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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE OCTUBRE DEL AÑO 2012 (18/10/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 18 de octubre de 2012 476525 el Proyecto de Desarrollo de la Escuela de Postgrado- PDEP, b) Evaluación del PDEP, c) Implementación Inicial del PDEP, d) Verifi cación de la Implementación Inicial del PDEP, e) Decisión del Pleno del CONAFU, autorizando provisionalmente o denegando, el Funcionamiento de la Escuela de Postgrado”; Que, por Carta Nº 0102-2008/GERENS/GSE recibida con fecha 02 de diciembre de 2008, el Ph. D. Rodrigo Alfonso Prialé Zevallos, representante de la Promotora GERENS Escuela de Gestión y Economía S.A; solicita la autorización de funcionamiento del Proyecto de Escuela de Postgrado GERENS, adjuntando la documentación correspondiente para su evaluación; Que, mediante Resolución Nº 016-2009-CONAFU, de fecha 14 de enero de 2009, se admite a trámite el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de la Escuela de Postgrado GERENS, presentado por el Ph. D. Rodrigo Alfonso Prialé Zevallos, en calidad de representante de la Promotora GERENS Escuela de Gestión y Economía S.A; para la ¨Maestría en Gestión Minera¨, bajo el régimen legal del Decreto Legislativo Nº 882; Que, por Resolución Nº 398-2009-CONAFU de fecha 21 de agosto de 2009, se resolvió: Aprobar el Proyecto de Desarrollo de la Escuela de Postgrado GERENS, presentado por el Ph. D. Rodrigo Alfonso Prialé Zevallos, en calidad de representante de la Promotora GERENS Escuela de Gestión y Economía S.A; con el Programa de Postgrado de ¨Maestría en Gestión Minera¨; bajo el Régimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882; Que, mediante Resolución Nº 121-2010-CONAFU de fecha 15 de marzo de 2010, se resolvió. Aprobar el Concurso Público para cubrir Plazas de Docentes Ordinarios y Contratados 2010 del Proyecto de Escuela de Postgrado GERENS; Que, a través de la Resolución Nº 419-2010-CONAFU de fecha 22 de setiembre de 2010, se dispuso otorgar al Proyecto de Escuela de Postgrado GERENS, la prórroga de 12 meses para que cumpla con la Implementación referida a la infraestructura; Que, con Carta Nº 119-2011/GERENS/GC recibida el 31 de agosto de 2011, el representante de la Promotora del Proyecto de Escuela de Postgrado GERENS presenta el Informe de Implementación Inicial del Proyecto de la Escuela de Postgrado GERENS, para su correspondiente evaluación y aprobación por el Consejo, adjuntando para ello copia de la Factura correspondiente al ítem 23 del TUPA del CONAFU; Que, por Resolución Nº 476-2011-CONAFU de fecha 09 de noviembre de 2011, se resolvió: a) Admitir a trámite el Informe de Implementación Inicial del Proyecto de Escuela de Postgrado GERENS, y b) Designar a los integrantes de la Comisión Verifi cadora encargada de analizar el informe de Implementación Inicial y verifi que in-situ la información presentada por el Proyecto de Escuela de Postgrado GERENS, la misma que está integrada por los siguientes profesionales: Martha Nancy Tapia Infantes, Julio Adalberto Tumi Quispe y Javier Arturo Apaza Quispe, en calidad de Presidente, Secretario y Vocal, respectivamente; Que, mediante carta s/n presentada el 19 de marzo de 2012, la Presidente de la Comisión Verifi cadora remitió el Informe Final de Verifi cación de la Implementación Inicial del Proyecto de Escuela de Postgrado GERENS, concluyendo que la Promotora ha cumplido satisfactoriamente con la implementación proyectada según lo programado para su funcionamiento de acuerdo a su Proyecto de Desarrollo de la Escuela de Postgrado y recomendando que se requiera a la Promotora del referido Proyecto de Escuela de Postgrado la presentación de la Licencia Municipal de Funcionamiento, para que pueda autorizarse su Funcionamiento Provisional; Que, en atención a los inconvenientes y demoras por parte de los Municipios Distritales respecto a la expedición de Licencias Municipales de Funcionamiento de los locales de los Proyectos de Universidad Privadas y Públicas así