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El Peruano Viernes 19 de abril de 2013 493161 RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora Silvia Yesenia Solís Iparraguirre, Secretaria Técnica de la Comisión de Invenciones y Nuevas Tecnologías del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, del 20 al 27 de abril de 2013, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución y de conformidad con el ordenamiento vigente. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, de acuerdo al siguiente detalle: Nombre y Apellidos Pasaje US$ Viáticos por día US$ Número de días Total Viáticos US$ Total US$ Silvia Yesenia Solís Iparraguirre 3,500 260 5+1 1,560 5,060 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la participante deberá presentar ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. HEBERT TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 925941-1 ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL Aprueban Reglamento de Notificación de Actos Administrativos por Correo Electrónico del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 015-2013-OEFA/CD Lima, 16 de abril de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fi scalización, la supervisión, el control y la sanción en materia ambiental; Que, el Literal e) del Artículo 11° de la Ley N° 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental establece que el OEFA tiene, entre otras, la función normativa, la cual comprende la facultad de dictar —en el ámbito y materias de su competencia— los reglamentos, normas que regulen los procedimientos a su cargo y otras de carácter general referidas a intereses, obligaciones o derechos de las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas que fi scaliza; Que, el Numeral 20.4 del Artículo 20° de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General faculta a los administrados a solicitar a la autoridad administrativa que, en el marco de un procedimiento administrativo, las notifi caciones sean remitidas a una cuenta de correo electrónico; Que, mediante Acuerdo N° 018-2013 adoptado en Sesión Ordinaria N° 009-2012 del 16 de abril de 2013, el Consejo Directivo aprobó el Reglamento de la Notifi cación de Actos Administrativos por Correo Electrónico del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, con la fi nalidad de obtener mayores niveles de efi ciencia durante la notifi cación, y se logre una mejor atención de los administrados mediante una comunicación directa que permita reducir los tiempos y costos de tramitación de los procedimientos; Que, por lo antes expuesto, resulta necesario formalizar dicho acuerdo mediante Resolución de Consejo Directivo, habiéndose establecido la exoneración de la aprobación Acta respectiva a fi n de asegurar su vigencia inmediata; Con los visados de la Secretaría General, la Ofi cina de Asesoría Jurídica y la Ofi cina de Tecnologías de la Información; De conformidad con lo establecido en el Literal n) del Artículo 8° y en el Literal n) del Artículo 15° del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA aprobado por Decreto Supremo N° 022-2009-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el Reglamento de la Notifi cación de Actos Administrativos por Correo Electrónico del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, el cual contiene catorce (14) Artículos y dos (02) Disposiciones Complementarias Finales. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución y la norma aprobada en su Artículo 1° en el diario ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional del OEFA (www.oefa.gob.pe). Artículo 3°.- Disponer la publicación en el Portal Institucional del OEFA (www.oefa.gob.pe) de la Exposición de Motivos del Reglamento aprobado en el Artículo 1° de la presente Resolución, así como de la matriz que sistematiza y absuelve los comentarios, observaciones y sugerencias recibidas por la entidad durante el período de prepublicación del proyecto normativo. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO RAMIRO GÓMEZ APAC Presidente del Consejo Directivo REGLAMENTO DE NOTIFICACIÓN DE ACTOS ADMINISTRATIVOS POR CORREO ELECTRÓNICO DEL ORGANISMO DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL - OEFA Artículo 1°.- Referencia a la “Ley” Toda mención que se haga en este Reglamento a la “Ley” deberá entenderse referida a la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. Artículo 2°.- Finalidad El presente Reglamento tiene por fi nalidad regular la notifi cación de actos administrativos por correo electrónico en los procedimientos administrativos tramitados ante el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA, en concordancia con lo dispuesto en el Numeral 20.4 del Artículo 20° de la Ley. Artículo 3°.- Ámbito de Aplicación El presente Reglamento es aplicable a: (a) Los órganos del OEFA que tramitan procedimientos administrativos. (b) Los administrados involucrados en un procedimiento administrativo tramitado ante el OEFA y que hayan autorizado de manera expresa ser notifi cados mediante correo electrónico. Artículo 4°.- Autorización de notifi cación por correo electrónico 4.1 La notifi cación por correo electrónico se realizará solo si se cuenta con la autorización expresa del administrado. A solicitud de este último, el OEFA podrá fi jar hasta tres (3) direcciones de correo electrónico como