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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 31 de octubre de 2012 477704 y Semicontributivo, con el Fondo Intangible Solidario de Salud – FISSAL y que el listado de las enfermedades que serán aseguradas, deberán ser defi nidas previamente por el Ministerio de Salud; Que, mediante el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 325-2012/MINSA, se aprueba el Listado de Enfermedades de Alto Costo de Atención y que en el artículo 2º de la acotada norma, se dispone que los gastos generados por la atención de las enfermedades de alto costo, sean fi nanciadas por la Unidad Ejecutora 002 del SIS: 1423 Fondo Intangible Solidario de Salud – FISSAL; Que, constituyen principios fundamentales del proceso de ejecución presupuestaria, la publicidad y transparencia del mismo, por lo que es pertinente publicar en el Diario Ofi cial El Peruano, la distribución de los recursos que en el marco de la Resolución Ministerial Nº 422-2007/MINSA se transfi eren a las Unidades Ejecutoras vinculadas al Pliego Seguro Integral de Salud, Unidad Ejecutora 002: Fondo Intangible Solidario de Salud - FISSAL por la Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, correspondiéndoles tramitar ante sus respectivos Pliegos Presupuestales la incorporación de los recursos transferidos, dentro de su marco presupuestal; Que, mediante el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 872-2009/MINSA se autoriza al Seguro Integral de Salud a aplicar, a partir de la entrada en vigencia del Decreto Supremo Nº 016-2009-SA, el Tarifario y las Defi niciones Operacionales aprobadas por la Resolución Ministerial Nº 240-2009/MINSA en las regiones donde se dará inicio el AUS, facultándosele a realizar las adecuaciones que resulten necesarias, para su aplicación; Que, mediante Resolución Ministerial N° 934-2010/MINSA se modifi ca el artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 872- 2009/MINSA, en el que facultan al Seguro Integral de Salud a utilizar las modalidades o mecanismos de pago más adecuados para el fi nanciamiento de las prestaciones que se coberturen en el marco del proceso de implementación del Aseguramiento Universal en Salud, incluyendo aquellas prestaciones que no se encuentran comprendidas en la Resolución Ministerial N° 240-2009/MINSA, así como las que forman parte del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS), en tanto dure el proceso de reestructuración y adecuación del SIS a su nuevo rol de Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS); Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 226-2011/ MINSA, se sustituyen los Anexos 1 y 2: “Tarifario del Seguro Integral de Salud para los Componentes Subsidiado y Semisubsidiado” y “Defi niciones Operacionales”, aprobados por la Resolución Ministerial Nº 240-2009/MINSA; Que, mediante el Ofi cio N° 017-2012-SIS-FISSAL/ ADM, el Administrador del FISSAL, emite informe favorable sobre la propuesta de transferencia y Certifi cación Presupuestaria respectiva por la suma de S/. 1’417,068.30 (Un millón cuatrocientos diecisiete mil sesenta y ocho con 30/100 Nuevos Soles), para las transferencias fi nancieras por las prestaciones de salud de alto costo a favor de las Unidades Ejecutoras que se detallan en la Certifi cación Presupuestaria; Estando a lo propuesto por el Fondo Intangible Solidario de Salud; Con el visto bueno de la Secretaría General, de la Gerencia de Riesgo y Evaluación de las Prestaciones, de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, de la Ofi cina General de Administración de Recursos y con la opinión favorable de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el numeral 12.2 del artículo 12° de la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la Transferencia de la Unidad Ejecutora 002-1423 FONDO INTANGIBLE SOLIDARIO DE SALUD - FISSAL para las Unidades Ejecutoras por la suma de UN MILLON CUATROCIENTOS DIECISIETE MIL SESENTIOCHO CON 30/100 NUEVOS SOLES (S/. 1’417,068.30) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, correspondiente al calendario del mes de octubre 2012, según se detalla en el Anexo 01 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- El Titular del Pliego del Gobierno Regional aprueba la desagregación de los recursos autorizados en la presente norma, en el nivel funcional programático, mediante Resolución Ejecutiva Regional y en el caso del Gobierno Nacional por Resolución Ministerial, dentro de los diez (10) días calendario de la publicación de la presente Resolución. La Resolución Ejecutiva Regional o Resolución Ministerial deberá ser publicada dentro de los cinco (5) días de aprobada en la página web del Gobierno Regional o del Ministerio de Salud. Artículo 3°.- Encargar a la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano; así como publicar en el portal institucional, http:// www.sis.gob.pe/ipresspublicas/transferencias.html, el texto de la presente Resolución y su Anexo 01. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FIDEL GRILLO ROJAS Jefe Institucional del Seguro Integral de Salud (e) ANEXO 01 PLIEGO 135 - SEGURO INTEGRAL DE SALUD UNIDAD EJECUTORA 002 - FISSAL TRANSFERENCIA OCTUBRE 2012 - RECURSOS ORDINARIOS Región Unidad Ejecutora Actividad Trans- ferencia Amazonas 998 REGION AMAZONAS - HOSPITAL DE APOYO CHACHAPOYAS 5001566 Otras Atenciones Especializadas 15.09 Total Amazonas 15.09 Ancash 743 REGION ANCASH - SALUD LA CALETA 5001566 Otras Atenciones Especializadas 563.42 Total Ancash 563.42 Apurímac 1037 REGION APURIMAC - HOSPITAL GUILLERMO DIAZ DE LA VEGA-ABANCAY 5001566 Otras Atenciones Especializadas 240.00 1038 REGION APURIMAC - HOSPITAL SUBREGIONAL DE ANDAHUAYLAS 5001566 Otras Atenciones Especializadas 1,057.06 Total Apurímac 1,297.06 Arequipa 1320 REGION AREQUIPA - INSTITUTO REGIONAL DE ENFERMEDADES NEOPLASICAS DEL SUR 5001566 Otras Atenciones Especializadas 135.90 Total Arequipa 135.90 Ayacucho 1024 REGION AYACUCHO - HOSPITAL HUAMANGA 5001566 Otras Atenciones Especializadas 408.69 Total Ayacucho 408.69 Callao 1317 REGION CALLAO - HOSPITAL DANIEL ALCIDES CARRION 5001566 Otras Atenciones Especializadas 151,167.22 1318 REGION CALLAO - HOSPITAL DE APOYO SAN JOSE 5001566 Otras Atenciones Especializadas 24.82 Total Callao 151,192.04 Cusco 1169 REGION CUSCO-HOSPITAL ANTONIO LORENA 5001566 Otras Atenciones Especializadas 527.72 Total Cusco 527.72 Huancavelica 1000 REGION HUANCAVELICA - HOSP. DEP. DE HUANCAVELICA 5001566 Otras Atenciones Especializadas 584.12 Total Huancavelica 584.12 Junín 824 REGION JUNIN - SALUD DANIEL ALCIDES CARRION 5001566 Otras Atenciones Especializadas 270.34 Total Junín 270.34