Norma Legal Oficial del día 10 de abril del año 2013 (10/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 10 de MORDAZA de 2013

las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la region. El articulo 50º literal d, senala como funcion en materia de poblacion promover la incorporacion de criterios y previsiones demograficos en los planes y programas de desarrollo MORDAZA y regional en coordinacion con los Gobiernos Locales. Del mismo modo el articulo 53º literal f, senala la funcion de Planificar y Desarrollar acciones de ordenamiento y delimitacion en el ambito del territorio regional y organizar, evaluar y tramitar los expedientes tecnicos de demarcacion territorial, en MORDAZA con las politicas y normas de la materia; Que, conforme lo establece la Ley 27795, Ley de Demarcacion y Organizacion Territorial en su articulo 2º numeral 2.4 senala que los limites territoriales son los limites de las circunscripciones politico ­ administrativas debidamente representadas en la Cartografia Nacional, que determinan el ambito de jurisdiccion de los diferentes niveles de gobierno. (...). Asi tambien, en su articulo 3° numeral 3.1 establece como objetivo de Demarcacion Territorial definir circunscripciones territoriales de nivel distrital, provincial y departamental, que garanticen el ejercicio del gobierno y la administracion, y faciliten la conformacion de regiones. En cuanto a los organismos competentes, este dispositivo senala en el articulo 5º numeral 2, que los gobiernos regionales a traves de sus Areas Tecnicas de demarcacion territorial, se encargan de registrar y evaluar los petitorios de la poblacion organizada solicitada una determinada accion de demarcacion territorial en su jurisdiccion verifican el cumplimiento de los requisitos, solicitan la informacion complementaria organizan y formulan el expediente tecnico de acuerdo con el Reglamento de la materia (...); Que, En la Ley Nº 29533, "Ley que implementa Mecanismos para la Delimitacion Territorial en su articulo 4º estipula que, tratandose del saneamiento de limites territoriales de circunscripciones colindantes entre departamentos, el acta de acuerdo de limites es suscrita por los presidentes de los gobiernos regionales y amparada por el acuerdo del consejo regional de cada uno de los respectivos gobiernos regionales involucrados. El acta de acuerdo de limites forma parte del expediente unico de saneamiento y organizacion territorial a fin de que este sea remitido a la Presidencia del Consejo de Ministros para su correspondiente tramite (...); Estando a las atribuciones conferidas por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; Ley de Bases Descentralizadas Nº 27783; Ley Organica de los Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por las Leyes Nº 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de MORDAZA, aprobado por Ordenanza Regional Nº 010-2011-GR.CAJ-CR; el Pleno del Consejo Regional acordo: Primero.- AUTORIZAR al Presidente Regional del Gobierno Regional MORDAZA, las acciones de coordinacion con la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial ­ PCM, para concertar una reunion tecnica de trabajo con el Presidente Regional de MORDAZA, a fin de suscribir el Acta de Acuerdo de Limites. Segundo.- ENCARGAR al Organo Ejecutivo del Gobierno Regional MORDAZA y areas competentes del Gobierno Regional MORDAZA dar cumplimiento al presente Acuerdo Regional. Tercero.- ENCARGAR a la Direccion Regional de Administracion la publicacion del presente Acuerdo Regional en el Diario de Mayor Circulacion en la Region MORDAZA "La Republica" y en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional MORDAZA (www.regioncajamarca. gob.pe). POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA CEDRON Consejero Delegado Pdte. del Consejo Regional 921937-8

Aprueban implementar iniciativas para incorporar organizaciones de la Sociedad Civil en actividades de vigilancia y soporte para reducir la mortalidad materna - neonatal y la desnutricion cronica infantil, y la creacion de Mesa de Alto Nivel para el logro de los Objetivos del Milenio en Salud en la Region MORDAZA
ACUERDO REGIONAL Nº 023-2013-GR.CAJ-CR MORDAZA, 13 de marzo de 2013 El Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, en su Sesion Ordinaria de fecha 05 de marzo del ano 2013; VISTO Y DEBATIDO el Dictamen Nº 11-2013GR.CAJ-CR/COAJ-CODS Proyecto de Acuerdo Regional que aprueba la implementacion de "Iniciativas para incorporar a la Sociedad Civil Organizada, especialmente a las Organizaciones Sociales de Base del Sector Rural (Rondas Campesinas, Promotores de Salud y Parteras) en actividades de vigilancia y soporte para reducir la Mortalidad Materna - Neonatal y la Desnutricion Cronica Infantil en Nuestra Region" y "La Creacion de una Mesa de Alto Nivel para el Logro de los Objetivos del Milenio en Salud en la Region Cajamarca; con el MORDAZA unanime del Pleno, y; CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece la Constitucion Politica del Peru, en el articulo 191º, en concordancia con la Ley Nº 27867 "Ley Organica de los Gobiernos Regionales" articulo 2º los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia...; Que, la Ley Nº 27783 "Ley de Bases de la Descentralizacion" en el articulo 9º numeral 9.2 senala que la "autonomia administrativa consiste en la facultad que tienen los Gobiernos Regionales, de organizarse internamente..." Asimismo; el articulo 8º precisa que la autonomia es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos publicos de su competencia; Que, la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en su articulo 15º literal a, prescribe que es atribucion del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. De otro lado, en su articulo 39º prescribe que "los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decision de este organo sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interes publico, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional"; Que, la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por el articulo 4º de la Ley 27902 senala en el articulo 45º, Concordancia de politicas sectoriales y funciones generales; literal b, Funciones Generales, Las siguientes funciones de los gobiernos regionales se ejerceran con sujecion al ordenamiento juridico establecido por la Constitucion, la Ley de Bases de la Descentralizacion y demas leyes de la Republica: 1. Funcion normativa y reguladora, elaborando y aprobando normas de alcance regional y regulando los servicios de su competencia. 2. Funcion de planeamiento, disenando politicas, prioridades, estrategias, programas y proyectos que promuevan el desarrollo regional de manera concertada y participativa, conforme a la Ley de Bases de la Descentralizacion y a la presente Ley; Que, mediante Oficio Nº 012-2012-GR.CAJ/VP de fecha 07 de noviembre del dos 2012, el Vice Presidente del Gobierno Regional Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA remite el informe de Comision de Servicios y recomienda al Consejo Regional disponer "La Creacion de una Mesa de Alto Nivel para el Logro de los Objetivos del Milenio en Salud en la Region Cajamarca"; Que, mediante oficio Nº 029-3013-GR.CAJ/GRDS, de fecha 15 de enero del 2013, remitido por el Gerente

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