Norma Legal Oficial del día 08 de abril del año 2013 (08/04/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, lunes 8 de MORDAZA de 2013

NORMAS LEGALES

492381

"La gestion ambiental tiene como objetivos prioritarios prevenir, vigilar y evitar la degradacion ambiental (...)" Que, es en merito a ello, y a los antecedentes existentes referentes al impacto del concentrado de mineral de plomo en la poblacion y el ambiente, que se debe dar prioridad a regular el transporte encapsulado del concentrado de mineral de plomo que ingrese a la Provincia Constitucional del Callao; hasta que los sectores competentes, generen los informes respectivos respecto de otros tipos de concentrados de mineral y su impacto en la poblacion o en el ambiente; Que, estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones otorgadas al Presidente Regional del Gobierno Regional del Callaopor la Ley Organica de Gobiernos Regionales ­ Ley Nº 27867; el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE MODIFICA LOS ALCANCES DE LA ORDENANZA REGIONAL Nº 000022 DEL 31 DE MORDAZA DEL 2012 Articulo Primero.- MODIFICAR los alcances en la aplicacion de la Ordenanza Regional Nº 000022 de fecha 31 de MORDAZA de 2012; disponiendo lo siguiente: "Determinese la Obligatoriedad en el Encapsulamiento de Todo Vehiculo de Carga que Transporte Unicamente Concentrado de Mineral de Plomo y que deba Ingresar a la Provincia Constitucional del Callao". Articulo Segundo.- MODIFICAR el Articulo 1º de la Ordenanza Regional Nº 000022, que tipifica lo siguiente: Dice: "Articulo 1º.- Dispongase sin perjuicio de lo ya tipificado y normado en la legislacion vigente, que todo vehiculo de carga o contenedor, que deba de ingresar a la Provincia Constitucional del Callao, y que transporte cualquier MORDAZA de concentrado de mineral, ya sea Plomo, Zinc, Cobre, etc., cuente con las adaptaciones tecnicas necesarias para garantizar su hermeticidad o encapsulamiento; asi como una eficiente descarga de la mercancia peligrosa, reduciendo al minimo los riesgos de contaminacion ambiental por la misma". Debe Decir: "Articulo 1º.- Dispongase sin perjuicio de lo ya tipificado y normado en la legislacion vigente, que todo vehiculo de carga o contenedor, que deba de ingresar a la Provincia Constitucional del Callao, y que transporte unicamente concentrado de mineral de plomo, cuente con las adaptaciones tecnicas necesarias para garantizar su hermeticidad o encapsulamiento; asi como una eficiente descarga de la mercancia peligrosa, reduciendo al minimo los riesgos de contaminacion ambiental por la misma". Articulo Tercero.- Encarguese a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente del Gobierno Regional del Callao, la observancia de lo dispuesto en la presente Ordenanza Regional, asi como el gestar las coordinaciones necesarias para hacer de conocimiento de la Policia Nacional del Peru los alcances del mismo, para su estricto cumplimiento en la Provincia Constitucional del Callao. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional, se encuentra supeditada a lo que pudiera normar el sector competente. Articulo Quinto.- Es aplicable a la presente MORDAZA regional, todo lo considerado en la Ordenanza Regional Nº 000022 asi como en todo instrumento regional complementario a esta MORDAZA, en tanto y en cuanto le fuere aplicable. Articulo Sexto.- Encargar a la Oficina de Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones, la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el MORDAZA WEB del Gobierno Regional del Callao: www.regioncallao.gob.pe y en el MORDAZA del Estado Peruano. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 920716-3

Modifican Anexo I del Decreto Regional Nº 000003 y amplian el "Protocolo para la certificacion de Hermeticidad - PCH"
DECRETO REGIONAL Nº 000002 Callao, 1 de MORDAZA de 2013 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Regional Nº 000022 de fecha 31 de MORDAZA de 2012, se determina la obligatoriedad en el encapsulamiento de todo vehiculo de carga que transporte todo MORDAZA de concentrados de minerales y que deba ingresar a la Provincia Constitucional del Callao; Que, el Art. 12º de la Ordenanza Regional Nº 000022 de fecha 31 de MORDAZA de 2012, faculta al Presidente del Gobierno Regional del Callao, para que mediante Decretos Regionales, establezca normas complementarias para la mejor aplicacion de la misma; Que, mediante Decreto Regional Nº 000003 de fecha 06 de MORDAZA del 2012, se aprueba el Protocolo para la Certificacion de Hermeticidad ­ PCH, asi como el formato de Certificacion de Hermeticidad. Sumado a ello, se amplia el plazo para la entrada en vigencia de la Ordenanza Regional Nº 000022 de fecha 31 de MORDAZA de 2012 al primer dia util del ano 2013; Que, mediante Decreto Regional Nº 000005 de fecha 21 de diciembre de 2012, se amplia el plazo para la entrada en vigencia de la Ordenanza Regional Nº 000022, por 90 dias calendario, contados a partir del primer dia util del ano 2013; Que, con fecha 27 de diciembre de 2012, se llevo a cabo una reunion de trabajo, en las instalaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, referente al transporte de concentrado de mineral; y se acordo la conformacion de una comision tecnica integrada por representantes de las dependencias del Gobierno Regional del Callao, Ministerio de Salud, Ministerio del Ambiente, Ministerio de Energia y Minas, y del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; con la finalidad de realizar en el plazo de 60 dias, el analisis del transporte de concentrado de mineral y la formulacion de las respectivas recomendaciones; Que, mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 000064 de fecha 09 de enero de 2013, se designan representantes, titular y alterno, ante la Comision Tecnica para el Transporte del Concentrado de Mineral; Que, en el Informe Nº 011-2013-MTC/16.01.CVM elaborado en la Direccion General de Asuntos Socio Ambientales ­ DGASA, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de fecha 24 de enero de 2013, y presentado a la Comision Tecnica para el Transporte de Concentrado de Mineral por el representante de dicha direccion, concluye, entre otros puntos, que: "El servicio de operaciones de transporte de concentrados de minerales (plomo, cobre, zinc) y otros, el 70%, no cumple con los requisitos minimos para realizar el transporte de material peligroso (...)" Que, finalmente, recomienda considerar que en la Region Callao se exporta 216,700 toneladas metricas/ano proveniente de la MORDAZA del pais. Que se debe de tomar en cuenta que la carroceria de un vehiculo debe presentar buen estado de conservacion y condiciones de envasado, embalaje, y el condicionamiento adecuado, coherente al MORDAZA de material peligroso a transportar; dado que es por la falta de hermeticidad, que el material peligroso se MORDAZA como particulado, durante la operacion de transporte, al ambiente; Que, la Guia Ambiental de Manejo y Transporte de Concentrados de Minerales es un instrumento elaborado por la Direccion General de Asuntos Ambientales del Ministerio de Energia y Minas; orientado a los siguientes fines: · Proteccion de seres humanos, instalaciones y maquinarias.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.