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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE OCTUBRE DEL AÑO 2012 (25/10/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 25 de octubre de 2012 477138 Artículo 63°.- Gerencia de Planeamiento y Gestión Institucional La Gerencia de Planeamiento y Gestión Institucional es la encargada de conducir la formulación, seguimiento y evaluación de los procesos de planeamiento y presupuesto institucional, la administración del Sistema de Gestión de la Calidad y Sistema de Gestión de Seguridad de la información, así como la adecuación permanente de la organización, funciones, procedimientos y cargos del INDECOPI, conforme a sus fi nes y objetivos. La Gerencia de Planeamiento y Gestión Institucional depende directamente de la Secretaría General y se encuentra ubicada como órgano de asesoramiento dentro de la estructura organizativa del INDECOPI. Son funciones de la Gerencia de Planeamiento y Gestión Institucional: a) Conducir y evaluar el proceso de planeamiento estratégico y operativo institucional, monitoreando las acciones conducentes a su implementación; b) Dirigir la formulación, seguimiento y evaluación del proceso presupuestal de la Institución; c) Asesorar a la Secretaría General y al Consejo Directivo en los asuntos referidos al planeamiento institucional y temas presupuestales, que sean sometidos a su consideración, dentro del ámbito de su competencia; d) Conducir los estudios de estructura organizativa, funciones, cargos y mejora de procesos que permitan dotar a la institución de una adecuada organización, proponiendo los cambios que se requieran; e) Conducir el proceso de racionalización de procedimientos y de la formulación de normativa interna de gestión administrativa de la Institución; f) Desarrollar, coordinar y monitorear la formulación, aprobación, difusión y ejecución de planes, políticas y estrategias para la mejora de la calidad de los procesos y servicios; g) Brindar asesoramiento a nivel institucional en materias de organización y gestión administrativa y aquellas que conlleven a la mejora de los procesos y de la calidad del servicio; h) Elaborar y actualizar, en coordinación con las demás áreas de la institución, los documentos técnicos - normativos de gestión institucional, tales como el Reglamento de Organización y Funciones - ROF, Clasifi cador de Cargos, Cuadro de Asignación de Personal - CAP, Manual de Organización y Funciones - MOF y Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA. i) Promover y coordinar las acciones necesarias para la incorporación de modelos de excelencia en la gestión pública; j) Otras que le sean asignadas por la Alta Dirección. Artículo 64°.- Unidades Orgánicas de la Gerencia de Planeamiento y Gestión Institucional La Gerencia de Planeamiento y Gestión Institucional cuenta con las siguientes Unidades Orgánicas: a) Área de Planeamiento y Presupuesto: Responsable de diseñar y actualizar la metodología para la formulación e implementación de los planes estratégicos y operativos de la Institución, así como de coordinar y supervisar la ejecución de dichos planes y el cumplimiento de los objetivos estratégicos, indicadores y metas defi nidos. Asimismo, tiene a su cargo la formulación y ejecución de las labores inherentes al Sistema de Presupuesto, con arreglo a las disposiciones legales y normativas establecidas. Adicionalmente, se encarga de elaborar los reportes periódicos de los principales indicadores de desempeño, vinculados al planeamiento estratégico y operativo institucional; así como de atender los requerimientos vinculados al planeamiento estratégico u operativo de la Institución, solicitados por organismos públicos y privados. b) Área de Racionalización y Gestión Institucional: Responsable de efectuar el análisis y adecuación permanente de la organización, funciones, procesos, procedimientos y cargos del INDECOPI conforme a sus objetivos y metas, así como desarrollar y administrar el cuerpo normativo de la Institución. Asimismo, tiene a su cargo el desarrollo, coordinación y monitoreo de la formulación, aprobación, difusión y ejecución de planes, políticas y estrategias para la mejora de la calidad de los procesos y servicios, con el fi n de facilitar la integración, sinergia, efi cacia y efi ciencia de la gestión de las áreas de la Institución, de acuerdo con los planes y políticas institucionales; así como monitorear y mejorar los Sistemas de Gestión que le corresponde administrar e incrementar la satisfacción de las expectativas de los clientes, sobre los servicios brindados por la Institución Artículo 65°.- Gerencia de Cooperación Técnica y Relaciones Institucionales La Gerencia de Cooperación Técnica y Relaciones Institucionales es la encargada de coordinar los procesos de cooperación técnica internacional reembolsable y no reembolsable, de las negociaciones con organismos internacionales en materias de competencia de la Institución y de la gestión de convenios interinstitucionales. La Gerencia de Cooperación Técnica y Relaciones Institucionales depende directamente de la Secretaría General y se encuentra ubicada como órgano de asesoramiento dentro de la estructura organizativa del INDECOPI. Son funciones de la Gerencia de Cooperación Técnica y Relaciones Institucionales: a) Identifi car, promover, proponer, programar, gestionar y evaluar las actividades relacionadas con la suscripción y mantenimiento de convenios de cooperación interinstitucional; b) Identifi car, promover, proponer, programar, gestionar y evaluar las actividades en materia de cooperación técnica internacional reembolsable y no reembolsable, de conformidad con las normas vigentes; c) Gestionar la obtención de recursos de la cooperación técnica, canalizándolos a través de la ejecución de proyectos; d) Coordinar la participación institucional ante Organismos y Foros Internacionales en los temas de competencia institucional; e) Coordinar la negociación de acuerdos comerciales que puedan tener incidencia en los temas de competencia institucional; y, f) Otras que le sean asignadas por la Alta Dirección. Artículo 72-A°.- Dirección de la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor La Dirección de la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor es la encargada de coordinar y ejecutar las acciones que corresponden al INDECOPI en su calidad de ente rector del Sistema Nacional Integrado de Protección del Consumidor, de conformidad con lo previsto en la Ley Nº 29571 - Código de Protección y Defensa del Consumidor, en coordinación con los órganos y unidades orgánicas competentes en materia de protección al consumidor del INDECOPI, como son: el Servicio de Atención al Ciudadano, la Comisión de Protección al Consumidor, los Órganos Resolutivos de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor y el Tribunal del INDECOPI. La Dirección de la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor depende directamente del Consejo Directivo y se encuentra ubicada como órgano de línea dentro de la estructura organizativa del INDECOPI. Son funciones de la Dirección de la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor: a) Coordinar las acciones necesarias a fi n de facilitar el funcionamiento del Sistema Nacional Integrado de Protección del Consumidor; b) Ejercer las funciones de Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Protección del Consumidor; c) Coordinar la ejecución de la política nacional de protección del consumidor y del Plan Nacional de Protección de los Consumidores; d) Proponer al Consejo Nacional de Protección del Consumidor las iniciativas normativas en materia de consumo, con opinión de los sectores productivos y de consumo y los órganos funcionales competentes; e) Proponer al Consejo Nacional de Protección del Consumidor la formulación y coordinación de las acciones necesarias para fortalecer la protección del consumidor y los mecanismos para la defensa de sus derechos, de acuerdo con el ámbito de competencia de los integrantes del Consejo; f) Coordinar con los integrantes del Consejo Nacional de Protección del Consumidor la implementación de mecanismos de prevención y solución de confl ictos en las relaciones de consumo, de acuerdo con el ámbito de su competencia; g) Coordinar la implementación del sistema de información y orientación a los consumidores con alcance nacional, comprendiendo a todos los integrantes del Consejo Nacional de Protección del Consumidor;