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El Peruano Viernes 16 de agosto de 2013 501242 Artículo Tercero.- La citada funcionaria efectuará al Concejo Municipal un informe sobre los resultados del evento y las acciones que se deriven a favor de la Municipalidad Distrital de Jesús María, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de concluida la comisión de servicios. Artículo Cuarto.- El presente Acuerdo no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ENRIQUE OCROSPOMA PELLA Alcalde 974745-1 FE DE ERRATAS DECRETO DE ALCALDÍA Nº 024-2013-MDJM Mediante Ofi cio Nº 842-2013-SG/MDJM la Municipalidad Distrital de Jesús María solicita se publique Fe de Erratas del Decreto de Alcaldía Nº 024-2013-MDJM, publicado el 8 de agosto de 2013. DICE: “Artículo Segundo.- (…) PRORRÓGASE hasta el Sábado 31 de julio del 2013, el plazo para acogerse al benefi cio excepcional establecido en la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ordenanza Nº 404-MDJM, que aprobó el Régimen de Gradualidad de las Sanciones Tributarias. (…)” DEBE DECIR: “Artículo Segundo.- (…) PRORRÓGASE hasta el sábado 31 de agosto del 2013, el plazo para acogerse al benefi cio excepcional establecido en la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ordenanza Nº 404-MDJM, que aprobó el Régimen de Gradualidad de las Sanciones Tributarias. (…)” 974744-1 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Modifican el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE), con la finalidad de incluir servicios a cargo de la Gerencia de Cultura y Turismo RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 465-2013-A/MM Mirafl ores, 13 de agosto de 2013 EL ALCALDE DE MIRAFLORES; CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y que dicha autonomía, reconocida en la Constitución Política del Perú, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, con la Resolución de Alcaldía Nº 794-2011-A/ MM, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 01 de diciembre de 2011, se aprueba el nuevo Texto Único de Servicios No Exclusivos de la Municipalidad de Mirafl ores (TUSNE); posteriormente modifi cado, mediante Resolución de Alcaldía Nº 503-2012-A/MM de fecha 03 de setiembre de 2012; Que, el artículo 32 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que en toda medida destinada a la prestación de servicios deberá asegurarse el equilibrio presupuestario de la municipalidad. De igual modo, según el artículo 37, último párrafo, de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de resolución del titular del pliego, establecerán los requisitos y costos correspondientes a los mismos, los cuales deberán ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento; Que, la Gerencia de Cultura y Turismo, a través del Memorando Nº 293-2013-GCT/MM del 25 de julio de 2013, propone modifi caciones al TUSNE a fi n de incorporar servicios de venta del libro “Huaca Pucllana” y de entradas para el evento del “Concurso de Marinera Norteña Ciudad de Mirafl ores”; Que, con Memorándum Nº 262-2013-GPP/MM la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto expresa su conformidad con las modifi caciones propuestas por dicha unidad orgánica, acorde con lo señalado en el Informe Nº 31-2013-SGRE-GPP/MM de la Subgerencia de Racionalización y Estadística, el cual se sustenta en el Informe Técnico Nº011-2013-SGRE-GPP/MM del 05 de agosto de 2013, que contiene la opinión favorable para la inclusión de servicios de: “Venta de libro Huaca Pucllana y de entradas para la asistencia al evento de la marinera”, por encontrarse conforme con la normatividad legal correspondiente; Que, a mayor sustento, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Legal Nº 337-2013-GAJ/MM del 08 de agosto de 2013 concluye que, encontrándose conforme con las modifi caciones propuestas respecto al TUSNE, es procedente emitir la resolución de alcaldía para efectuar la modifi cación solicitada e incluir los servicios mencionados, de conformidad a ley; Estando a lo expuesto, y de conformidad a lo dispuesto por el artículo 20, numeral 6 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE: Artículo Primero.- Modifi car el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad de Mirafl ores, aprobado con Resolución de Alcaldía Nº 794- 2011-A/MM y modifi cado por la Resolución de Alcaldía Nº 503-2012-A/MM, a efectos de incluir los servicios a cargo de la Gerencia de Cultura y Turismo según el detalle contenido en el anexo adjunto y demás documentación que forma parte integrante de la presente resolución, por las consideraciones expuestas en el mismo. Artículo Segundo.- Precisar que las inclusiones y modifi cación dispuesta en el artículo precedente se encuentran debidamente especifi cados, incluyendo costos y requisitos, en el anexo adjunto que forma parte integrante del presente dispositivo. Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaría General, la publicación íntegra de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su publicación así como del anexo que contiene en el Portal Institucional (www.mirafl ores. gob.pe), en la misma fecha de la publicación ofi cial. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde ANEXO Nº DENOMINACIÓN DEL SERVICIO REQUISITOS PRECIO 01 GERENCIA DE CULTURA Y TURISMO Centro Cultural “Ricardo Palma” Av. José A. Larco Nº 770 - Mirafl ores 1 Asistencia al concurso de la marinera 1.- Pago por el servicio correspondiente: A) Adultos Mayores y niños S/. 15.00 B) Entrada en General S/. 20.00 C) VIP S/. 30.00 D) Preferencial S/. 25.00