Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2012 (25/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 25 de octubre de 2012

Aprueban Directiva "Lineamientos para la Constitucion y Funcionamiento de los Grupos de Trabajo de la Gestion de Riesgo de Desastres en los Tres Niveles de Gobierno"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 276-2012-PCM
MORDAZA, 24 de octubre de 2012 VISTO: El Oficio N° 3459-2012-CENEPRED-INDECI de fecha 18 de setiembre de 2012, remitido por las Jefaturas del Centro Nacional de Estimacion, Prevencion y Reduccion del Riesgo de Desastres-CENEPRED y del Instituto Nacional de Defensa Civil-INDECI; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley N° 29664 se crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres-SINAGERD, como sistema interinstitucional, sinergico, descentralizado, transversal y participativo; con finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos; asi como evitar la generacion de nuevos riesgos, preparacion y atencion ante situaciones de desastres, mediante el establecimiento de principios, lineamientos de politica, componentes, procesos e instrumentos de la Gestion del Riesgo de Desastres; Que, el numeral 14.3 del articulo 14° La Ley N° 29664 "Ley del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres" establece que los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales constituyen Grupos de Trabajo para la Gestion del Riesgo de Desastres integrados por funcionarios de los niveles directivos superiores y presididos por la MORDAZA autoridad ejecutiva de la entidad; agrega que esta funcion es indelegable. Asimismo en los numerales 14.4 y 14.5 del articulo 14° del indicado dispositivo legal, se precisa que los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales son los responsables directos de incorporar los procesos de la Gestion del Riesgo de Desastres en la gestion del desarrollo, en el ambito de su competencia politico administrativa, asegurando la adecuada armonizacion de los procesos de ordenamiento del territorio y su articulacion con la Politica Nacional de la Gestion del Riesgo de Desastres; Que, el numeral 16.2 del articulo 16° de la Ley N° 29664, establece que las entidades publicas constituyen Grupos de Trabajo para la Gestion del Riesgo de Desastres integrado por funcionarios de los niveles directivos superiores y presididos por la MORDAZA autoridad ejecutiva de la entidad. Esta funcion es indelegable; Que, los numerales 11.7 del articulo 11º y 13.4 del articulo 13º del Reglamento de la Ley SINAGERD, establecen que los Presidentes Regionales, Alcaldes y Titulares de las entidades y sectores del Gobierno Nacional, constituyen y presiden los Grupos de Trabajo de la Gestion del Riesgo de Desastres, como espacios internos de articulacion para la formulacion de normas y planes, evaluacion y organizacion de los procesos de Gestion del Riesgo de Desastres en el ambito de su competencia. Asimismo que dichos Grupos de Trabajo coordinaran y articularan la gestion prospectiva, correctiva y reactiva en el MORDAZA del SINAGERD y que estaran integrados por los responsables de los organos y unidades organicas competentes; Que, en los numerales 18.1, y siguientes del articulo 18° del Decreto Supremo N° 048-2011-PCM, se establecen las funciones de los Grupos de Trabajo, destacando la participacion e integracion de esfuerzos de las entidades publicas, el sector privado y la ciudadania en general para la efectiva operatividad de los procesos del SINAGERD articulandolos dentro de los mecanismos institucionales y armonizando las decisiones de la Gestion de Riesgos y Desastres con otras politicas transversales de desarrollo; Que, el numeral 6.1 del Articulo 6° del Decreto Supremo N° 048-2011 Reglamento de la Ley N° 29664, entre las funciones del CENEPRED se establece el "asesorar y proponer al ente rector la normatividad que asegure y facilite los procesos tecnicos y administrativos de estimacion, prevencion y reduccion de riesgo, asi como de reconstruccion"; Asimismo, el numeral 9.1 del Articulo 9° del Decreto Supremo N° 048-2011 Reglamento de la Ley N° 29664, entre las funciones del INDECI se establece el "asesorar y proponer al ente rector la normatividad que

asegure procesos tecnicos y administrativos que faciliten la preparacion, la respuesta y la rehabilitacion"; Que, el Centro Nacional de Estimacion, Prevencion y Reduccion del Riesgo de Desastres - CENEPRED y el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, han elaborado los "Lineamientos para la Constitucion y Funcionamiento de los Grupos de Trabajo de la Gestion de Riesgo de Desastres en los Tres Niveles de Gobierno"en el MORDAZA de la Ley N° 29664 y su Reglamento, que tiene como finalidad, contar con procedimientos tecnicos y administrativos que permitan impulsar la formulacion de normas y planes, evaluacion, organizacion, supervision, fiscalizacion y ejecucion de los procesos de Gestion de Riesgos de desastres para el efectivo funcionamiento del SINAGERD; Que, en consecuencia resulta pertinente aprobar los"Lineamientos para la Constitucion y Funcionamiento de los Grupos de Trabajo de la Gestion de Riesgo de Desastres en los Tres Niveles de Gobierno en el MORDAZA de la Ley N° 29664 y su Reglamento; De conformidad con lo dispuesto por la Ley que crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD), Ley N° 29664, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 048-2011-PCM; Ley Organica del Poder Ejecutivo, Ley N° 29158; y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo Nº 063-2007PCM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar la Directiva Nº 001-2012PCM/SINAGERD "Lineamientos para la Constitucion y Funcionamiento de los Grupos de Trabajo de la Gestion de Riesgo de Desastres en los Tres Niveles de Gobierno" en el MORDAZA de la Ley N° 29664 y su Reglamento, que como anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2.- Encargar al Centro Nacional de Estimacion, Prevencion y Reduccion del Riesgo de Desastres ­ CENEPRED y al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, como los organos encargados de conducir, orientar y supervisar el cumplimiento de los lineamientos aprobados por la presente resolucion, asi como absolver consultas sobre los aspectos no contemplados en el. Articulo 3.- Disponer la publicacion de la presente resolucion ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Adicionalmente, los "Lineamientos para la Constitucion y Funcionamiento de los Grupos de Trabajo de la Gestion de Riesgo de Desastres en los Tres Niveles de Gobierno" y su Anexos seran publicadas en el MORDAZA de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe) y en el MORDAZA del Centro Nacional de Estimacion, Prevencion y Reduccion del Riesgo de Desastres-CENEPRED (www.cenepred.gob. pe), y del Instituto Nacional de Defensa Civil-INDECI (www. indeci.gob.pe) el mismo dia de la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros

857936-1

AGRICULTURA
Designan Director de la Unidad de Personal de la Oficina de Administracion del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0401-2012-AG
MORDAZA, 24 de octubre de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0001-2012-AG, se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Director de la Unidad de Personal de la Oficina de Administracion del Ministerio de Agricultura; Que, el mencionado funcionario, ha presentado su renuncia al cargo que venia desempenando; Que, se ha visto por conveniente aceptar la renuncia presentada y designar a su reemplazante;

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