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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE AGOSTO DEL AÑO 2013 (16/08/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 41

El Peruano Viernes 16 de agosto de 2013 501235 del Gobierno Regional Cajamarca, www.regioncajamarca. gob.pe. Sétimo.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional Cajamarca implemente lo dispuesto por la presente Ordenanza Regional. Octavo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede institucional del Gobierno Regional Cajamarca, a los veintitrés dias del mes de abril del año 2013. GREGORIO SANTOS GUERRERO Presidente Regional 969594-1 GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE Autorizan viaje de Vicepresidente del Gobierno Regional a México, en comisión de servicios ACUERDO REGIONAL Nº 047-2013-GR.LAMB./CR Chiclayo, 8 de agosto del 2013 VISTO: El ofi cio Nº 027-2013-G.R.LAMB/VPR de fecha 05 de agosto del 2013, Reg. SISGEDO Nº 982274, de la Vicepresidencia del Gobierno Regional de Lambayeque; y, CONSIDERANDO Que, a través del documento del visto, se solicita al Consejo Regional autorización de viaje al exterior para el Vicepresidente Regional, Lic, Juan Pablo Horna Santa Cruz por los días que corren del 17 al 23 de agosto del año 2013, para viajar a los Estados Unidos Mexicanos, para asistir a la Pasantía Internacional “Encuentro México – Perú por las tecnologías de Información y un Mejor Gobierno” a realizarse en diferentes ciudades del país mencionado. Que, los gastos de demande el señalado viaje a los Estados Unidos Mexicanos (pasajes aéreos, hospedaje y alimentación) será costeado íntegramente por el proyecto “Fortalecimiento de los Gobiernos Regionales para el Desarrollo Social y Económico en el Norte del Perú” a cargo de ProGobernabilidad – PROGOB. Que, a este efecto, corresponde al Consejo Regional a través de la aprobación de la disposición regional respectiva, proceder a autorizar el indicado viaje al exterior, el mismo que realiza el Vicepresidente Regional en comisión de servicios. Que, el Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de Lambayeque, aprobado por Ordenanza Regional Nº 005-2011-GR.LAMB/CR, prevé en su Artículo 9º, inciso 2, que es atribución del Consejo Regional de Lambayeque autorizar al Presidente Regional, Vicepresidente(a) Regional, Consejero Delegado del Consejo Regional y Consejero(as) Regionales a salir del país, en comisión de servicios, así como concederles licencias, las que no pueden superar los cuarenta y cinco (45) días naturales del año. Que, de conformidad con el Artículo 13º, inciso f) del Decreto Supremo Nº 018-85-PCM, Reglamento Inicial de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, se entiende por Comisión de Servicio, cuando un servidor es destinado a realizar acciones de servicio fuera de su centro de trabajo, ya sea en el país o en el extranjero; lo que es concordante con lo dispuesto por el Artículo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público, conforme al cual la Comisión de Servicio es el desplazamiento temporal del servicio fuera de la sede habitual de trabajo, dispuesta por la autoridad competente, para realizar funciones según el nivel de carrera, grupo ocupacional y especialidad alcanzados y que están directamente relacionadas con los objetos institucionales. Que, de conformidad con el Artículo 39º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos, de interés público, ciudadanos o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Por lo que, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 37º, inciso a) de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, de conformidad con los considerandos expuestos, y en atención a los aprobado por unanimidad por el Consejo Regional en su Sesión Ordinaria de fecha 07 de agosto de 2013; SE ACUERDA: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje en comisión de servicios del Vicepresidente del Gobierno Regional de Lambayeque, Lic. Juan Pablo Horna Santa Cruz a los Estados Unidos Mexicanos, por el periodo que comprende los días del 17 al 23 de agosto del presente año, a fi n de asistir a la Pasantía Internacional “ Encuentro México - Perú por las Tecnologías de Información y un Mejor Gobierno” a realizarse en diferentes ciudades del país mencionado, el mismo que no irrogara ninguna afectación económica al Gobierno Regional de Lambayeque. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario El Peruano y su difusión a través del Portal Electrónico del Gobierno Regional de Lambayeque. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JOSE ANTONIO ENEQUE SORALUZ Consejero Delegado 975068-1 GOBIERNO REGIONAL DE PASCO Aprueban modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Gobierno Regional Pasco ORDENANZA REGIONAL Nº 331-2013-G.R.PASCO/CR Cerro de Pasco, 13 de junio 2013 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO. POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Pasco, en Sesión ordinaria de fecha doce de junio del dos mil trece. CONSIDERANDO: Que, el artículo 188° de la Constitución Política del Perú establece que la descentralización es una política permanente del Estado de carácter obligatorio, a cuyo efecto el proceso de descentralización se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada, conforme a criterios que permitan una adecuado asignación de competencias y transferencias de recursos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales; Que, mediante Decreto Supremo N° 079-2007-PCM, se aprueban los lineamientos para la elaboración del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, en el marco de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y Ley N° 29060, Ley del Silencio Administrativo Positivo, documento de gestión cuya