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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 10 de abril de 2013 492515 Regional de Desarrollo Social, Dr. Marco Gamonal Guevara, hace referencia al Informe Técnico favorable de fecha 14 de enero del 2013, para aprobar la implementación de “Iniciativas para incorporar a la Sociedad Civil Organizada, especialmente a las Organizaciones Sociales de Base del Sector Rural (Rondas Campesinas, Promotores de Salud y Parteras) en actividades de vigilancia y soporte para reducir la Mortalidad Materna - Neonatal y la Desnutrición Crónica Infantil en Nuestra Región” y “La Creación de una Mesa de Alto Nivel para el Logro de los Objetivos del Milenio en Salud en la Región Cajamarca”. Que, mediante Informe Legal Nº 04-2013-GR.CAJ- DRAJ, de fecha 30 de enero del 2013, el Director de Asesoría Jurídica, Abg. Glenn Joe Serrano Medina, emite opinión legal favorable sobre la procedencia para aprobar la implementación de “Iniciativas para incorporar a la Sociedad Civil Organizada, especialmente a las Organizaciones Sociales de Base del Sector Rural (Rondas Campesinas, Promotores de Salud y Parteras) en actividades de vigilancia y soporte para reducir la Mortalidad Materna - Neonatal y la Desnutrición Crónica Infantil en Nuestra Región” y “La Creación de una Mesa de Alto Nivel para el Logro de los Objetivos del Milenio en Salud en la Región Cajamarca”; Que, las Comisiones Ordinarias de Desarrollo Social y Asuntos Jurídicos funcionan como instancia de concertación y coordinación de la Política de Desarrollo Social, con carácter propositivo y consultivo. No sustituyen ni duplican las competencias o responsabilidades de las instituciones y dependencias del Gobierno Regional, sino refuerzan la institucionalidad y las capacidades existentes en la Región. Es decir buscan avanzar al desarrollo sostenible colaborando en la generación de una visión común compartida; Estando a las atribuciones conferidas por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; Ley de Bases Descentralizadas Nº 27783; Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Nº 27867, modifi cada por las Leyes Nº 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de Cajamarca, aprobado por Ordenanza Regional Nº 010-2011-GR.CAJ-CR; el Pleno del Consejo Regional acordó: Primero.- APROBAR la implementación de “Iniciativas para incorporar a la Sociedad Civil Organizada, especialmente a las Organizaciones Sociales de Base del Sector Rural (Rondas Campesinas, Promotores de Salud y Parteras) en actividades de vigilancia y soporte para reducir la Mortalidad Materna - Neonatal y la Desnutrición Crónica Infantil en Nuestra Región” y “La Creación de una Mesa de Alto Nivel para el Logro de los Objetivos del Milenio en Salud en la Región Cajamarca”. Segundo.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional Cajamarca, a través de la Presidencia, liderar la propuesta, que estará integrada con los representantes de las siguientes instituciones: Consejo Regional, Gerencia Regional de Desarrollo Social, Dirección Regional de Salud, Dirección Regional de Educación, Dirección Regional de Agricultura, Colegio Médico del Perú, Colegio de Enfermeros, Colegio de Obstetras, Universidad Nacional de Cajamarca, Rondas Campesinas, Mesa de Concertación de Lucha Contra la Pobreza y Alcaldes provinciales de la Región Cajamarca. Tercero.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional Cajamarca y áreas competentes del Gobierno Regional Cajamarca dar cumplimiento al presente Acuerdo Regional. Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Administración la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario de Mayor Circulación en la Región Cajamarca “La República” y en el portal electrónico del Gobierno Regional Cajamarca (www.regioncajamarca.gob.pe). POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. ELMER MANUEL FLORIÁN CEDRÓN Consejero Delegado Pdte. del Consejo Regional 921937-9 GOBIERNO REGIONAL DE PIURA Concesiones Mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de marzo de 2013 por la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Piura RESOLUCIÓN DIRECTORAL. Nº 060- 2013/GOBIERNO REGIONAL PIURA-420030-DR Piura, 15 de marzo del 2013 CONSIDERANDO: Que, el inciso f) del artículo 59º de la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece como función específi ca para los gobiernos regionales “Otorgar concesiones para la pequeña minería y minería artesanal de alcance regional”; Que, mediante Resoluciones Ministeriales Nº 550- 2006 y 121-2008-MEM-DM, se declaro que el Gobierno Regional Piura, concluyo el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de Energía y Minas, siendo competente a partir de esa fecha para el ejercicio de: “Otorgar concesiones para la pequeña minería y minería artesanal de alcance regional; Que en aplicación de los dispuesto en el artículo 117 y 124 del Decreto Supremo Nº 014-92- EM, en lo relacionado al Procedimiento Ordinario Minero, en concordancia con el artículo 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; Que mediante Ordenanza Regional Nº 145-2008/ GRP-CR, publicado con fecha 23 de abril del año 2008, se aprobó el Reglamento de Organización de Funciones de la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Piura, en el que en su artículo 8 inciso 6 se encuentra la función de Otorgar Concesiones Mineras para Pequeña Minería y Minería Artesanal de alcance Regional, incluyendo en esta función la recepción de Petitorios, tramitación, otorgamiento de concesiones y extinción, y en general todo el Procedimiento Ordinario Minero, conforme a la Ley General de Minería y su Reglamento. Con la visación de la División de Concesiones y Catastro Minero y Ofi cina de Asesoría Jurídica de la Dirección Regional de Energía y Minas de Piura; SE RESUELVE: Artículo Único.- Publicar en el Diario Ofi cial El Peruano el otorgamiento de 17 concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de Marzo del 2013, por la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Piura, de acuerdo a la nomenclatura que se indica y para los efectos que se contraen los artículos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; NOMENCLATURA A) NOMBRE DE LA CONCESION; B)CODIGO; C)NOMBRE DEL TITULAR; D)NUMERO Y FECHA DE LA RESOLUCION JEFATURAL; E)ZONA; F)COORDENADAS UTM DE LOS VERTICES EXPRESADOS EN KILOMETROS 1.- A) QURIPALLANA 2 B)010422407 C)COMPAÑIA MINERA GENESIS S.A.C D)038-2013-GRP-420030-DR 01/03/2013 E)17 F)V1:N9431 E523 V2:N9430 E523 V3: N9430 E521 V4:N9431 E521 2.-A)MACARENA 2009 REM B)700000712 C)MINERA CONFIANZA S.A.C. D)057- 2013-GRP-420030-DR 06/03/2013 E)17 F)V1:N9500 E615 V2:N9499 E615 V3:N9499 E613 V4:N9500 E613 3.-A)NANCY XXXII B)700003311 C)S.M.R.L. EXITO XXIII D)056-2013-GRP-420030-DR 06/03/2013 E)17 F)V1: N9434 E571 V2:N9432 E571 V3:N9432 E569 V4:N9434 E569 4.-A)JUMAEDU B)700003412 C)LIZARRAGA SALAS JUAN MANUEL D)054-2013-GRP-420030-DR 06/03/2013 E)17 F)V1:N9463 E584 V2:N9463 E586 V3: