Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 2012 (27/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 27 de noviembre de 2012

u otras contingencias acordadas en la poliza. La prestacion podra consistir tambien en garantizar al asegurado los servicios de asistencia medica, debiendo el asegurador poner a disposicion del asegurado dichos servicios y asumir directamente su costo. Para tal efecto, los planes de seguro de salud y el tratamiento de preexistencias se rigen por la Ley 29344, Ley MORDAZA de Aseguramiento Universal en Salud, su reglamento y normas complementarias. Articulo 118. Preexistencias Las enfermedades preexistentes estan cubiertas dentro del sistema de seguros y de EPS, como minimo, hasta los limites del contrato original o anterior. Se entiende por preexistencia, cualquier condicion de alteracion del estado de salud diagnosticada por un profesional medico colegiado, conocida por el titular o dependiente y no resuelta en el momento previo a la MORDAZA de la declaracion jurada de salud. Articulo 119. Examenes geneticos El asegurador esta prohibido de exigir examenes geneticos previos a la celebracion de contratos de seguro y no puede condicionar la aceptacion, vigencia o renovacion de coberturas de seguro a la realizacion de dichos examenes. SEGURO DE MORDAZA Articulo 120. Alcance Por el seguro de MORDAZA el asegurador se obliga, mediante el cobro de la prima estipulada y dentro de los limites establecidos en la ley y en el contrato, a satisfacer al beneficiario un capital, una renta u otras prestaciones convenidas, en el caso de muerte o de supervivencia del asegurado. El seguro sobre la MORDAZA puede estipularse sobre la MORDAZA propia o la de un tercero, asi como sobre una o varias personas. Articulo 121. Consentimiento del tercero En los seguros para caso de muerte, si son distintas las personas del contratante y del asegurado, se requiere el consentimiento de este, dado por escrito. Si el asegurado es menor de edad, es necesaria, ademas, la autorizacion por escrito de sus representantes legales. El asegurado puede revocar su consentimiento por escrito en cualquier momento. El asegurador, desde la recepcion de dicho documento, cesa en la cobertura del riesgo y el contratante del seguro tiene derecho a la devolucion de la prima pagada, salvo la parte correspondiente al periodo de tiempo en que el contrato tuvo vigencia. No se podra contratar un seguro para caso de muerte sobre menores de dieciseis anos de edad o personas declaradas judicialmente incapaces. Se exceptuan de esta prohibicion, los contratos de seguros en los que la cobertura de muerte resulte inferior o igual a la prima satisfecha por la poliza o al valor de rescate. Articulo 122. Incontestabilidad o indisputabilidad Si transcurren dos (2) anos desde la celebracion del contrato, el asegurador no puede invocar la reticencia o falsa declaracion, excepto cuando es dolosa. Articulo 123. Declaracion inexacta de la edad La declaracion inexacta de la edad del asegurado acarrea la nulidad del contrato, si su verdadera edad, en el momento de entrada en vigencia del contrato, excede los limites establecidos en la poliza para asumir el riesgo. En este caso se procedera a la devolucion de la prima pagada. En otro caso, si como consecuencia de una declaracion inexacta de la edad, la prima pagada es inferior a la que corresponderia pagar, la prestacion del asegurador se reducira en proporcion a la prima percibida. Si, por el contrario, la prima pagada es superior a la que deberia haberse abonado, el asegurador esta obligado a restituir el exceso de la prima percibida, sin intereses. Articulo 124. Agravacion del riesgo El seguro de MORDAZA no podra ser modificado o dejado sin efecto, ni la prima incrementada, como consecuencia del cambio de actividad del asegurado que este no conociera al momento de la celebracion del contrato.

Articulo 125. Suicidio - muerte del tercero por el contratante o beneficiario El suicidio consciente y voluntario de la persona cuya MORDAZA se asegura, MORDAZA al asegurador, salvo que el contrato MORDAZA estado en vigencia ininterrumpidamente por dos (2) anos. En el seguro sobre la MORDAZA de un tercero, esta excluida de cobertura la muerte dolosamente provocada por un acto del contratante y/o beneficiario. Articulo 126. Resolucion y liberacion del asegurador. Derechos del contratante Si por cualquier causa se resuelve el contrato, el asegurador se MORDAZA de pagar el capital o la renta pactados, pero debe restituir el valor del rescate que corresponde segun la reserva matematica constituida de acuerdo con sus planes tecnicos empleados en la poliza, siempre que MORDAZA sido pactado en la poliza. Esta disposicion no sera aplicable en los seguros de MORDAZA temporales que solo otorguen una cobertura de riesgo. En el seguro de MORDAZA, el contratante tendra derecho a lo siguiente: a) Ejercicio del derecho de reduccion Una vez transcurrido el plazo previsto en la poliza, que no puede ser superior a dos (2) anos desde el inicio de vigencia del contrato, no se aplicara lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del articulo 21 sobre falta de pago de la prima. A partir de dicho plazo, la falta de pago de la prima produce la reduccion del seguro conforme a la tabla o sistema de determinacion de los valores de reduccion previstos en la poliza. La reduccion del seguro se produce tambien cuando lo solicite el contratante, una vez transcurrido el plazo MORDAZA senalado. El contratante tiene derecho a la rehabilitacion de la poliza, en cualquier momento, MORDAZA de la ocurrencia del siniestro, debiendo cumplir para ello las condiciones establecidas en la poliza. b) Ejercicio del derecho de prestamo El asegurador debe conceder al contratante, prestamos sobre la prestacion asegurada, conforme a las condiciones fijadas en la poliza, una vez pagadas las dos (2) primeras anualidades de la prima o la que corresponda al plazo inferior previsto en la poliza, hasta el limite del valor de rescate que corresponda. c) Ejercicio del derecho de rescate El contratante que MORDAZA pagado las dos (2) primeras anualidades de la prima o la que corresponda al plazo inferior previsto en la poliza puede ejercitar el derecho de rescate mediante la oportuna solicitud, conforme a las tablas o sistema de determinacion de los valores de rescate previstos en la poliza. No son obligatorios los derechos de reduccion, prestamo y rescate de la suma asegurada en los seguros en forma de renta y en los seguros temporales para el caso de muerte. Articulo 127. Seguro de MORDAZA en beneficio de un tercero Se puede pactar que el capital o renta a pagarse en caso de muerte, se abone a un tercero sobreviviente, determinado o determinable al momento del evento. Articulo 128. Designacion de beneficiarios Si se designaron varios beneficiarios, sin indicacion de porcentajes o importes, se entiende que el beneficio es por partes iguales. Articulo 129. Falta de designacion de beneficiarios Si en el momento del fallecimiento del asegurado no hubiese beneficiario designado o por cualquier causa la designacion efectuada se hace ineficaz o queda sin efecto, se entiende que comprende a los herederos legales. Articulo 130. Forma de la designacion La designacion de beneficiario debe constar por escrito en la poliza. Es valida aunque se notifique al asegurador despues del evento previsto. Si hay cambio de beneficiario sera valido siempre que conste en un endose en la poliza

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