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El Peruano Jueves 8 de agosto de 2013 500874 a este órgano electoral cuál es la actual situación jurídica de Wilson Rengifo Hualinga (foja 126). Al respecto, y por medio del Ofi cio N° 01140-2013-PJ/CSJLO-P, recibido en fecha 15 de julio de 2013, Wílbert Mercado Arbieto, presidente de la Corte Superior de Justicia de Loreto, se remite las resoluciones que establecen la situación jurídica de Wilson Rengifo Hualinga (foja 127 a 146). Así, se informa que: - Por medio de la resolución de fecha 19 de diciembre de 2012, la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Loreto declaró fundado el requerimiento de prisión preventiva contra Wilson Rengifo Hualinga por la comisión de los delitos contra la Administración Pública, en su modalidad de peculado y colusión, en agravio de la Municipalidad Distrital de Trompeteros. - Sin embargo, por medio de la Resolución N° 7, del 8 de marzo de 2013, el Tercer Juzgado Penal de Investigación Preparatoria declaró fundada la demanda de hábeas corpus interpuesta por Wilson Rengifo Hualinga contra la resolución que disponía su prisión preventiva. En consecuencia, el Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Nauta, por medio de la Resolución N° 13, de fecha 10 de abril de 2013, dispuso la variación de la situación jurídica del mencionado ciudadano de detención a comparecencia con restricciones. - Posteriormente, en fecha 16 de abril de 2013, la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Loreto, por medio de la Resolución N.° 15, declara nula la Resolución N° 7, que concedía el hábeas corpus. - En razón de la Resolución N.° 15, antes citada, y por medio de la Resolución N° 18, del 10 de junio de 2013, el Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Nauta dispone conservar vigente los efectos de la Resolución N° 7 (foja 138), del 19 de diciembre de 2012, que declaró fundado el requerimiento de prisión preventiva contra Wilson Rengifo Hualinga. - Asimismo, obran en autos los ofi cios dirigidos a la Policía Nacional del Perú emitidos por el juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, en los que se solicita la captura y posterior internamiento de Wilson Rengifo Hualinga, alcalde de la Municipalidad Distrital de Trompeteros (fojas 139 a 146) CONSIDERANDOS 1. Conforme a lo dispuesto en el artículo 25, numeral 3, de la LOM, el ejercicio del cargo de alcalde o regidor se suspende, por acuerdo de concejo, por el tiempo que dure el mandato de detención. 2. Respecto de la situación jurídica del alcalde Wilson Rengifo Hualinga, se aprecia de autos que se encuentra con orden de ubicación y de captura, tras haberse determinado contra dicha autoridad la prisión preventiva, medida de coerción dispuesta por el Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Nauta. 3. No obstante la existencia de un recurso de reconsideración pendiente de resolver, no puede desconocerse la existencia de un mandato de detención vigente, máxime si el propio órgano jurisdiccional ha comunicado directamente a este órgano colegiado la existencia de órdenes de captura contra Wilson Rengifo Hualinga, alcalde de la Municipalidad Distrital de Trompeteros. La regulación procedimental de la suspensión de autoridades municipales debe ser interpretada atendiendo a la fi nalidad constitucional y legítima que esta persigue: garantizar la continuidad y normal desarrollo de la gestión municipal, que puede resultar entorpecida por la imposibilidad del alcalde o regidor de ejercer las funciones y competencias propias de su cargo. De este modo, aun cuando se resuelva dicho recurso de reconsideración, la cuestión se circunscribe a dar cumplimiento a lo dispuesto por una resolución judicial emitida por el juez penal, debiendo precisarse que este criterio se admite por el supuesto fáctico expuesto y en mérito a la existencia un mandato de detención vigente. En ese sentido, lo que debe valorarse es la existencia de un mandato de detención vigente, en concordancia con lo establecido en las Resoluciones N° 920 -2012-JNE, N° 1077-2012-JNE, N° 931-2012-JNE, N° 932-2012-JNE, N° 928-2012-JNE, entre otras, en las que el Jurado Nacional de Elecciones ha valorado que el mandato de detención sea actual y que haya sido ordenado de manera oportuna por el órgano jurisdiccional competente. 4. En ese contexto, corresponde suspender al alcalde titular distrital de Trompeteros, al existir un mandato de detención vigente en su contra. En ese sentido, y de acuerdo al artículo 24 de la LOM, al burgomaestre lo reemplaza el teniente alcalde, que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral, debiéndose acreditar, de este modo, a Lorenzo Chimboras Cariajano, identifi cado con Documento Nacional de Identidad N° 05711980, para que asuma provisionalmente el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Trompeteros, mientras se resuelva la situación jurídica del alcalde suspendido. En ese sentido, para completar el número de regidores, respetando la procedencia establecida en su propia lista electoral, corresponde acreditar como regidora a Deysi Minusca Shihuango Sandi, con Documento Nacional de Identidad N° 40918603, candidata no proclamada de la organización política Movimiento Independiente Loreto - Mi Loreto, para que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de Trompeteros. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- APROBAR el acuerdo tomado en la sesión extraordinaria, de fecha 7 de mayo de 2013, que aprobó suspender a Wilson Rengifo Hualinga, alcalde de la Municipalidad Distrital de Trompeteros, por la causal establecida en artículo 25, numeral 3, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO, provisionalmente, la credencial otorgada a Wilson Rengifo Hualinga como alcalde de la Municipalidad Distrital de Trompeteros. Artículo Tercero.- CONVOCAR a Lorenzo Chimboras Cariajano, identifi cado con Documento Nacional de Identidad N° 05711980, para que asuma provisionalmente el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Trompeteros, para lo cual se le otorgará la respectiva credencial. Artículo Cuarto.- CONVOCAR a Deysi Minusca Shihuango Sandi, con Documento Nacional de Identidad N° 40918603, para que asuma provisionalmente el cargo de regidora de la Municipalidad Distrital de Trompeteros, para lo cual se le otorgará la respectiva credencial. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA PEREIRA RIVAROLA AYVAR CARRASCO CORNEJO GUERRERO VELARDE URDANIVIA Samaniego Monzón Secretario General 971674-6 Declaran infundado recurso extraordinario interpuesto contra la Res. Nº 699-2013-JNE mediante el cual se confirmó resolución del Jurado Electoral Especial de Chimbote que declaró infundado pedido de nulidad de las Nuevas Elecciones Municipales en el distrito de Samanco RESOLUCIÓN Nº 736-2013-JNE Expediente Nº J-2013-00889 JEE CHIMBOTE 00037-2013-007 SAMANCO - SANTA - ÁNCASH RECURSO EXTRAORDINARIO Lima, seis de agosto de dos mil trece