Norma Legal Oficial del día 23 de agosto del año 2013 (23/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano Viernes 23 de agosto de 2013

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Retornado", ubicado en las oficinas de la Cancilleria para la atencion de los interesados que se encuentren en el territorio nacional. Asimismo, las Oficinas Desconcentradas del Ministerio de Relaciones Exteriores y las Misiones Diplomaticas y Consulares en el Exterior, brindaran un servicio de orientacion e informacion sobre los requisitos y la tramitacion de los beneficios establecidos en los articulos 3°, 5° y 6° de la Ley. Para la difusion de los beneficios de la Ley, el Ministerio de Relaciones Exteriores con el concurso de los demas sectores involucrados pondra en conocimiento de los peruanos residentes en el exterior, los servicios y programas sociales que ofrece el Estado a favor de aquellos que decidan retornar al Peru empleando, para tal fin, medios impresos como la Cartilla de Informacion para el Migrante Retornado, folletos de informacion, asi como medios electronicos de difusion masiva tales como paginas web, correos electronicos, redes sociales, entre otros. TITULO VII COORDINACION DE LA POLITICA INTERSECTORIAL DE REINSERCION SOCIOECONOMICA Y LAS ACCIONES DE SUPERVISION Y CONTROL Articulo 42°.- De la Coordinacion de la Politica Intersectorial de Reinsercion Socioeconomica La coordinacion de la Politica Intersectorial de Reinsercion Socioeconomica del Migrante Retornado y de su Nucleo Familiar, asi como su implementacion, estan a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores, en coordinacion con los sectores vinculados con la reglamentacion de la presente MORDAZA y, en especial, con la Comision Multisectorial Permanente "Mesa de Trabajo Intersectorial para la Gestion Migratoria" (MTIGM), de conformidad con el literal a) del articulo 5º y el numeral 9.1 del articulo 9º de la Ley. Articulo 43°.- De la supervision y control de los beneficios contemplados en los articulos 5° y 6° de la Ley El Ministerio de Relaciones Exteriores ejecutara las acciones de supervision y control respecto de la aplicacion de los beneficios contemplados en los articulos 5° y 6° de la Ley. Con ese fin, se establecera un registro de los peruanos que hayan obtenido la Tarjeta y se establecera una base de datos con la informacion del Formulario R-1, a la que tendran acceso los sectores involucrados en la reglamentacion de la presente norma. Dicha informacion permitira conocer los parametros y estadisticas migratorias que ayuden a la adopcion de politicas de Estado en esta materia. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Salvaguarda de otros beneficios Ninguna de las disposiciones del presente dispositivo legal afectara los beneficios ya existentes que vienen siendo administrados por los diversos sectores comprendidos en la aplicacion de la Ley. Segunda.- Aplicacion supletoria Los procedimientos regulados en el presente Reglamento se rigen supletoriamente por lo dispuesto en la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General. Tercera.- De la Tarjeta del Migrante Retornado del Decreto Supremo N° 205-2013-EF Sera de aplicacion para efectos de la Tarjeta del Migrante Retornado a que se refiere el articulo 2° del Reglamento del articulo 3° de la Ley N° 30001 ­ Ley de Reinsercion Economica y Social para el Migrante Retornado, aprobado por el Decreto Supremo N° 2052013-EF, la Tarjeta del Migrante Retornado a que se refiere el articulo 4° del presente Reglamento que contenga la Anotacion Tributaria correspondiente. 978957-5

Autorizan viaje de funcionarios Colombia, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL N° 0746/RE-2013 MORDAZA, 21 de agosto de 2013 CONSIDERANDO:

a

Que, el Plan de Desarrollo de la MORDAZA de Integracion Fronteriza Peru ­ Colombia se aprobo el 24 de junio de 2013; Que, se acordo con el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia realizar la reunion de trabajo sobre la puesta en marcha del referido Plan de Desarrollo, en la MORDAZA de Bogota D.C., Republica de Colombia, el 26 de agosto de 2013; Que, asimismo, se llevara a cabo la reunion del Comite Directivo Binacional del proyecto de integracion fronteriza Modelos Practicos de Produccion Piscicola, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica de Colombia, del 27 al 28 de agosto de 2013; Teniendo en cuenta la Hoja de Tramite (GAC) Nº 4294, del Despacho Viceministerial, de 27 de MORDAZA de 2013; y los Memoranda (DDF) Nº DDF0644/2013, de la Direccion de Desarrollo e Integracion Fronteriza, de 25 de MORDAZA de 2013, y (OPR) Nº OPR0356/2013, de la Oficina de Programacion y Presupuesto, de 7 de agosto de 2013, que otorga certificacion de credito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, modificada por la Ley Nº 28807 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002/PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 0562013/PCM; la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, su Reglamento y modificatorias; el Decreto Legislativo N° 1057, que regula el Regimen Especial de Contratacion Administrativa de Servicios y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 075-2008/PCM; la Ley 29849, Ley que establece la eliminacion progresiva del regimen especial del Decreto Legislativo 1057, Contratacion Administrativa de Servicios y otorga derechos laborales; la Resolucion Ministerial 0531-2011/RE, que aprueba la Directiva para la aplicacion del Regimen Especial de Contratacion Administrativa de Servicios; la Ley Nº 29357, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y el numeral 10.1 del articulo 10º de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje, en comision de servicios, de los siguientes funcionarios, a las ciudades de Bogota D.C. y MORDAZA, Republica de Colombia, del 26 al 28 de agosto de 2013, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion; asi como autorizar su salida del MORDAZA el 25 de agosto de 2013 y su retorno el 28 de agosto de 2013: · Ministro en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director de Desarrollo e Integracion Fronteriza, de la Direccion General de America; y, · Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lossio Olavarria, Contratado Administrativo de Servicios, Especialista en Desarrollo e Integracion Fronteriza, de la Direccion de Desarrollo e Integracion Fronteriza, de la Direccion General de America. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comision de servicios seran cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0000917: Implementacion de los Planes de Desarrollo Fronterizo, debiendo presentar la rendicion de cuenta, en un plazo no mayor de quince (15) dias, al termino del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

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