Norma Legal Oficial del día 21 de agosto del año 2013 (21/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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incurrido el Concejo Distrital de MORDAZA, se ven agravadas por el hecho de que, del acta de la sesion extraordinaria, se aprecia que los integrantes del concejo municipal no se pronunciaron, de manera individualizada, por los dos hechos imputados en la solicitud de declaratoria de vacancia, esto es, respecto al cobro de beneficios provenientes de pactos colectivos del MORDAZA distrital y de los funcionarios de confianza. 26. En vista de que resulta necesario asegurar que los organos competentes, a la luz de los hechos imputados y los medios probatorios que obren en el expediente, analicen y se pronuncien sobre la controversia juridica planteada en un procedimiento especifico ­en el caso de los procedimientos de declaratoria de vacancia, dichos organos serian el concejo municipal, en instancia administrativa, y el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en instancia jurisdiccional­, y a que, conforme se ha evidenciado en los considerandos anteriores, el Concejo Distrital de MORDAZA no ha procedido ni tramitado el procedimiento en cuestion, respetando los principios de impulso de oficio, verdad material e imparcialidad, ese sentido corresponde declarar la nulidad de lo actuado, de conformidad con lo establecido en el articulo 10, numeral 1, de la LPAG, dispone que constituye un vicio que causa la nulidad del acto administrativo la contravencion a la Constitucion, a las leyes o a las normas reglamentarias. 27. Como consecuencia de la nulidad declarada en el presente expediente, y tomando en consideracion los hechos expuestos en la solicitud de vacancia, este organo colegiado precisa que el Concejo Distrital de MORDAZA, MORDAZA de disponer la convocatoria a la sesion extraordinaria en la que, respetando los plazos previstos en el articulo 23 de la LOM (treinta dias habiles), resuelva las solicitudes de declaratoria de vacancia presentadas contra el MORDAZA, proceda de la siguiente manera: a. Requiera a los organos competentes de la entidad MORDAZA informacion sobre las fechas y montos en los que el MORDAZA efectuo el cobro, asi como la devolucion del beneficio indebidamente percibido, y las acciones realizadas por la entidad MORDAZA, debiendo adjuntar la documentacion sustentatoria correspondiente Una vez que se cuente con dicha informacion, debera correrse traslado de la misma al solicitante y al MORDAZA distrital MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para salvaguardar su derecho a la defensa y el MORDAZA de igualdad entre las partes, asi como a todos los integrantes del concejo municipal. b. Requiera a los organos competentes de la municipalidad informacion sustentada en documentos, la relacion de los funcionarios de confianza que habrian cobrado los beneficios y bonificaciones en merito a pactos colectivos, asi como si estos efectuaron acciones concretas para efectuar la devolucion de estos montos. Una vez que se cuente con dicha informacion, debera correrse traslado de la misma al solicitante y al MORDAZA distrital MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para salvaguardar su derecho a la defensa y el MORDAZA de igualdad entre las partes, asi como a todos los integrantes del concejo municipal. 28. Cabe recordar que en la nueva sesion extraordinaria debe respetarse el derecho de participacion de los miembros del concejo distrital. Asi tambien, recordar que el acuerdo de concejo debe encontrarse debidamente motivado, debiendose consignar en el los argumentos centrales de la solicitud de declaratoria de vacancia, los argumentos fundamentales de descargos presentados por la autoridad cuestionada, los medios probatorios ofrecidos por las partes, de ser el caso, asi como sistematizar los argumentos de los regidores que hubiesen participado en la sesion extraordinaria, y finalmente, debe consignarse, de manera expresa y especifica, la parte resolutiva de la decision mayoritaria o unanime sobre el pedido de declaratoria de vacancia. Del mismo modo, debe considerarse la linea jurisprudencial de este organo electoral respecto a la causal de vacancia establecida en el articulo 22, numeral 9, concordante con el articulo 63, de la LOM. 29. De otro lado, este Supremo Tribunal Electoral establece que, en la nueva sesion extraordinaria que se convoque, cada integrante del concejo municipal emita un pronunciamiento, de manera individualizada, autonoma y diferenciada, sobre cada uno de los dos hechos imputados al MORDAZA distrital MORDAZA MORDAZA Carmelo. Respecto al escrito presentado el 8 de agosto de 2013 30. Es necesario hacer mencion que luego de la audiencia publica, el MORDAZA distrital MORDAZA MORDAZA

