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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2012 (31/10/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 31 de octubre de 2012 477701 Escuela, para impartir cursos de capacitación a quienes aspiran a obtener la licencia de conducir de la clase A, categoría I; Que, mediante Resolución Directoral Nº 1430-2010- MTC/15 de fecha 24 de mayo de 2010, se autorizó a La Escuela, la ampliación de su sede principal a su nuevo local en la ciudad de Chiclayo – Lambayeque, a efectos de impartir los conocimientos teóricos y prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categorías I, II y III; Que, mediante Resolución Directoral Nº 598-2012- MTC/15 de fecha 09 de febrero de 2012, se autorizó a La Escuela, la modifi cación de los términos de su autorización contenida en la Resolución Directoral Nº 2920-2009-MTC/15, cambiando la ubicación del local (Ofi cinas administrativas, aulas de enseñanza para las clases teóricas y el taller de enseñanza teórico-práctica de mecánica), ubicada en la nueva dirección Calle Lima N° 292, Distrito, Provincia y Departamento de Piura y el cambio de horario de la Escuela de Lunes a Domingo de 08:00 a.m. – 10:30 p.m.; Que, mediante Parte Diario N° 091627, La Escuela presenta solicitud sobre ampliación de autorización para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en el nuevo local ubicado: Av. Universitaria N° 4849, Distrito de los Olivos, Provincia y Departamento de Lima, con el objetivo de impartir los conocimientos teóricos y prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formación orientada hacia la conducción responsable y segura a los postulantes a una licencia de conducir de la Clase A Categorías I, II y III; Que, con Ofi cio N° 6165-2012-MTC/15.03, esta administración formuló las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Escuela, requiriéndole la subsanación correspondiente, para la cual se le otorgó un plazo de diez (10) días hábiles y mediante Parte Diario N° 111660, La Escuela presentó diversa documentación con la fi nalidad de subsanar las observaciones señaladas en el ofi cio antes citado; Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtención de la autorización y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el artículo 43º que establece las condiciones de acceso, así como el artículo 51º que señala los requisitos documentales; Que, el artículo 52º de El Reglamento dispone que para solicitar la ampliación de locales, deberá acompañar a su solicitud, los documentos descritos en los literales c), d), f), g), h), j), k) y l) del artículo 51º de El Reglamento, así como presentar una declaración jurada precisando que cuentan con los bienes, muebles y enseres que constituyen el equipamiento requerido para el funcionamiento de dicho local como Escuela de Conductores, presentado la relación detallada de su equipamiento; Que, el literal k) del artículo 51º de El Reglamento establece las Condiciones mínimas para utilizar un simulador de manejo, con la que debe contar La Escuela; Que, el segundo párrafo del artículo 56º de El Reglamento, establece que previamente a la expedición de la resolución de autorización respectiva, la Dirección General de Transporte Terrestre realizará la inspección con el objeto de verifi car el cumplimiento de las condiciones de acceso establecidas en El Reglamento; Que, mediante Informe N° 049-2012-MTC/15.jcb, sobre la Inspección ocular realizada a la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES AMAUTA SOCIEDAD ANONIMA CERRADA – ECI AMAUTA S.A.C., del cual se advierte que la inspección fue realizada en los locales propuestos por La Escuela, donde el inspector concluye que cumple con lo establecido en el numeral 43.3 y 43.5 del Art. 43° del D.S. 040-2008-MTC; Que, estando a lo opinado por la Dirección de Circulación y Seguridad Vial en el Informe Nº 259-2012-MTC/15.03. A.A, resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC - Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre; la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la ampliación de local en la ciudad de Lima, a La ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES AMAUTA SOCIEDAD ANONIMA CERRADA – ECI AMAUTA S.A.C., para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, con el objetivo de impartir los conocimientos teóricos – prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formación orientada hacia la conducción responsable y segura, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categorías I, II y III; en consecuencia, procédase a su inscripción en el Registro Nacional de Escuelas de Conductores, en los siguientes términos: Denominación de la Escuela: ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES AMAUTA SOCIEDAD ANONIMA CERRADA – ECI AMAUTA S.A.C. Clase de Escuela: Escuela de Conductores Integrales Ubicación del Establecimiento: OFICINAS ADMINISTRATIVAS, AULAS DE ENSEÑANZA, TALLER DE INSTRUCCIÓN TEÓRICO – PRÁCTICO DE MECÁNICA - ÁREA DE RECEPCIÓN E INFORMACIÓN Av. Universitaria N° 4849, Distrito de los Olivos, Provincia y Departamento de Lima. Aulas para la enseñanza teórica Área del aula Cantidad de alumnos que recibirán capacitación Aula 1 40.81 m2 50 (25 carpetas bipersonales) Aula 2 27.90 m2 32 (16 carpetas bipersonales) Aula 3 27.90 m2 32 (16 carpetas bipersonales) Aula 4 - Taller Teórico Practico de Mecánica 33.40 m2 36 (18 carpetas bipersonales) CIRCUITO DE MANEJO (Vías Públicas): Cuadras 43 al 49 de la Av. Las Palmeras, cuadras de la 7 a la 10 de la Av. Naranjal, cuadras 46, 47 y 48 de la Av. Universitaria y cuadras 7, 8, 9 y 10 de la Av. Los Alisos, Distrito de los Olivos, Provincia y Departamento de Lima. FLOTA VEHICULAR: N Marca Modelo Clase Nº Chasis Nº de Motor Año Fab. Placa 1 DODGE NITRO SXT CMTA. RURAL M1 1D4PU5GK3BW605785 1D4PU5GK3BW605785 2011 C6B-244 2 JEEP CHEROKEE SPORT CMTA. RURAL M1 1J4PN2GK2BW566271 1J4PN2GK2BW566271 2011 B7A-584 3 GEELY CK AUTOMOVIL (M1) L6T7524S1BN000717 MR479QA6N231352 2010 A9R-259 4 GEELY CK AUTOMOVIL (M1) L6T7524SXBN000716 MR479QA6N231350 2010 A9R-445 5 TOYOTA HIACE COMMUTER SUPER LONG DSL CMTA. RURAL M2 JTFSK22P170003080 5L6013779 2006 A2D-954 6 TOYOTA HIACE COMMUTER SUPER LONG DSL CMTA. RURAL M2 JTFSK22P670003981 5L6038480 2007 A5H-760