Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 2012 (27/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 27 de noviembre de 2012

internacionales y apreciaciones tecnicas en general, en torno a la aplicacion de la NTIITR, el cual se ha revisado y tomado en cuenta, habiendose recogido y analizado la fundamentacion expuesta en las "Conclusiones y Recomendaciones sobre el Indice de Disponibilidad de los Datos de Tiempo Real" del mencionado informe en lo que se refiere al indice de 98%, considerando que con dicha disponibilidad se logra un adecuado margen para las operaciones de mantenimiento y renovacion tecnologica que corresponde a sistemas de alta disponibilidad; Que, sobre la base de la experiencia adquirida en los ultimos anos, se esta adoptando una nueva estratificacion objetiva de la informacion de senales y estados del sistema de potencia remitidos en tiempo real al Coordinador, basada en el criterio de nivel de tension, a fin de ponderar aquella informacion que tiene mayor relevancia para la coordinacion de la operacion del MORDAZA en tiempo real y, segun lo MORDAZA expuesto, se han eliminado las definiciones de "senales criticas" y "senales no criticas" en el contexto de las reglas para la configuracion de senales ICCP, dado que dichas definiciones no han tenido mayor aplicacion efectiva y que la nueva estratificacion por niveles de tension, reemplaza dichas definiciones bajo una regla objetiva y acorde a las necesidades de la operacion del SEIN; Que, de la aplicacion de la NTIITR, se ha identificado que la informacion recibida a traves de la RIS resulta fundamental para el analisis preliminar, en el MORDAZA de la MORDAZA Tecnica de Calidad de los Servicios Electricos en los aspectos relacionados a la coordinacion, por ello se ha visto necesario incluir la gestion de informacion procesada segun las especificaciones de la NTIITR, con el objeto de apoyar efectivamente la actividad de analisis de eventos en casos de transgresiones a la calidad del producto y/o suministro, llevado a cabo por el COES; Que, sobre la base de la experiencia recogida resulta indispensable para la operacion del MORDAZA contar con la informacion de tiempo real de manera oportuna, por ello se esta considerando que el ingreso a la Red ICCP del MORDAZA sea uno de los requisitos que debe incluirse en el actual "Procedimiento para el Ingreso de Unidades de Generacion, Lineas y Subestaciones de Transmision en el COES" (Procedimiento N° 21 del COES) o en aquel que lo sustituya; Que, la presente MORDAZA es el resultado de la revision integral de todos los apartados y anexos de la MORDAZA Tecnica para el Intercambio de Informacion en Tiempo Real para la Operacion del Sistema Electrico Interconectado Nacional aprobada con Resolucion Directoral Nº 0552007-DGE, manteniendo sus fundamentos y estructura basica. Que, de conformidad con lo dispuesto en la Resolucion Ministerial Nº 162-2001-EM/SG, en septiembre de 2012 se prepublico en la Pagina Web del Ministerio de Energia y Minas el proyecto de MORDAZA Tecnica para el Intercambio de Informacion en Tiempo Real para la Operacion del Sistema Electrico Interconectado Nacional; De conformidad con la atribucion a que se refiere el inciso u) del Articulo 64º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejar sin efecto la MORDAZA Tecnica para el Intercambio de Informacion en Tiempo Real para la Operacion del Sistema Electrico Interconectado Nacional, aprobada por la Resolucion Directoral Nº 055-2007-EM/ DGE. Articulo 2º.- Aprobar la MORDAZA Tecnica para el Intercambio de Informacion en Tiempo Real para la Operacion del Sistema Electrico Interconectado Nacional, cuyo texto consta de cinco (5) Titulos, cinco (5) Disposiciones Complementarias, ocho (8) Disposiciones Transitorias y cuatro (4) Anexos.

Articulo 3º.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TAMAYO PEREYRA Director General Direccion General de Electricidad
MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS DIRECCION GENERAL DE ELECTRICIDAD ANEXO DE LA : R.D. Nº 243-2012-MEM/DGE MORDAZA TECNICA PARA EL INTERCAMBIO DE INFORMACION EN TIEMPO REAL PARA LA OPERACION DEL SISTEMA ELECTRICO INTERCONECTADO NACIONAL

Noviembre, 2012
CONTENIDO

I. II. III.

OBJETIVO BASE LEGAL ALCANCES

TITULO PRIMERO 1. INTRODUCCION

1.1 Contexto de la NTIITR en el armado de la infraestructura del MORDAZA 1.2 Definiciones 1.3 Responsabilidades de los Integrantes de la RIS TITULO MORDAZA 2. PROCEDIMIENTO DE INGRESO DE UNA NUEVA INSTALACION A LA RIS

2.1 Solicitud de senales, medidas y estados del MORDAZA 2.2 Conexion a la RIS 2.3 Configuracion de la conexion con la RIS 2.4 Cumplimiento de requisitos operativos para el ingreso a la RIS TITULO TERCERO 3. PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS DE LA RIS

3.1 Convencion para la denominacion de los registros ICCP 3.2 Pruebas por modificaciones o problemas reiterados 3.3 Informacion de reenvio requerida por los Integrantes de la RIS TITULO MORDAZA 4. REQUERIMIENTOS DE DISPONIBILIDAD Y COBERTURA

4.1 Especificacion del Indice de Disponibilidad de las transferencias ICCP 4.2 Indice de Disponibilidad por etapas de las transferencias ICCP 4.3 Redundancia de la infraestructura de transmision ICCP 4.4 Gestion de los servidores ICCP en caso de fallas o anomalias 4.5 Definiciones sobre el estampado de tiempo 4.6 Reglas para la configuracion de la remision de las senales de las medidas y estados via protocolo ICCP

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