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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE OCTUBRE DEL AÑO 2012 (25/10/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 25 de octubre de 2012 477147 Que, conforme a la Resolución Directoral Nº 008- 2012-EF/50.01, norma que aprueba los Instructivos para el cumplimiento de las Metas para el año 2012 en el marco del Plan citado en el considerando precedente, correspondientes a las Metas del 01 al 16 establecidas en el Anexo Nº 02 del Decreto Supremo N° 004-2012-EF; la evaluación del cumplimiento de las metas 01 y 08 se realiza sobre la base de la información registrada por las municipalidades en el Sistema Integrado de Administración Financiera – SIAF-SP a cargo de la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas – MEF, al 31 de julio de 2012; para las metas 02, 09 y 14 se toma en cuenta la información del Sistema de Focalización de Hogares – SISFOH del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social – MIDIS, al 31 de julio de 2012; para las metas 03 y 10 se considera la información del aplicativo del Ministerio de Salud - MINSA, al 31 de julio de 2012; para las metas 04, 05 y 11 se verifi ca sobre la base de la evaluación in situ de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas - MEF, al 31 de julio de 2012; para las metas 06, 12 y 15 se considera la información del aplicativo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - VIVIENDA, al 31 de julio de 2012; para las metas 07 y 13 se considera la información del Sistema de Información para la Gestión de Residuos Sólidos - SIGERSOL del Ministerio del Ambiente - MINAM, al 31 de julio de 2012; y fi nalmente, para la evaluación del cumplimiento de la meta 16 se realiza sobre la base de la información registrada por las municipalidades en el Sistema de Gestión presupuestal – SGP a cargo de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas – MEF, al 31 de julio de 2012; Que, adicionalmente, el artículo 8º de los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del referido Plan, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2012-EF, establece que la Dirección General de Presupuesto Público sobre la base del resultado obtenido por cada Gobierno Local, aprueba los resultados de las evaluaciones mediante Resolución Directoral de dicha Dirección General, como requisito previo para la asignación de recursos correspondientes a los Gobiernos Locales; Que, la Dirección de Calidad del Gasto Público de la Dirección General de Presupuesto Público, mediante el Informe Nº 105-2012-EF/50.05, ha determinado una relación complementaria de Gobiernos Locales que han cumplido las metas 02, 09 y 14 “Envío del Registro Único de Benefi ciarios del Programa del Vaso de Leche y del Programa de Comedores Populares y del Padrón General de Hogares al SISFOH”, la meta 04 “Expedir las licencias de funcionamiento en un período que no supere los 12 días hábiles”, la meta 11 “No exigir y eliminar del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la municipalidad el certifi cado de parámetros urbanísticos y edifi catorios y las boletas de habilitación de los profesionales de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29566, Ley que modifi ca diversas disposiciones con el objeto de mejorar el clima de inversión y facilitar el cumplimiento de obligaciones tributarias”, y la meta 16 “Programar una cifra igual o superior al 10% del Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del año 2013 de la Municipalidad en los siguientes Programas Presupuestales: 0046. Acceso y Uso de la Electrifi cación Rural; 0047. Acceso y Uso Adecuado de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones e Información Asociados; 0061. Reducción del Costo, Tiempo e Inseguridad Vial en el Sistema de Transporte Terrestre; y 0083. Agua y Saneamiento para la Población Rural”, sobre la base del análisis de la información complementaria remitida por las dependencias competentes; Que, teniendo en cuenta que mediante Resolución Directoral Nº 025-2012-EF/50.01 se aprobaron los resultados de la evaluación del cumplimiento de las metas del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal correspondiente al 31 de julio del año 2012, y, dado que a la fecha se cuenta con información complementaria que amplia los resultados de la citada evaluación, resulta necesario realizar la modifi cación de la mencionada Resolución Directoral; En uso de las facultades conferidas en el artículo 13º de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, los artículos 3º y 4º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y el artículo 8º de los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del referido Plan, aprobado por Decreto Supremo Nº 004- 2012-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Objeto Modificar el anexo de la Resolución Directoral Nº 025- 2012-EF/50.01, añadiendo resultados complementarios de la evaluación del cumplimiento de las metas del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal correspondiente al 31 de julio del año 2012, conforme a los Anexos N° 1, N° 2, N° 3 y N° 4 que forman parte integrante de la presente Resolución Directoral, ratificándose en lo demás que contenga la Resolución Directoral Nº 025-2012-EF/50.01 y el anexo respectivo. Artículo 2º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, y su Anexo en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www. mef.gob.pe), en la misma fecha de la publicación ofi cial de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. RODOLFO ACUÑA NAMIHAS Director General Dirección General de Presupuesto Público 858315-1 Autorizan a la empresa GFI del Perú S.A.C. a operar como sistema centralizado de negociación de la deuda pública interna, tanto para el primer nivel como para el segundo nivel del mercado secundario RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 047-2012-EF/52.01 Lima, 19 de Octubre de 2012 CONSIDERANDO: Que, el Numeral 9 del Reglamento del Programa de Creadores de Mercado, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-EF, establece que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, autorizará mediante Resolución Directoral, a operar como sistema centralizado de negociación de la deuda pública interna, a aquellos participantes que cumplan con ciertos requisitos; Que, la empresa GFI del Perú S.A.C., que forma parte de GFI GROUP Inc., entidad dedicada al corretaje (brokerage) a nivel internacional, ha manifestado su intención de actuar como un mecanismo centralizado de negociación, tanto para el primer nivel como para el segundo nivel del mercado secundario; Que, la designación de una nueva empresa para que opere como sistema centralizado de negociación conllevará a la buena formación de precios en el mercado de deuda, lo que contribuirá con el desarrollo del mercado de deuda pública; Que, por tanto, resulta necesario autorizar a la empresa GFI del Perú S.A.C., para que opere como sistema centralizado de negociación de la deuda pública interna; De conformidad con el Reglamento del Programa de Creadores de Mercado, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la empresa GFI del Perú S.A.C. para que sus sistemas operen como mecanismos centralizados de negociación de la deuda pública interna, tanto para el primer nivel como para el segundo nivel del mercado secundario, en el marco del Programa de Creadores de Mercado. La presente autorización no genera obligación alguna de pago por parte del Ministerio de Economía y Finanzas, a favor de la referida empresa. Artículo 2º.- La empresa GFI del Perú S.A.C. deberá fi rmar con CAVALI S.A. I.C.L.V. un convenio que regule la entrega de información, veraz y oportuna, de las