El Peruano Miercoles 21 de agosto de 2013

MORDAZA, presento un escrito (fojas 287 a 290), a traves del cual adjunto diversa documentacion, que acreditaria que en su calidad de autoridad municipal dispuso que no se realizara pago alguno proveniente de pactos colectivos, a su persona y a los funcionarios de confianza. Asi, tambien, adjunto el recibo a traves del cual, se acreditaria la devolucion de lo cobrado. 31. Sin embargo, tal como lo hemos senalado en los parrafos precedentes, estos documentos no fueron actuados ni valorados en sede municipal, por lo que valorarlos en esta instancia implicaria vulnerar el debido procedimiento y el derecho de defensa del solicitante de la vacancia. Por ello, este organo colegiado, considera conveniente, que MORDAZA de la realizacion de la nueva sesion extraordinaria, el concejo municipal debera correr traslado al recurrente los documentos presentados por la autoridad municipal en su escrito del 8 de agosto de 2013 ante este organo electoral. CONCLUSION Por consiguiente, este Supremo Tribunal Electoral, apreciando los hechos con criterio de conciencia, conforme al articulo 181 de la Constitucion Politica del Peru y al articulo 23 de la Ley N° 26486, Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones, y valorando todos los medios probatorios, concluye que se debe declarar la nulidad del acuerdo adoptado en la Sesion Extraordinaria N° 007, del 25 de marzo de 2013, y devolver los actuados al Concejo Municipal de MORDAZA, para que vuelva a emitir decision sobre la solicitud de vacancia. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- Declarar NULO todo lo actuado en el procedimiento de vacancia seguido en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, provincia y departamento de San MORDAZA, hasta la fecha de MORDAZA de la solicitud de declaratoria de vacancia presentada por MORDAZA MORDAZA Saldana. Articulo Segundo.- DEVOLVER los actuados al Concejo Distrital de MORDAZA, a efectos de que vuelva a emitir pronunciamiento sobre la solicitud de vacancia respecto de la causal de restricciones en la contratacion, bajo apercibimiento de remitir copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fiscal correspondiente, para que evalue la conducta del integrante de dicho concejo, en caso de omision, rehusamiento o demora de actos funcionales, tipificados en el articulo 377 del Codigo Penal. Se debera tener especial cuidado de realizar las siguientes acciones: 1. Convocar a sesion extraordinaria en un plazo MORDAZA de cinco dias habiles, luego de notificada la presente. En caso de que el MORDAZA no cumpla con la convocatoria dentro del plazo establecido, el primer regidor, o cualquier otro, tiene la facultad de convocar a sesion extraordinaria, previa notificacion escrita al MORDAZA, conforme establece el articulo 13 de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades. Entre la notificacion de la convocatoria y la sesion extraordinaria debe mediar, cuando menos, un lapso de cinco dias habiles. 2. Asistir obligatoriamente a la sesion de concejo, en virtud de lo dispuesto en el articulo 10, numeral 5, de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, por lo que su incumplimiento sera motivo de responsabilidad funcional. 3. Consignar en el acta de la sesion convocada las firmas de todos los asistentes al acto senalado. 4. Remitir la MORDAZA o resolucion que declara consentido el acuerdo adoptado, en caso de que no MORDAZA sido materia de impugnacion, para proceder al archivo del presente expediente. 5. Elevar el expediente administrativo en original, o copias certificadas de ser el caso, en un plazo MORDAZA de tres dias habiles, luego de presentado el recurso de apelacion, y cumplir con la remision de la siguiente documentacion: 5.1. Las constancias de notificacion al miembro afectado del concejo y al solicitante de la convocatoria a las sesiones extraordinarias y de los acuerdos adoptados sobre el pedido de vacancia o el recurso de reconsideracion.

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