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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 10 de abril de 2013 492529 linderos y medidas perimétricas del predio inscrito en la Partida Electrónica Nº 46385764 ante el Registro de Predios, no han variado con las medidas registrales, por lo que al no variarse las medidas perimétricas ni afectar predios de terceros, refl eja la existencia de un error de cálculo, el cual no supone un incremento del área del inmueble, sino un cálculo erróneo del área resultante; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que, conforme al Informe Nº 001A-2013-DCHT, la rectifi cación ha sido inscrita en el Asiento B 0003 de la Partida Electrónica Nº 4638576, de un área de 1,007.86 m2 a 1,117.20 m2, teniendo en cuenta el error de cálculo detectado por la SUNARP; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica agrega, que la rectifi cación del área registral indicada, se originó en mérito a la observación planteada al Título Nº 2012-00679769 del 30.07.2012, sobre inscripción de la Habilitación Urbana de Ofi cio de la Parcela Letra A, aprobada mediante Resolución Nº 577-2012-RAS del 02.07.2012, toda vez que se verifi có que, al reconstruir el predio inscrito en la Partida Registral Nº 46385764 conforme a las medidas perimétricas, éstas no constituían el área registral, siendo necesaria a fi n de inscribir la Habilitación Urbana de Ofi cio, realizar previamente la rectifi cación del área y los planos; Que, conforme al Artículo Segundo de la Resolución Nº 577-2012-RASS, se aprobó el Cuadro General de Distribución de Áreas de la Urbanización Parcela Letra A, por lo que, habiéndose modifi cado registralmente el área total de la Parcela Letra A, siendo a la fecha la de 1,117.20 ms2, corresponde modifi car la Habilitación Urbana de Ofi cio aprobada mediante la Resolución antes citada, para que proceda su inscripción ante SUNARP; Estando a los Informes Nº 160-2013-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, al Informe Nº 43-2012- GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo Urbano y al Informe Nº 061-2013-SGPUC-GDU-MSS de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, en uso de la facultades conferidas por los Artículos 20º numeral 6 y 43º de la Ley Nº 27972 -Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE: Artículo Primero.- MODIFICAR los Artículos Primero, Segundo y Tercero de la Resolución Nº 577-2012-RASS, debiendo decir: “Artículo Primero.- DECLARAR la Habilitación Urbana de Ofi cio del terreno de 1,117.20 m2, inscrito en el Tomo 836 Fojas 248, continuación Partida Electrónica Nº 46385764 de la Zona Registral IX-Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, como URBANIZACIÓN PARCELA LETRA A, de acuerdo a los planos PU-01-2013-SGPUC-GDU-MSS, PP-02-2013- SGPUC-GDU-MSS y PTL 03-2013-SGPUC-GDU-MSS, que se aprueban con la presente Resolución”. “Artículo Segundo.- APROBAR el siguiente Cuadro General de Distribución de Áreas de la Urbanización Parcela Letra A, según el siguiente detalle”: CUADRO GENERAL DE DISTRIBUCIÓN DE ÁREAS URBANIZACIÓN PARCELA LETRA A USO ÁREA (m2) % PARCIAL % GENERAL ÁREA ÚTIL 1,099.60 98.42 *Área de Vivienda (04 Lotes) 1,099.60 98.42 ÁREA DE CIRCULACIÓN Y VÍAS 17.60 1.58 ÁREA TOTAL 1,117.20 100.00 “Artículo Tercero.- DISPONER la Inscripción Registral a uso urbano de los lotes que conforman la presente Habilitación Urbana de Ofi cio de acuerdo a los planos PP-02-2013-SGPUC-GDU-MSS y PTL-03-2013-SGPUC- GDU-MSS, acto que se formalizará mediante la gestión individual del propietario ante el Registro de Predios de la IX Zona Registral-Sede Lima, precisando que los referidos planos serán publicados en la web institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco: www.munisurco. gob.pe Las áreas de vías, de acuerdo al Artículo 56º de la Ley Orgánica de Municipalidades son bienes de uso y dominio público”. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO los planos PU-04-2012-SGPUC-MSS, PP-05-2012-SGPUC-MSS y PTL-06-2012-SGPUC-MSS aprobados por la Resolución de Alcaldía Nº 577-2012-RASS. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución, en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ROBERTO GÓMEZ BACA Alcalde 921458-1 PROYECTO ORGANISMO SUPERIOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO Proyecto de “Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios” RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE SUPERVISIÓN Nº 012-2013-GS/OSITRAN Lima, 5 de abril del 2013 ENTIDAD PRESTADORA : “Concesionaria Peruana de Vías S.A. (COVINCA)” MATERIA : Aprobación de difusión del proyecto de “Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios” presentado por la empresa Concesionaria Peruana de Vías S.A. (COVINCA) VISTOS: La Carta Nº COV-110-13 de fecha 031 de abril de 2013, la misma que fue recibida por el OSITRAN el día 03 de abril del 2013, mediante la cual la empresa Concesionaria Peruana de Vías S.A. (COVINCA) remitió su proyecto de “Reglamento de Atención y Solución de Reclamos” (en adelante, Reglamento de Reclamos). CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 019-2011-CD-OSITRAN, se aprobó el “Reglamento de Atención de Reclamos y Solución de Controversias” del