Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 2012 (27/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, martes 27 de noviembre de 2012

NORMAS LEGALES

479409

Distribucion del Egreso de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Generica del Gasto ­ Recursos Publicos Distribucion del Egreso de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Generica del Gasto ­ Recursos Directamente Recaudados Distribucion del Egreso de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Generica del Gasto ­ Donaciones y Transferencias Distribucion del Egreso de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Generica del Gasto ­ Recursos Determinados

Anexo Nº III

Anexo Nº III-1

Anexo Nº III-2

Anexo Nº III-3

Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de noviembre del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas
871255-1

Autorizan Transferencias de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012 a favor del Pliego Instituto Nacional de Defensa Civil
DECRETO SUPREMO Nº 234-2012-EF

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, se aprobo, entre otros, el Presupuesto del Pliego 006: Instituto Nacional de Defensa Civil; Que, la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, senala que en la Reserva de Contingencia se ha incluido hasta la suma de CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 000 000,00) a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, para destinarla a realizar acciones durante el ano fiscal 2012, a efectos de brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud, que permita mitigar los efectos daninos por el inminente impacto de un fenomeno natural o antropico, declarado por el organismo publico tecnico-cientifico competente, y rehabilitar la infraestructura publica; Que, los literales b) y c) de la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley citada en el parrafo precedente, establecen que el INDECI es responsable por el adecuado uso de los recursos provenientes de la Reserva de Contingencia a que se refiere la Ley en mencion, correspondiendo al Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Politica de Inversiones (ex Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico), dictar los criterios y procedimientos para sustentar la necesidad del uso de dichos recursos; Que, el numeral 7.1 del articulo 7° de la Directiva Nº 001-2012-EF/63.01 "Directiva que establece los criterios

y procedimientos para el uso de los recursos a que se refiere la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012", senala que es competencia del INDECI ser responsable por el adecuado uso de los recursos MORDAZA senalados, asi como de solicitarlos a fin de incorporarlos a su presupuesto y transferirlos financieramente; Que, segun el articulo 10º de la Directiva referida en el considerando precedente, la emergencia por ocurrencia de desastres de gran magnitud o peligro inminente del mismo, se atiende a traves de dos formas de intervencion: Actividades de Emergencia, que son evaluadas y aprobadas por el INDECI; y Proyectos de Inversion Publica de Emergencia (PIP), que son presentados a la Direccion General de Politica de Inversiones del Ministerio de Economia y Finanzas, la que, de corresponder, los declara elegibles, para su posterior aprobacion por la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el numeral 11.5 del articulo 11º de la citada Directiva, senala que el Titular del INDECI remite al Ministerio de Economia y Finanzas la solicitud de credito presupuestario, adjuntando el Informe del Director Nacional del INDECI y el Informe Tecnico de Aprobacion de las Fichas Tecnicas de Actividad de Emergencia, debidamente suscrito por los funcionarios correspondientes, como requisito previo a la aprobacion del credito presupuestario, conforme a lo dispuesto por el articulo 13º de la referida Directiva; Que, asimismo el numeral 12.2 del articulo 12° de la Directiva en mencion, en concordancia con lo dispuesto en el literal c) de la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, senala que para el financiamiento de los Proyectos de Inversion Publica (PIP) de emergencia, el INDECI remite al Ministerio de Economia y Finanzas la relacion de los PIP de emergencia declarados elegibles por la Direccion General de Politica de Inversiones del Ministerio de Economia y Finanzas y aprobados por la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, la Directiva Nº 002-2012-EF/63.01 "Directiva del procedimiento simplificado para determinar la elegibilidad de los Proyectos de Inversion Publica de emergencia ante la presencia de desastres de Gran Magnitud", establece un procedimiento simplificado aplicable a los Proyectos de Inversion Publica (PIP) de emergencia de acuerdo a lo establecido en la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29813, MORDAZA citada; Que, el articulo 3° del Decreto de Urgencia Nº 0082012, dispuso que hasta el 31 de diciembre de 2012, la aprobacion de los proyectos de inversion publica de emergencia ante la presencia de desastres de gran magnitud, se otorgara unicamente con la declaracion de elegibilidad que otorga la Direccion General de Politica de Inversiones del Ministerio de Economia y Finanzas, previo cumplimiento del procedimiento simplificado a que se refiere el MORDAZA parrafo de la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012; Que, en aplicacion de lo MORDAZA senalado el INDECI, a traves del Oficio N° 3861-2012/INDECI/4.0, solicita la suma de TRESCIENTOS CATORCE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 314 546,00), la cual sera transferida financieramente a favor de la Municipalidad Provincial de Huancabamba, Provincia de Huancabamba del Departamento de MORDAZA, para el alquiler de maquinaria para recuperar la transitabilidad de la trochas carrozables en los tramos: Cruce MORDAZA Ayabaca (Ciudad de Huancabamba) MORDAZA Sapun, por lluvias ocurridas el 24 de marzo del 2012, MORDAZA Capsol (Caserio MORDAZA Capsol) al Colegio Nº 14421 (Caserio de Chamanan), Cruce Las Huaringas (Ciudad de Huancabamba) - Quebrada Huangape (Caserio de Huangape), MORDAZA MORDAZA (Ciudad de Huancabamba) al Cruce La MORDAZA (Caserio La Perla), Caserio Sauce Chiquito al Caserio de Guayabo (Colegio Nº 20482), Tallapampa - MORDAZA hasta la antena retransmisora Cerro Colorado,

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