como de los Proyectos de Escuela de Postgrado, se emitió la Resolución Nº 266-2012-CONAFU de fecha 06 de junio de 2012, por el cual se pospone la presentación de la Licencia de Funcionamiento de los Proyectos de Universidades Públicas y Privadas así como de las Escuelas de Postgrado no Pertenecientes a Universidades hasta antes del Primer Proceso de Admisión; Que, con Acuerdo Nº 406-2012 de la sesión ordinaria de fecha 27 de junio de 2012, el Pleno del CONAFU acordó realizar la visita in situ al local del Proyecto de Escuela de Postgrado GERENS; Que, conforme consta del Acta de Verifi cación In Situ de fecha 06 de julio de 2012 efectuado por el Pleno del CONAFU al Proyecto de Escuela de Postgrado GERENS se aprobó el Informe de la Comisión de Verifi cación Inicial del Proyecto de Escuela de Postgrado GERENS; Que, el Proyecto de Escuela de Postgrado GERENS, en atención a los considerandos antes expuestos cumple con las dos condiciones establecidas por el literal i) del artículo 2 de la Ley Nº 26439, incorporado por la Ley 29780, ya que ha sido admitido a trámite con anterioridad al 28 de junio de 2010 y cumple con las condiciones y requisitos establecidos en la Resolución Nº 534-2008- CONAFU para la emisión de la resolución de autorización de funcionamiento provisional a su favor; Que, el modelo Institucional adoptado por el Proyecto de la Escuela de Postgrado GERENS, se rige bajo las normas de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, Decreto Legislativo Nº 882, Ley de la Inversión en la Educación, así como la Ley Nº 26439, Ley de Creación del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades – CONAFU; Que, en sesión ordinaria de fecha 25 de Julio continuada el 27 de Julio de 2012, el Pleno del CONAFU después de deliberar, por Acuerdo Nº498-2012-CONAFU decidió por UNANIMIDAD: 1) OTORGAR la Autorización Provisional de Funcionamiento a la Escuela de Postgrado GERENS para brindar servicios educativos de nivel de postgrado; autorizándose con el Programa de Maestría en Gestión Minera; 2) APROBAR el modelo institucional adoptado por la Escuela de Postgrado GERENS organizado como Sociedad Anónima bajo el Decreto Legislativo Nº 882; 3) DISPONER que la Promotora de la Escuela de Postgrado GERENS, remita al CONAFU, la minuta que contiene el Estatuto acompañado del Reglamento General de la Escuela de Postgrado, a fi n de que se visado por la Presidencia, Secretaria General y Comisión Jurídica; 4) ESTABLECER que la Escuela de Postgrado GERENS inicie sus actividades académicas a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. En atención a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento al artículo 18º del Estatuto del CONAFU que establece: “El Presidente del CONAFU tiene las siguiente atribuciones generales:…d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones” y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 31º del Reglamento, artículo 38º incisos d) y e) del referido Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Artículo Primero.- OTORGAR LA AUTORIZACIÓN PROVISIONAL DE FUNCIONAMIENTO a la Escuela de Postgrado GERENS para brindar servicios educativos de nivel de Postgrado, en el Distrito de Santiago de Surco, Provincia y Departamento de Lima; con el siguiente Programas de Maestría y las vacantes por Semestre Académico: Nombre de Programas de Maestrías Número de Vacantes por Ciclo Académico Ciclo I Ciclo II Maestría en Gestión Minera 15 15 Artículo Segundo.- APROBAR el modelo institucional adoptado por la Escuela de Postgrado GERENS, organizada como Sociedad Anónima bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 882, debiendo proceder a inscribir la Escritura Pública que contiene el Estatuto Social, acompañado del Reglamento General de la universidad, ante el Registro de Personas Jurídicas de los Registros Públicos. Artículo Tercero.- DISPONER que la Promotora de la Escuela de Postgrado GERENS remita al CONAFU, la minuta que contiene el Estatuto Social, para ser visado por la Presidencia, la Secretaria General y la Comisión