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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE ABRIL DEL AÑO 2013 (10/04/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 72

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 10 de abril de 2013 492522 comerciales que alberguen giros compatibles con CV, de acuerdo a lo aprobado en el Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas vigente. Estos conjuntos comerciales deberán contar con aprobación del estudio del impacto vial y ambiental. En los casos en que la edifi cación colinde con zonas residenciales se exigirá un retiro posterior de 5.00 ml, hacia la zona residencial, asimismo se deberá implementar sistemas de acondicionamiento acústico y otros que resulten necesarios, para evitar impactos negativos sonoros y/o ambientales. Se deberá evitar registro visual hacia la zona residencial. En ningún caso se permitirá el ingreso vehicular y/o peatonal, ni de carga, descarga o abastecimiento por las vías locales colindantes.” Artículo Noveno.- Modifi car el numeral 4 del Artículo 17º del Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios, Normas Complementarias sobre Estándares de Calidad y Niveles Operacionales para las Actividades Urbanas en el Distrito de La Molina, aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 005-2012, modifi cado por el Decreto de Alcaldía Nº 020-2012, según el siguiente texto: (…) “4. Para las Urbanizaciones aplicadas a zonifi cación RDB (Antes R-1 y R-2) Para Lotes ubicados en Residencial Monterrico, Residencial Monterrico Ampliación Sur, El Remanso de La Molina (I y II Etapa), La Molina Vieja (II Etapa), La Fontana, Residencial Ingenieros, Santa Felicia, La Riviera de Monterrico (I Etapa), Las Acacias, Sirius (I,II y III Etapa), Rinconada del Lago (II Etapa), Ampliación Residencial Monterrico, Los Cactus, Santa Magdalena Sofía, El Parque de Monterrico, Isla del Sol, El Corregidor, La Estancia Oeste, Habilitación Lote C, Habilitación Lotes A y B, Proyecto La Fontana y El Sol y lotes menores a 1,000m2 de nuevas Urbanizaciones, que no estén incluidas y que se encuentren ubicados con frente principal a pasajes se considerará lo siguiente: Retiro Frontal 5.00 ml (lotes mayores a 1,000 m2) 3.00 ml (lotes menores a 1,000 m2) Retiro Lateral 2.00 ml (a cada lado para lotes mayores a 1,000 m2) No exigible (para lotes menores a 1,000 m2) Retiro Posterior 5.00 ml (lotes de 1,000 m2 o más) 3.00 ml (lotes menores a 1,000 m2) colindante a vías No exigible para lotes menores a 1,000 m2 (que colinden con Propiedad de terceros)” (…) Artículo Décimo.- Modifi car el numeral 19.1 del Artículo 19º del Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios, Normas Complementarias sobre Estándares de Calidad y Niveles Operacionales para las Actividades Urbanas en el Distrito de La Molina, aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 005-2012, según el siguiente texto: (…) “19.1 Las áreas mínimas por unidad de vivienda se aplican únicamente en las edifi caciones multifamiliares y conjuntos residenciales de acuerdo al siguiente detalle: a) Residencial de Densidad Muy Baja (RDMB) Área mínima por unidad de vivienda es de 150.00 m2. b) Residencial de Densidad Baja (RDB sin trama) Área mínima por unidad de vivienda es de 150.00 m2. c) Residencial de Densidad Baja (RDB con trama) Área mínima por unidad de vivienda es de 120.00 m2. d) Residencial de Densidad Media (RDM) Área mínima por unidad de vivienda es de 100.00 m2.” (…) Artículo Décimo Primero.- Modifi car el literal c) del Artículo 27º, así como el Cuadro Nº 05 – Niveles Operacionales de las Actividades en Zona Residencial - del Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios, Normas Complementarias sobre Estándares de Calidad y Niveles Operacionales para las Actividades Urbanas en el Distrito de La Molina, aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 005-2012, según el siguiente texto: (…) “c) En las Áreas de Tratamiento Normativo I como Urb. Musa, Asociaciones y Cooperativas de Vivienda y Asentamientos Humanos de similares características, con zonifi cación residencial, se permitirá el funcionamiento de actividades comerciales, de acuerdo a los criterios establecidos en el Índice de Usos para la ubicación de actividades Urbanas para el distrito de La Molina, en las calles que se mencionan en el Cuadro Nº 04 siguiente: CUADRO Nº 04 URBANIZACIONES, COOPERATIVAS, ASOCIACIONES VIAS URBANIZACION MUSA Jr. Las Madreselvas, Psj. Buganvillas, Ca. Lantanas, Ca. Azahares, Ca. Azalea, Boulevard, Psj. Los Molles, Ca. Amapolas, Ca. Azafranes, Ca. Rodoendros (Rododendros), Ca. Los Jacintos, Ca. Los Girasoles, Ca. Las Rosas, Ca. Floripondios, Ca. Las Gardenias, Ca. Los Claveles. COOP. DE VIVIENDA DE LOS TRABAJADORES DEL SECTOR AGRARIO APROVISA Ca. Nevado Palomani, Ca. Nevado Yerupaja, Ca. Nevado Alpamayo, Ca. Nevado Huandoy. Ca. Nevado Huascarán, Ca. Salcantay. ROARDI Ca. Cordillera Blanca A.H. VIÑA ALTA Ca. Las Palmeras, Ca. Los Olivos A.H. CERRO ALTO Ca. 14 de setiembre ASOC. DE VIVIENDA SAN FRANCISCO Ca. California COOPERATIVA DE VIVIENDA LOS CONSTRUCTORES Ca. Las Renteria, Ca. Pongo Manseriche A.H. MATAZANGO Ca. Camino Real A.H. LOS PINOS Jr. Las Retamas A.H. LAS HORMIGAS Ca. Las Hormigas ASOCIACION DE VIVIENDA LOS SAUCES ASOCIACION DE VIVIENDA II DE MARZO ASOCIACION DE RESIDENTES DE LA ESTACION EXPERIMENTAL AGRICOLA LA MOLINA LADO ESTE NIVELES OPERACIONALES DE LAS ACTIVIDADES EN ZONA RESIDENCIAL Cuyas condiciones de operatividad se describen en el Cuadro Nº 05 siguiente: