Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2012 (14/11/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, miercoles 14 de noviembre de 2012

NORMAS LEGALES

478535

sea comisionado sera financiado y/o ejecutado por el Pliego 026: Ministerio de Defensa, con cargo a su presupuesto. Articulo 4º.- Autorizar el viaje en Comision de Servicios del personal del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, del 15 al 17 de noviembre de 2012, a la Republica de MORDAZA, para los fines descritos en la parte considerativa de la presente Resolucion, conforme el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Titulares MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Arguedas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rugel MORDAZA TOTAL Alternos MORDAZA MORDAZA Burneo Bermejo 480 USD (240 USD* 02 dias) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 480 USD (240 USD* 02 dias) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 480 USD (240 USD* 02 dias) Articulo 5°.- Los gastos por concepto de viaticos que irroga el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema seran con cargo al presupuesto del INDECI, por el monto ascendente al detalle del cuadro del articulo anterior. La participacion del personal alterno del INDECI queda supeditada solamente a la imposibilidad de viajar por parte de los miembros titulares. Articulo 6°.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje autorizado, el citado representante debera presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 7°.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a liberacion o exoneracion de impuestos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Articulo 8º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Relaciones Exteriores y el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud Encargada del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa ANEXO I CARGA PROPUESTA DE BIENES DE AYUDA HUMANITARIA PARA "CUBA"
CANDESCRIPCION DEL TIDAD PROMEDIDA BIEN PUESTA A ENVIAR BIDON DE PLASTICO UNIDAD X 131 L C A L A M I N A C O R R U G A D A DE MORDAZA UNIDAD GALVANIZADO DE 1.80 M X 83 CM X 22 MM MORDAZA DE METAL PLEGABLE DE 3/4 UNIDAD PLAZA COLCHON ESPUMA DE PLAZA SABANAS DE 3/4 UNIDAD UNIDAD 450 PESO TOTAL M3

AGRICULTURA
Aprueban Reglamento de Manejo de los Residuos Solidos del Sector Agrario
DECRETO SUPREMO N° 016-2012-AG
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 2º, numeral 22) de la Constitucion Politica del Peru consagra el derecho que tiene toda persona, a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida; Que, mediante Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Solidos, se dispuso como objeto establecer derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto, para asegurar una gestion y manejo de los residuos solidos, sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujecion a los principios de minimizacion, prevencion de riesgos ambientales y proteccion de la salud y el bienestar de la persona humana; Que, el articulo 6º de dicha Ley, modificado por el articulo 1º del Decreto Legislativo Nº 1065, establece que la gestion y el manejo de los residuos solidos de origen industrial, agropecuario, agroindustrial, de actividades de la construccion, de servicios de saneamiento o de instalaciones especiales, son normados, evaluados, fiscalizados y sancionados por los ministerios u organismos reguladores o de fiscalizacion correspondientes, sin perjuicio de las funciones tecnico normativas y de vigilancia que ejerce la Direccion General de Salud Ambiental (DIGESA) del Ministerio de Salud y las funciones que ejerce el Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental del Ministerio del Ambiente; Que, la Primera Disposicion Complementaria, Transitoria y Final del Reglamento de la Ley Nº 27314, aprobada mediante Decreto Supremo N° 057-2004-PCM, establece que el Ministerio de Agricultura debe coordinar la formulacion y oficializacion de una MORDAZA especifica que reglamente el manejo de residuos de actividades agropecuarias y agroindustriales, estableciendo que la denominacion final de dicha MORDAZA especifica correspondera al Ministerio de Agricultura, en base a su MORDAZA normativo; Que, la Direccion General de Asuntos Ambientales Agrarios del Ministerio de Agricultura, ha propuesto el Reglamento de Manejo de los Residuos Solidos del Sector Agrario, el cual recoge los aportes y comentarios de los Ministerios del Ambiente y de Salud, asi como de personas naturales e instituciones publicas y privadas; Que, siendo asi, resulta necesario aprobar el Reglamento del Manejo de Residuos Solidos del Sector Agrario, con la finalidad de promover y regular el manejo de los residuos solidos generados en el desarrollo de actividades de competencia del Sector Agrario (agricolas, pecuarias, de transformacion de productos agropecuarios, hidraulicas y forestales), y de esa forma prevenir y minimizar los riesgos ambientales, asi como proteger la salud y el bienestar de la persona humana, contribuyendo al desarrollo sostenible del pais; En uso de las atribuciones que confiere el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, y de conformidad con la Ley Nº 29158, la Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente; la Ley N° 28245, Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental, la Ley N° 27314, Ley General de Residuos Solidos y el Decreto Legislativo N° 997, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura; DECRETA:

Viaticos autorizados 480 USD (240 USD* 02 dias) 480 USD (240 USD* 02 dias) 480 USD (240 USD* 02 dias) 1440.00 USD

VOL UNIT 0.07573

VOL TOTAL 34.08

PRECIO TOTAL

2,385.00 S/. 24,503.26

2,300

0.00062

1.43

6,900.00 S/. 27,923.98

450

0.07236

32.56

4,275.00 S/. 60,430.04

450 1,500 1,500 *

0.11100 0.00163 0.00499

49.95 2.45 7.49

900.00 S/. 24,043.38 750.00 S/. 22,380.00 750.00 S/. 30,286.81

MOSQUITERO DE UNIDAD TAFETAN 1 PLAZA

Articulo 1º.- Aprobacion del Reglamento Apruebese el "Reglamento de Manejo de los Residuos Solidos del Sector Agrario", que consta de ocho (8) titulos, dieciocho (18) capitulos, sesenta y tres (63) articulos y dos (2) disposiciones complementarias finales, cuyo texto forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Normas Complementarias Facultese al Ministerio de Agricultura para dictar las normas complementarias que fueran necesarias para garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo.

127.95 15,960.00 S/. 189,567.48 130 M3 16 TM

866101-11

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.