TEXTO PAGINA: 140
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 29 de junio de 2012 469590 GOBIERNO REGIONAL DE TACNA Disponen publicar relación de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de mayo del 2012 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 24-2012-DRSEMT/G.R.TACNA 7 de junio de 2012 CONSIDERANDO Que mediante Resoluciones Ministeriales Nº 179 - 2006 - MEM -DM y Nº 550-2006 - MEM-DM y Nº 121-2008-MEM/ DM publicadas el 06 de abril del 2006, el 18 de noviembre del 2006 y el 10 de marzo del año 2008 en el Diario Ofi cial El Peruano respectivamente, se declaro que el Gobierno Regional de Tacna, concluyo el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de Energía y Minas, siendo competente a partir de esas fechas para el ejercicio de la misma. Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 135-2007-PR/G.R.TACNA de fecha 23 de abril del 2007, el Gobierno Regional de Tacna dispone delegar a la Dirección Regional Sectorial de Energía y Minas de Tacna las funciones señaladas en la Resolución Ministerial Nº 179-2006-MEM-DM y Resolución Ministerial Nº 550-2006- MEM-DM Que por ordenanza Regional Nº 022-2009-CR/GOB. REG.TACNA de fecha 21 de agosto del 2009, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna aprueba los Documentos de Gestión de esta Dirección Regional Sectorial de Energía y Minas De Tacna, dentro de las cuales se encuentra su Reglamento de Organización y Funciones (ROF) Que el Gobierno Regional de Tacna a través de esta Dirección Regional Sectorial de Energía y Minas, ha iniciado el otorgamiento de títulos de concesión minera para Pequeña Minería y Minería Artesanal de alcance regional, conforme a lo indicado en el párrafo anterior Que de conformidad con la atribución establecida en el inciso f) del artículo 59º de La Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, aprobada por Ley Nº 27867, y con lo dispuesto en el Artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por D.S. Nº 014-92-EM y, el Artículo 24º del D.S. Nº 018-92-EM SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese en el Diario Ofi cial “El Peruano” las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de mayo del 2012 por esta Dirección Regional Sectorial de Energía y Minas de Tacna, de acuerdo a la relación adjunta que es parte integrante de la presente resolución y para los efectos que se contraen los artículos 124º del D.S. 014-92-EM; y, 24º del D.S. 018-92- EM siendo las referidas las siguientes: RELACION DE LAS 05 CONCESIONES OTORGADAS EN EL MES DE MAYO DEL 2012 AL AMPARO DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 708 NOMENCLATURA A) NOMBRE DE LA CONSECION; B) CODIGO, C) NOMBRE DEL TITULAR;: D) NUMERO Y FECHA DE LA RESOLUCION DIRECTORAL; E) ZONA; F) COORDENADAS UTM DE LOS VERTICES EXPRESADOS EN KILOMETROS 1.- A) PRIMERO DE NOVIEMBRE B) 73-00052-11 C) MARGOT SOFIA LLANOS APAZA D) RD Nº 18-2012- DRSEMT/G.R. TACNA 22/15/2012 E) 19 F) V1:N8 030 E325 V2:N8 028 E325 V3:N8 028 E328 V4:N8 026 E328 V5:N8 026 E324 V2:N8 030 E324 2.-A) FUNDO EL MILAGRO 2 B) 73-00053-11 C) JACQUELINE CATHERINE CHIPA CASTILLO D) RD Nº19-2012-DRSEMT/G.R. TACNA 22/05/2012 E) 19 F) V1:N8 030 E324 V2:N8 026 E324 V3: N8 026 E325 V4:N8 024 E325 V5:N8 024 E323V6:N8 029 E323 V7:N8 029 E321 V8:N8 030 E321 3.- A) JAIME I B) 73-00018-11 C) JORGE ANTONIO MEDINA TEJADA D) RD Nº21-2012-DRSEMT/G.R.TACNA 30/05/2012 E) 19 F) V1:N7 996 E330 V2:N7 994 E330 V3:N7 994 E327 V4: N7 996 E327 4.- A) CINCO DE AGOSTO DE SAMA B) 73-00030-11 C) JANETH KARINA LLANOS APAZA D) RD Nº22-2012-DRSEMT/G.R. TACNA 31/05/2012 E) 19 F) V1: N8 024 E330 V2:N8 023 E330 V3:N8 023 E329 V4:N8 021 E329 V5:N8 021 E327 V6:N8 022 E327 V7:N8 022 E328 V8:N8 024 E328 5.-HUACANO GRANDE PRIMERO B) 73-00028-11 C) JENNIFER ELSA SALAMANCA GUILLEN D) RD Nº23-2012-DRSEMT/G.R.TACNA 31/05/2012 E) 19 F) V1:N8 0444 E388 V2:N8 043 E388 V3:N8 043 E389 V4: N8 041 E389 V5:N8 041 E388 V6:N8 040 E388 V7:N8 040 E386 V8:N8 044 E386 Regístrese y comuníquese. MARCELINO MARCA FLOR Director Regional Sectorial Dirección Regional Sectorial de Energía y Minias de Tacna 807563-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ANCON Norman procedimientos para el proceso de elección de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital ORDENANZA Nº 248-2012 -MDA Ancón, 30 de mayo del 2012. EL CONCEJO MUNICIPAL DE ANCON VISTO, el Informe de Gerencia de Servicios a la Ciudad y Proyección social, así como el informe de la Subgerencia de Participación Vecinal y; CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento del mandato Constitucional y la Ley de Bases de Descentralización, la Ley Orgánica de Municipalidades en su artículo 7°, numeral 2 y artículo 102° reconoce como derecho fundamental de la persona el asociarse y constituir diversas formas de organización jurídica sin fi nes de lucro, sin autorización previa y con arreglo a ley; así como el de participar en forma individual o asociada en la vida política, económica, social y cultural de la Nación; mas aun como derecho y deber de los vecinos a participar en el gobierno municipal de su jurisdicción. Que, en consecuencia las personas pueden organizarse para la defensa de sus derechos e intereses, así como para participar en representación de la sociedad civil en la gestión del desarrollo local. Que, es conveniente que las organizaciones de la sociedad civil participen conjuntamente con sus autoridades municipales y otros agentes locales, en actividades que promuevan el desarrollo de su comunidad, a través de los diferentes mecanismos que establecen la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 y como un medio concreto para el fortalecimiento de la democracia desde su base social. Que, las relaciones entre la Municipalidad y las organizaciones de la sociedad civil deben desarrollarse dentro de un marco democrático, sin que ello signifi que injerencias en sus asuntos internos que desnaturalicen su autonomía. Que, la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 establece la conformación de órganos de coordinación como mecanismos de participación que aseguren una permanente comunicación entre la población y las autoridades municipales, donde los gobiernos locales promuevan y organicen las formas de participación de los vecinos en planes de desarrollo local en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo;