Norma Legal Oficial del día 02 de agosto del año 2013 (02/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano Viernes 2 de agosto de 2013

500495
revocado, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA permanecera en su lugar como MORDAZA regidor. Por lo expuesto, el MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por la organizacion politica Siempre Integracion. Articulo Segundo.- REFORMAR el acta de proclamacion de resultados de computo y de autoridades municipales distritales electas del distrito de Incahuasi, provincia de Ferrenafe, departamento de MORDAZA, de fecha 22 de MORDAZA de 2013, correspondiente a Nuevas Elecciones Municipales del ano 2013, debiendo conformarse de la siguiente manera:
CONCEJO DISTRITAL DE INCAHUASI AUTORIDAD MORDAZA REGIDOR REGIDOR REGIDOR REGIDOR REGIDOR DNI Nº 17410891 42420856 17530540 17432016 17439606 17439592 NOMBRES Y APELLIDOS MORDAZA MORDAZA MORDAZA WALTHER MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ORGANIZACION POLITICA PARTIDO HUMANISTA PERUANO SIEMPRE INTEGRACION PARTIDO HUMANISTA PERUANO SIEMPRE INTEGRACION PARTIDO HUMANISTA PERUANO PARTIDO ACCION POPULAR

reemplazo del primer regidor revocado, al interpretar equivocadamente las mencionadas normas. Por tales razones, el partido politico solicita que se declare fundado el recurso de apelacion y, en consecuencia, que se modifique el acta de proclamacion y que Walther MORDAZA MORDAZA reemplace al primer regidor revocado del Concejo Distrital de Incahuasi. CONSIDERANDOS 1. De acuerdo al articulo 25 de la Ley Nº 26300, Ley de los Derechos de Participacion y Control Ciudadanos, se convoco a nuevas elecciones en el Concejo Distrital de Incahuasi, al haberse revocado a mas de un MORDAZA de sus miembros por lo que corresponde que los candidatos elegidos directamente reemplazaran a los revocados por el periodo electoral de estos. 2. Ademas, es necesario senalar que, en virtud de la Resolucion Nº 502-2009-JNE, de fecha 5 de agosto de 2009, se preciso que las Nuevas Elecciones Municipales realizadas en el ano 2009 involucraron solo los cargos de las autoridades municipales cuyo mandato fue revocado. Tanto es asi, que en el fundamento 3 de la citada resolucion se senalo el criterio adoptado por este Pleno en el Acuerdo de fecha 17 de MORDAZA de 2009, el mismo que consiste en que las Nuevas Elecciones Municipales tienen por objeto reemplazar a las autoridades revocadas y no a aquellas otras que no fueron sometidas a consulta popular o, que habiendolo sido, no resultaron revocadas en virtud del respaldo popular de los electores, de tal modo, que las listas de candidatos presentadas ante los Jurados Electorales Especiales estuvieron integradas por candidatos en numero igual a las autoridades que deben ser reemplazadas, conforme el resultado de la Consulta Popular de Revocatoria efectuada el ano 2012. 3. En este sentido, mediante Resolucion Nº 4592013-JNE, de fecha 21 de MORDAZA de 2013, se resolvio restituir la vigencia, para el MORDAZA de Nuevas Elecciones Municipales convocado para el 7 de MORDAZA de 2013, del Reglamento para la Aplicacion de la Cifra Repartidora y el Premio a la Mayoria, en el MORDAZA de Nuevas Elecciones Municipales 2009, aprobado con Resolucion Nº 630-2009JNE, de fecha 21 de setiembre de 2009. En dicha MORDAZA, en el capitulo 3, articulo 6, sobre reemplazo de revocados, se ha dispuesto que si se ha revocado a un primer regidor, el que se elija tendra que ocupar su lugar, y asi sucesivamente. Cabe senalar que en el caso del distrito de Incahuasi el MORDAZA tuvo por objeto elegir unicamente a los cuatro regidores que integran el concejo municipal correspondiente, conforme se senala expresamente en la Resolucion Nº 0007-2013-JNE, de fecha 7 de enero de 2013. 4. En el caso materia de autos, el recurso de apelacion presentado por la organizacion politica Siempre Integracion cuestiona el reemplazo de la autoridad correspondiente al cargo de MORDAZA MORDAZA o primer regidor habil que ha sido asignado en el Concejo Distrital de Incahuasi, es decir, el cuestionamiento radicaria en que el MORDAZA regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, autoridad no revocada, paso equivocadamente a ocupar el lugar del primer regidor revocado, debiendo acceder al cargo, en su reemplazo, Walther MORDAZA MORDAZA, regidor MORDAZA en las Nuevas Elecciones Municipales del ano 2013. 5. Al respecto, debemos senalar que el criterio establecido en el articulo 3 del Reglamento MORDAZA senalado resulta coherente con el criterio establecido por este colegiado en la Resolucion Nº 502-2009-JNE, en la medida en que nos encontramos ante un MORDAZA electoral de naturaleza distinta al MORDAZA ordinario de elecciones municipales que se realiza cada cuatro anos, o a las elecciones municipales complementarias, realizadas en otras ocasiones, en los cuales se elige integramente un MORDAZA concejo municipal en todos los casos. Por el contrario, en el MORDAZA del MORDAZA de Nuevas Elecciones Municipales existen casos en los cuales se debe elegir reemplazos solamente para los regidores que hayan sido revocados con anterioridad, en cuyo caso los candidatos elegidos ocuparan el lugar de la autoridad revocada. 6. En consecuencia, Walther MORDAZA MORDAZA, regidor MORDAZA, debera ocupar el lugar del primer regidor

Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General 968908-3

Declaran infundado recurso de apelacion y confirman validez de Acta de Proclamacion de Resultados de Computo y de Autoridades Electas en el distrito de San MORDAZA, provincia de San MORDAZA, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 720-2013-JNE Expediente Nº J-2013-00956 JEE CHICLAYO (0026-2013-006) San MORDAZA - SAN MORDAZA - MORDAZA MORDAZA, uno de agosto de dos mil trece VISTO en audiencia publica de la fecha, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA Coscol Orbegozo, personera legal titular del movimiento regional Fuerza Social MORDAZA, contra el Acta de Proclamacion de Resultados de Computo y de Autoridades Electas en el distrito de San MORDAZA, provincia de San MORDAZA, departamento de Cajamarca.

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