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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2012 (14/11/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 14 de noviembre de 2012 478534 ejecución de los procesos de Preparación y Respuesta de la Gestión del Riesgo de Desastres en el Perú; Que, en tal sentido, corresponde autorizar el viaje de los funcionarios del INDECI a la Ciudad de Moscú, Federación de Rusia, del 17 al 22 de noviembre de 2012 (incluyendo los días de desplazamiento), cuyos gastos por concepto de pasajes y viáticos se fi nanciarán con cargo al presupuesto del INDECI, precisando que conforme al marco legal vigente sobre la materia, el viaje se realizará en categoría económica; Que, los funcionarios del INDECI que viajan a la Ciudad de Moscú – Federación de Rusia, deberán observar el cumplimiento obligatorio de lo dispuesto en los artículos 6º y 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, en los que se establece el procedimiento para la sustentación de viáticos de viajes al exterior en comisión de servicios de los servidores y funcionarios públicos; De conformidad con Ley Nº 29812 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del General de División (r) Alfredo Enrique Murgueytio Espinoza, Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil, señor Alberto Eduardo Bisbal Sanz, Director de la Dirección Nacional de Prevención del Instituto Nacional de Defensa Civil y señora Beatriz Zoila Acosta Silva, Asesora de la Secretaría Permanente de los Consejos Consultivos y de Coordinación del Instituto Nacional de Defensa Civil, a la ciudad de Moscú, Federación Rusia, del 17 al 22 de noviembre de 2012, a fi n de participar en la reunión señalada entre la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Comisión de Servicios serán cubiertos por el Pliego Institucional del Instituto Nacional de Defensa Civil, Meta 030, Actividad: Promover gestionar y supervisar los Convenios Nacionales o Internacionales, de acuerdo al siguiente detalle Pasajes Aéreos: (Incluye TUUA). US$ 3.143,03 x 3 Personas US$ 9.429,09 Viáticos US$ 260,00 x 3 personas x 5 días US$ 3.900,00 Total US$ 13.329,09 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuada la Comisión Ofi cial, los Funcionarios, cuyo viaje se autoriza deberán presentar a la Presidencia del Consejo de Ministros, un informe detallado describiendo las actividades realizadas y los resultados obtenidos durante el mismo. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a liberación o exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros 866101-10 Autorizan al INDECI efectuar donación de bienes de ayuda humanitaria a favor de la República de Cuba, para atender a damnificados por emergencias RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 364-2012-PCM Lima, 13 de noviembre de 2012 VISTO: El Ofi cio Nº 4206-2012-INDECI/1.0 de fecha 09 de noviembre del 2012, del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI; CONSIDERANDO: Que, como consecuencia de los continuos e intensos fenómenos meteorológicos producidos en la República de Cuba, a raíz del Huracán Sandy, se han producido diversos daños materiales y personales; Que, con ocasión del sismo de Pisco del año 2007, que afectó a nuestro país, se contó la valiosa y oportuna Ayuda Humanitaria de la República de Cuba, por lo que en consideración al principio de reciprocidad y a las buenas relaciones de amistad con el mismo, corresponde al Estado peruano, a través del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, proporcionar Ayuda Humanitaria a dicho país hermano, según la relación valorizada de bienes disponibles, adjunta a la presente Resolución; Que, los Acuerdos del Sistema de las Naciones Unidas al que pertenece la República del Perú, contemplan como compromiso de los Estados parte, la realización de acciones de asistencia humanitaria para dar respuesta a desastres y reducir la vulnerabilidad de las sociedades objeto de socorro, activándose para el efecto los mecanismos de asistencia, entre cuyas modalidades se encuentra la disposición de bienes de ayuda humanitaria, recursos técnicos, institucionales y fi nancieros para contribuir a la mitigación de los efectos de los desastres naturales; Que, de conformidad con la Ley Nº 29664 – Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 048- 2011-PCM, el INDECI es un Organismo Público Ejecutor que conforma el SINAGERD, responsable técnico de los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación; Que, de conformidad con el numeral 9.8 del artículo 9º Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM - Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), corresponde al INDECI, entre otras funciones, coordinar la asistencia humanitaria solicitada por los países afectados por desastres en el marco de convenios o acuerdos establecidos, conforme a la normatividad vigente; Que, es necesario autorizar al INDECI, a efectuar en representación del Estado Peruano, la donación de diversos bienes a fi n de proveer la asistencia humanitaria a los damnifi cados de la catástrofe natural antes referida, con el apoyo del Ministerio de Defensa; Que, es necesario autorizar al INDECI, en representación del Estado Peruano, a efectuar la donación de bienes de ayuda humanitaria consistente en los indicados en el cuadro anexo a la presente resolución. Que, los bienes del stock disponible del INDECI descritos en el párrafo precedente, serán transportados en un avión Fuerza Aérea del Perú (Hércules), conforme las coordinaciones efectuadas y con cargo al presupuesto del Ministerio de Defensa; Que, en este sentido, es necesario autorizar, el viaje en comisión de servicios del personal del INDECI a la República de Cuba, para el traslado de los bienes de asistencia humanitaria, contribuyendo a la mitigación de los daños producidos a consecuencia del Huracán Sandy, conforme lo expuesto en los considerandos precedentes; y en atención a lo dispuesto en los artículos 6º y 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los que establecen el procedimiento para la sustentación de viáticos de viajes al exterior en comisión de servicios de los servidores y funcionarios públicos; De conformidad con lo previsto en el artículo 118º inciso 24) de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 29664, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto Legislativo Nº 804; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, a efectuar, en representación del Estado Peruano, la donación de los bienes de ayuda humanitaria descritos en el Anexo 1 que forma parte de la presente Resolución, hasta la suma de S/. 189 567.48 (Ciento Ochenta y Nueve Mil Quinientos Sesenta y Siete con 48/100 Nuevos Soles), a favor de la República de Cuba, para atender a los damnifi cados de las emergencias ocurridas en dicho país, causadas por el Huracán Sandy. Artículo 2º.- Los bienes objeto de la donación autorizada en el artículo precedente serán suministrados con las existencias del Pliego 006: Instituto Nacional de Defensa Civil. Artículo 3°.- Autorizar la salida del país del avión Fuerza Aérea del Perú (Hércules) para el transporte de la ayuda humanitaria. El transporte de los bienes donados así como los viáticos del personal de la Fuerzas Armadas que