Norma Legal Oficial del día 02 de agosto del año 2013 (02/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

500478

El Peruano Viernes 2 de agosto de 2013

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Disponen que la Primera, MORDAZA, Tercera y Cuarta MORDAZA Civiles de MORDAZA tramiten procesos contenciosos administrativos laborales y previsionales provenientes de la Sala Laboral Permanente y Sala Laboral Transitoria de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 147-2013-CE-PJ MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2013 VISTOS: El Oficio N° 358-2013-ETI-NLPT-P/PJ, cursado por el Presidente del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; el Oficio N° 041-2013-CED-CSJAR-PJ, de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, asi como el Informe N° 31-2013-ETI-NLPT-STJ/PJ, de la Secretaria Tecnica del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. CONSIDERANDO: Primero. Que la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley N° 29497, Nueva Ley Procesal del Trabajo, establece que el Poder Judicial dispone la creacion e instalacion progresiva de juzgados y MORDAZA laborales en los Distritos Judiciales de la Republica que lo requieran, para fortalecer la especialidad laboral a efectos de brindar un servicio de justicia mas eficiente. Segundo. Que el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA ha expedido la Resolucion Administrativa N° 011-2013-CEJD/CSA, de fecha 19 de junio del 2013, en la que, entre otros, se solicita al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial autorice de manera excepcional y solo por lo que resta del presente ano, la distribucion de carga procesal referida a los procesos contenciosos administrativos pensionarios y laborales publicos de las MORDAZA Laborales de MORDAZA (permanente y transitoria) entre las cuatro MORDAZA Civiles de MORDAZA, con fines de descongestion procesal. Tercero. Que de acuerdo a la informacion obtenida a traves del Formulario Estadistico Electronico, sistematizada por la Secretaria Tecnica del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, se advierte que las MORDAZA Laborales de MORDAZA (permanente y transitoria) vienen afrontando flujos de ingresos elevados en materia contenciosa administrativa laboral y previsional, los mismos que han generado el incremento de la carga procesal pendiente referida a dichos procesos y la dificultad para ser atendida pese a la produccion de los citados organos jurisdiccionales. Cuarto. Que resulta prioritario afrontar dicha problematica, mucho mas si se tiene en cuenta que se tratan de procesos que implican pretensiones de atencion urgente (como es el caso de los previsionales), sin dejar de atender los demas procesos de la especialidad laboral. Quinto. Que las medidas administrativas que se dispongan a fin de atender la situacion MORDAZA descrita, deben tener en cuenta las limitaciones y restricciones de naturaleza presupuestal; asi como racionalizacion de la infraestructura existente. Sexto. Que, de otro lado, de acuerdo a los datos que constan en el Formulario Estadistico Electronico, las MORDAZA Civiles de MORDAZA pueden atender ingresos sin afectar la tramitacion de los flujos de expedientes bajo su competencia, situacion que se condice con lo expuesto en el MORDAZA fundamento de la resolucion administrativa

emitida por el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo N° 5412013 de la trigesima sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, Walde MORDAZA, MORDAZA Postigo, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y Chaparro MORDAZA, en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82°, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por unanimidad. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer que a partir del uno de agosto del presente ano la Primera, MORDAZA, Tercera y Cuarta MORDAZA Civiles de MORDAZA, Corte Superior de Justicia del mismo nombre, de manera excepcional y en adicion a sus funciones, tramiten procesos contenciosos administrativos laborales y previsionales provenientes de la Sala Laboral Permanente y Sala Laboral Transitoria de MORDAZA, con fines de descongestion procesal. Articulo Segundo.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA para disponer la remision de expedientes referidos a procesos contenciosos administrativos laborales y previsionales a cargo de la Sala Laboral Permanente y Sala Laboral Transitoria de MORDAZA hacia las MORDAZA mencionadas MORDAZA Civiles de MORDAZA, por el plazo y de la forma propuestos en el articulo MORDAZA de la Resolucion Administrativa Nº 0112013-CEJD/CSA, emitida por el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. Articulo Tercero.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA asi como a la Gerencia General del Poder Judicial a efectuar las medidas necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolucion, en cuanto sea de su competencia, en coordinacion con el Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. Articulo Cuarto.- Transcribase la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Presidencia del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 969063-1

Prorrogan funcionamiento de organos jurisdiccionales transitorios de diversos Distritos Judiciales
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 149-2013-CE-PJ MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2013 VISTOS: Los Oficios Nºs. 266, 267, 268, 269, 270, 271, 272, 273, 274, 275, 276, 277, 278 y 284-2013-ETI-CPP/ PJ, remitidos por el Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal, el Informe Tecnico N° 006-2013-P-CSJAN-PJ y los Oficios N° 2956-2013-P-CSJAM/PJ, N° 714-2013-PRES/CSJAR, N° 2919-2013-P-CSJC-PJ, N° 1126-2013-PJ/CSJCN/P, N° 1093-2013-P-CSJHN/PJ, N° 2242-2013-P-CSJIC/PJ, 284-2013-A-NCPP/CSJLA-PJ, N° 208-2013-P-CSJPA/ PJ, Nºs. 7249 y 7579-2013-P-CSJPI/PJ, Nºs. 098, 100 y 110-2013-P-CSJPU/PJ, N° 0830-2013-P-CSJSM-PJ, N° 2879-2013-P-CSJSU/PJ, y N° 2478-2013-P-CSJT-PJ, cursados por los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA, Amazonas, MORDAZA, MORDAZA, Canete, MORDAZA, Ica, MORDAZA, Pasco, MORDAZA, MORDAZA, San MORDAZA, Sullana y Tacna, respectivamente.

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