Norma Legal Oficial del día 15 de abril del año 2013 (15/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano Lunes 15 de MORDAZA de 2013

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Articulo 2º.- La presente MORDAZA entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Articulo 3°.- Autorizar la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, en el MORDAZA electronico de OSINERGMIN (www.osinergmin.gob.pe) y en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). MORDAZA MORDAZA MORDAZA CAMPODONICO Gerente General (e) OSINERGMIN 924025-1

Que, al respecto, de acuerdo al Informe GFHL/UROC602-2013 de fecha 19 de marzo de 2013, elaborado por la Unidad de Registros y Operaciones Comerciales de la Gerencia de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos, los danos sobre el patrimonio ocasionados por un fenomeno natural en el departamento de MORDAZA, dio merito a su declaratoria de Emergencia por el plazo de 60 dias calendarios, el cual vence el 14 de MORDAZA de 2013; periodo en el cual se deben ejecutar las acciones necesarias para la rehabilitacion de la infraestructura afectada, lo cual dificultaria cumplir con el plazo previsto para que los operadores del STE obtengan el Certificado Hermeticidad de sus instalaciones; Que, en ese sentido, y dado que el Cronograma de Adecuacion aprobado por Resolucion de Consejo Directivo Nº 179-2012-OS/CD, preve que los operadores de STE ubicados en el departamento de MORDAZA deben obtener el Certificado de Hermeticidad como MORDAZA hasta el 15 de MORDAZA de 2013, el citado informe recomienda prorrogar dicho plazo por sesenta dias (60) calendario; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 3º del Reglamento de la Ley Nº 29091, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM, las entidades de la Administracion Publica se encuentran obligadas a publicar en el MORDAZA del Estado Peruano y en sus Portales Institucionales, entre otras, las disposiciones legales que aprueben directivas, lineamientos o reglamentos tecnicos sobre procedimientos administrativos contenidos en el MORDAZA de la entidad, o relacionados con la aplicacion de sanciones administrativas; Que, de otro lado, el Decreto Supremo N° 014-2012JUS dispone que los reglamentos administrativos deben publicarse en el Diario Oficial El Peruano para su validez y vigencia, de acuerdo a lo establecido en los articulos 51º y 109º de la Constitucion Politica del Peru, entendiendose por tales las disposiciones reglamentarias que tienen efectos juridicos generales y directos sobre los administrados, incidiendo en sus derechos, obligaciones o intereses; De conformidad con lo establecido en el literal c) del articulo 3° de la Ley Nº 27332 ­ Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos y en los articulos 22º y 25º del Reglamento General de OSINERGMIN aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; Con la opinion favorable de la Gerencia de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos y la Gerencia Legal. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Prorrogar hasta el 14 de junio de 2013 el plazo previsto en el Cronograma de Adecuacion aprobado por Resolucion de Consejo Directivo Nº 1792012-OS/CD, para que los operadores de Sistemas de Tanques Enterrados (STE) ubicados en el departamento de MORDAZA, obtengan el Certificado de Hermeticidad.

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO GEOLOGICO MINERO Y METALURGICO
Disponen publicar relacion de concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de marzo del ano 2013
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 004-2013-INGEMMET/SG-OAJ MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2013 VISTO, el Memorando N° 207-2013-INGEMMET/ DCM, de fecha 11 de MORDAZA de 2013 formulado por la Direccion de Concesiones Mineras del INGEMMET, sobre concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de Marzo del ano 2013. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 124º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Registro Publico de Mineria, posteriormente Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero ­ INACC, actualmente INGEMMET, publicara mensualmente en el diario oficial "El Peruano", por una sola vez, la relacion de concesiones mineras cuyos titulos hubieran sido aprobados en el mes anterior;

REQUISITO PARA PUBLICACI N DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan mas de una pagina, se adjuntara un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCION

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