ley del Procedimiento Administrativo General referido a la potestad sancionadora, senala que esta sera ejercida sujetandose al procedimiento establecido respetando las garantias del debido proceso. Que, asimismo entre las funciones especificas municipales se encuentran las de fiscalizacion y control en las materias de su competencia, conforme al articulo 74° de la Ley Organica MORDAZA citada. Que, en ese sentido, es necesario establecer normas precisas y especificas que permitan al infractor conocer los procedimientos, acciones y medidas que pueden ser ejercidas por la autoridad administrativa, y de otro lado, permitan a los administrados conocer los medios legales con los que cuenta la Municipalidad para proteger los derechos de los ciudadanos. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los articulos 9° y 40° de la Ley N° 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, por unanimidad y con dispensa del tramite de aprobacion Acta, ha aprobado la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE APLICACION DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS TITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I
Articulo 1º.- BASE LEGAL 1. Constitucion Politica del Peru. 2. Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades.

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