Norma Legal Oficial del día 10 de abril del año 2013 (10/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, miercoles 10 de MORDAZA de 2013

NORMAS LEGALES

492509

Crean el "Sistema de Informacion Ambiental Regional" - SIAR MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 03-2013-GR.CAJ-CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, en el articulo 191º establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y, en el articulo 192º establece que los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economia regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y locales de desarrollo. Asi mismo, en el numeral 5 establece que son competentes para (...), Promover el desarrollo socio economico regional y ejecutar los planes y programas correspondientes; Que, la Ley Nº 27783 "Ley de Bases de la Descentralizacion" en el articulo 8º precisa la autonomia es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos publicos de su competencia (...) En el articulo 9° numeral 9.1 establece que mediante la Autonomia Politica, los gobiernos regionales tienen la facultad de adoptar y concordar las politicas, planes y normas en los asuntos de su competencia, aprobar y expedir sus normas, decidir a traves de sus organos de gobierno y desarrollar las funciones que le son inherentes; Que, la Ley N° 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece en el articulo 5º que la Mision de los Gobiernos Regionales es organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la region. En este mismo sentido el articulo 53° literales a y b, senala que los gobiernos regionales son competentes para formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia ambiental y de ordenamiento territorial, en concordancia con los planes de los Gobiernos Locales; e implementar el sistema regional de gestion ambiental, en coordinacion con las comisiones ambientales regionales; Que, en esa linea de razonamiento segun lo dispuesto por el articulo 47° literal o, del mismo cuerpo normativo es funcion del Gobierno Regional desarrollar e implementar sistemas de informacion y ponerlos a disposicion de la poblacion, en concordancia con el MORDAZA de transparencia establecido en el articulo 8° numeral 2 que establece los planes, presupuestos, objetivos, metas y resultados del Gobierno Regional seran difundidos a la poblacion. La implementacion de portales electronicos en internet y cualquier otro medio de acceso a la informacion publica se rige por la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica Nº 27806; Que, el Sistema Nacional de Informacion Ambiental - SINIA, constituye una red de integracion tecnologica, institucional y tecnica para facilitar la sistematizacion, acceso y distribucion de la informacion ambiental, asi como el uso e intercambio de informacion para los procesos de toma de decisiones y de la gestion ambiental, de acuerdo a lo establecido en el articulo 35° la Ley N° 28611 Ley General del Ambiente, asi mismo, prescribe que las instituciones publicas generadoras de informacion, de nivel nacional, regional y local, estan obligadas a brindarle la informacion relevante para el SINIA, sin perjuicio de la informacion que esta protegida por normas especiales; Que, en ese mismo sentido el articulo 32° literales a y b de la Ley N° 28245 Ley del Sistema Nacional del Gestion Ambiental, dispone por obligaciones de las entidades de la administracion publica prever una adecuada organizacion y sistematizacion de la informacion que se genere en las areas a su cargo, de conformidad con el procedimiento que establezca el Reglamento de la presente Ley; y, facilitar el

acceso directo y personal a la informacion ambiental que se les requiera y que se encuentre en el MORDAZA de su competencia y/o tramitacion, sin perjuicio de adoptar las medidas necesarias para cautelar el normal desarrollo de sus actividades; Que, mediante Ordenanza Regional N° 017-2007GR.CAJ, se crea el Sistema Regional de Gestion Ambiental y dispone que las instituciones publicas a nivel regional administran la informacion ambiental en el MORDAZA de las orientaciones de sistema Nacional de Informacion Ambiental; Que, mediante Dictamen N° 006-2013-GR.CAJCR/COAJ-COGAS, evacuado por la Comision Ordinaria de Asuntos Juridicos y Gestion Ambiental Sostenible, de fecha 27 de febrero del ano 2013, se emite opinion favorable para la aprobacion del proyecto de ordenanza regional que aprueba el Proyecto de Ordenanza Regional de "Creacion del Sistema de Informacion Ambiental Regional."- SIAR MORDAZA, proyecto remitido por el Presidente del Gobierno Regional, Prof. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los argumentos que se exponen en los considerandos precedentes; Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA en su Sesion Ordinaria de fecha 5 de marzo del ano 2013; y a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783; Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por las Leyes Nº 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 010-2011-GR.CAJ-CR, por unanimidad el Pleno aprobo la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Primero: CREASE "El Sistema de Informacion Ambiental Regional" - SIAR MORDAZA, como instrumento de gestion ambiental, destinado a integrar y difundir la informacion ambiental en la Region Cajamarca. Segundo: DISPONER que la todas las Unidades Organicas de competencia administrativa y presupuestal, y demas organismos que integran o se encuentran adscritos al Gobierno Regional MORDAZA, suministren al Sistema de Informacion Ambiental Regional - SIAR MORDAZA, con la periodicidad que sera regulada, la informacion ambiental y socio economica de su competencia y/o tramitacion. Tercero: DISPONER que la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, se encargue de la administracion del Sistema de Informacion Ambiental Regional SIAR - MORDAZA, en coordinacion con el Centro de Informatica y Sistemas, que MORDAZA el soporte tecnico para su debida implementacion. Cuarto: ENCARGAR a la Presidencia Regional en Coordinacion con la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, la implementacion del Reglamento de la presente Ordenanza Regional, mediante Decreto Regional en un plazo de sesenta dias (60) a partir de la publicacion de la presente Ordenanza Regional, donde se establecera los mecanismos de intercambio de informacion ambiental con las Instancias Nacionales, Regionales y Locales. Quinto: ENCARGAR a la Direccion Regional de Administracion realice los tramites correspondientes para la publicacion y difusion de la presente Ordenanza Regional en el diario Oficial El Peruano y su difusion en MORDAZA electronico del Gobierno Regional MORDAZA (www. regioncajamarca.gob.pe). Sexto: La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede institucional del Gobierno Regional MORDAZA, a los cinco dias del mes de marzo del ano dos mil trece. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 921937-3

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