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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 27 de noviembre de 2012 479413 Que, los literales b) y c) de la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley citada en el párrafo precedente, establecen que el INDECI es responsable por el adecuado uso de los recursos provenientes de la Reserva de Contingencia a que se refi ere la Ley en mención, correspondiendo al Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Política de Inversiones (ex Dirección General de Programación Multianual del Sector Público), dictar los criterios y procedimientos para sustentar la necesidad del uso de dichos recursos; Que, el numeral 7.1 del artículo 7° de la Directiva Nº 001-2012-EF/63.01 “Directiva que establece los criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refiere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012”, señala que es competencia del INDECI ser responsable por el adecuado uso de los recursos antes señalados, así como de solicitarlos a fin de incorporarlos a su presupuesto y transferirlos financieramente; Que, según el artículo 10º de la Directiva referida en el considerando precedente, la emergencia por ocurrencia de desastres de gran magnitud o peligro inminente del mismo, se atiende a través de dos formas de intervención: Actividades de Emergencia, que son evaluadas y aprobadas por el INDECI; y Proyectos de Inversión Pública de Emergencia (PIP), que son presentados a la Dirección General de Política de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, la que, de corresponder, los declara elegibles, para su posterior aprobación por la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el numeral 11.5 del artículo 11º de la citada Directiva, señala que el Titular del INDECI remite al Ministerio de Economía y Finanzas la solicitud de crédito presupuestario, adjuntando el Informe del Director Nacional del INDECI y el Informe Técnico de Aprobación de las Fichas Técnicas de Actividad de Emergencia, debidamente suscrito por los funcionarios correspondientes, como requisito previo a la aprobación del crédito presupuestario, conforme a lo dispuesto por el artículo 13º de la referida Directiva; Que, en aplicación de lo antes señalado el INDECI, a través del Ofi cio N° 4273-2012/INDECI/4.0, solicita la suma de CIENTO CINCUENTA Y UN MIL SETECIENTOS UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 151 701,00), la cual será transferida fi nancieramente a favor de la Municipalidad Distrital de Yamango, Provincia de Morropon del Departamento de Piura, para el alquiler de maquinaria para recuperar la transitabilidad de la trocha carrozable del tramo Caserío Pueblo Nuevo de Maray - Distrito Santa Catalina de Mossa al Centro Poblado El Faical , Caserío Faical, Piscan Bajo, Piscan Alto, Flor de Agua, Victor Raúl, La Loma de Yamango, Yamango, Yamango - La Laguna - Centro Poblado Pagay, Caserío Pagay - Choco, Cruce Alto Huancabamba - Huambiche, Caserío Paredes Maceda, Ricardo Palma, Tamboya, Cruz, Savila, Carrizal, San Miguel de Tamboya y La Laguna - San Miguel de Yamango - Túpac Amaru - Arbolitos pertenecientes al Distrito de Yamango en la Provincia de Morropon afectada por las intensas lluvias ocurridas el día 09 de abril del 2012; Que, el INDECI, a través del Ofi cio N° 4274-2012/ INDECI/4.0, solicita la suma de QUINIENTOS SETENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 575 962,00) la cual será transferida fi nancieramente a favor de la Unidad Ejecutora 400 Salud Ucayali del Gobierno Regional del Departamento de Ucayali, para el alquiler de maquinaria y adquisición de combustible e insecticidas para la ejecución de actividades de control vectorial (nebulización intra y peri domiciliaria y control larvario) para reducir el riesgo de muerte de la población ante el peligro inminente de incremento y extensión de la transmisión del dengue en tres provincias de la Región Ucayali (Coronel Portillo, Padre Abad y Atalaya) según el informe que declara el peligro inminente elaborado por la DIRESA Ucayali (13- 11-12); Que, el INDECI a través del Ofi cio Nº 4275-2012/ INDECI/4.0 solicita la suma de CINCUENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS VEINTIUNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 58 521,00) la cual será transferida fi nancieramente a favor de la Municipalidad Distrital de Jazan, Provincia de Bongara del Departamento de Amazonas, para el alquiler de maquinaria para descolmatacion de la quebrada Shiquite en la zona urbana de Pedro Ruiz en el Distrito de Jazan, Provincia de Bongara, Región Amazonas, afectado por las fuertes precipitaciones pluviales que ocasionaron el desborde y colmatación de la quebrada Shiquite, ocurrido el 27 de junio del 2012; Que, es necesario atender con suma urgencia las situaciones de alto riesgo que se producen en el país, a fi n de moderar los efectos contraproducentes que puedan darse en la población como en la economía nacional, transfi riendo para el efecto recursos por un total de SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL CIENTO OCHENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 786 184,00) a favor del INDECI, en cumplimiento de lo dispuesto en la Directiva Nº 001-2012-EF/63.01 - Directiva que establece los criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; De conformidad con lo establecido en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 y el artículo 45° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Artículo 1°.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, hasta por la suma de SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL CIENTO OCHENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 786 184,00) a fi n de atender actividades para las situaciones descritas en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5 000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0. Reserva de Contingencia 786 184,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 786 184,00 =========== A LA: SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 006 : Instituto Nacional de Defensa Civil UNIDAD EJECUTORA 001 : INDECI -Instituto Nacional de Defensa Civil ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5 000502 : Atención de Desastres y Apoyo a la Rehabilitación y a la Reconstrucción FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios