Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2012 (25/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 25 de octubre de 2012

03.2.8 Organos Resolutivos de Procedimientos Sumarisimos de Proteccion al Consumidor 03.3 Direcciones del area de Propiedad Intelectual 03.3.1 Direccion de Signos Distintivos 03.3.2 Direccion de Invenciones y Nuevas Tecnologias 03.3.3 Direccion de Derecho de Autor 03.4 Comisiones del area de Propiedad Intelectual 03.4.1 Comision de Signos Distintivos 03.4.2 Comision de Invenciones y Nuevas Tecnologias 03.4.3 Comision de Derecho de Autor 04 ESTRUCTURA ORGANICO ADMINISTRATIVA 04.1 ORGANOS DE ASESORAMIENTO 04.1.1 Gerencia Legal 04.1.2 Gerencia de Institucional Planeamiento y Gestion

Articulo 5°.- Funciones del Consejo Directivo Son funciones del Consejo Directivo: a) Aprobar las politicas institucionales de administracion, finanzas, imagen, comunicaciones, relaciones internacionales, planeamiento y de ejecucion presupuestaria del INDECOPI en el MORDAZA de las disposiciones legales vigentes; b) Proponer a la Presidencia del Consejo de Ministros la designacion de vocales del Tribunal del INDECOPI; c) Designar a los miembros de las Comisiones de las areas de competencia y propiedad intelectual, a los Directores de la Propiedad Intelectual, y a los Jefes de los Organos Resolutivos de Procedimientos Sumarisimos de Proteccion al Consumidor, asi como removerlos; d) Designar y remover al Secretario General del INDECOPI, asi como a los gerentes de la Institucion; e) Designar y remover a los Jefes de los Servicios Nacionales de Acreditacion y de Metrologia; f) Designar y remover a los Secretarios Tecnicos; g) Designar y remover al Director de la Escuela Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual y al Director de la Autoridad Nacional de Proteccion del Consumidor; h) Aprobar la instalacion y funcionamiento de Oficinas Institucionales en las distintas regiones del MORDAZA, asi como disponer su desactivacion, en atencion a las necesidades institucionales y con cargo al presupuesto aprobado; i) Aprobar los proyectos del Reglamento de Organizacion y Funciones y del Cuadro de Asignacion de Personal del INDECOPI y proponer al Poder Ejecutivo dichos documentos de gestion, para su aprobacion, conforme a Ley; j) Aprobar las acciones administrativas requeridas para la desconcentracion y/o descentralizacion de las funciones administrativas o resolutivas de la Institucion; k) Crear oficinas o gerencias y desactivarlas, asi como modificar su regimen, segun las necesidades de prestacion de servicios institucionales; l) Crear o suprimir Secretarias Tecnicas para las Comisiones o MORDAZA del Tribunal del INDECOPI, en funcion del aumento o disminucion de su carga procesal; m) Expedir directivas que normen el funcionamiento administrativo del INDECOPI; n) Otorgar poderes y/o facultades de representacion institucional, con arreglo a las normas sustantivas y procesales vigentes; y, o) Las demas que le MORDAZA asignadas por normas sectoriales y reglamentarias. Articulo 6°.- Representacion del INDECOPI El Presidente del Consejo Directivo es el titular del pliego, ejerce la representacion oficial del INDECOPI y en tal calidad es el unico funcionario autorizado para efectuar declaraciones publicas sobre cualquiera de las materias de competencia de los organos de la Institucion, salvo delegacion expresa. El cargo de Presidente del Consejo Directivo es remunerado. Articulo 8°.- Periodo de designacion La Presidencia del Consejo Directivo se ejerce por un periodo de cinco (5) anos. Transcurrido dicho periodo, el funcionario cesante permanecera en el ejercicio del cargo hasta que sea designado el MORDAZA Presidente del Consejo Directivo. La designacion del MORDAZA Presidente debera efectuarse dentro de los tres (3) meses de concluido dicho periodo. En caso de ausencia o impedimento temporal, el Presidente del Consejo Directivo sera reemplazado por el miembro del Consejo Directivo que representa a la Presidencia del Consejo de Ministros o, en ausencia de este, el Director designado por el Presidente en funciones. Transcurrido un periodo de tres (3) meses desde la fecha en que se inicio la ausencia o impedimento temporal del Presidente del Consejo Directivo, su mandato caducara automaticamente, debiendo efectuarse nueva designacion para completar el periodo del ex titular del cargo. Sin perjuicio de la causal prevista en el parrafo precedente, el Presidente del Consejo Directivo solo puede ser removido de su cargo por la comision de falta grave, segun los supuestos establecidos en la normatividad aplicable al Sector Publico. Articulo 9°.- Sesiones del Consejo Directivo El Consejo Directivo sesionara de acuerdo a las necesidades de la marcha institucional del INDECOPI, debiendo reunirse cuando menos dos (2) veces por mes.

04.1.2.1 Area de Planeamiento y Presupuesto 04.1.2.2 Area de Racionalizacion y Gestion Institucional 04.1.3 Gerencia de Cooperacion Tecnica y Relaciones Institucionales 04.2 ORGANOS DE APOYO 04.2.1 Gerencia de Administracion y Finanzas 04.2.1.1 Sub Gerencia de Gestion Humana 04.2.1.2 Sub Gerencia de Logistica y Control Patrimonial 04.2.1.3 Sub Gerencia de Finanzas y Contabilidad 04.2.1.4 Area de Ejecucion Coactiva 04.2.2 Gerencia de Tecnologias de la Informacion 04.2.3 Gerencia de Estudios Economicos 04.3 ORGANOS DE LINEA 04.3.1 Servicio Nacional de Metrologia 04.3.2 Servicio Nacional de Acreditacion 04.3.3 Direccion de la Autoridad Nacional de Proteccion del Consumidor 04.3.4 Gerencia de Promocion y Difusion 04.3.5 Gerencia de Supervision y Fiscalizacion 04.3.6 Gerencia de Oficinas Regionales 04.4 ESCUELA NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Articulo 4°.- Consejo Directivo El Consejo Directivo es el organo de MORDAZA jerarquia institucional. Tiene a su cargo la direccion y la supervision de las actividades del INDECOPI. No tiene participacion ni injerencia en las decisiones de los organos resolutivos de la Institucion. El Consejo Directivo del INDECOPI esta integrado por cinco miembros, dos en representacion de la Presidencia del Consejo de Ministros, uno de los cuales lo preside, un representante del Ministerio de Economia y Finanzas, un representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y un representante del Ministerio de la Produccion. Todos los integrantes del Consejo Directivo son designados mediante Resolucion Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, por un periodo de cinco anos, pudiendo ser designados por un periodo adicional. En caso de vacancia, el sector al que corresponda designara un reemplazante para completar el periodo correspondiente. La renovacion de los integrantes del Consejo Directivo del INDECOPI se efectua de manera progresiva, iniciandose por los miembros representantes de la Presidencia del Consejo de Ministros y Ministerio de Economia y Finanzas, y prosiguiendo con los representantes de los Ministerios de Comercio Exterior y Turismo y de la Produccion. La renovacion se efectua al cumplirse el periodo de cinco anos de mandato en el cargo, contado a partir de la designacion correspondiente de cada representante, sin perjuicio de lo establecido en el parrafo final del articulo 6.3 de la Ley de Organizacion y Funciones del INDECOPI aprobada por el Decreto Legislativo 1033.

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