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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE AGOSTO DEL AÑO 2013 (28/08/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 50

El Peruano Miércoles 28 de agosto de 2013 501940 VISTO: La Resolución Administrativa Nº 476-2012-P-CSJLI/PJ de fecha 05 de Julio del 2012, ofi cio Nº 66-2013- (Ex 35º Juzg.Civil de Lima) e Informe Nº 058-2013-AEPR-UPD- CSJLI/PJ de fecha 16 de Agosto del presente año; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa Nº 047- 2012-CE-PJ de fecha 20 de abril del 2012, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso convertir y reubicar diversos órganos jurisdiccionales de este Distrito Judicial, entre ellos el 35º Juzgado Especializado en lo Civil de Lima en 2º Juzgado Mixto de Ate. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 476- 2012-P-CSJLI/PJ de vista, la Presidencia de esta Corte dispuso el cierre de turno del 1º Juzgado Mixto de Ate a partir del 06 de Julio del 2012 hasta que el 2º Juzgado Mixto de Ate nivele su carga procesal. Que, mediante el Ofi cio de vista, la Magistrada del 2º Juzgado Mixto de Ate informa a este Despacho y a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo que ha superado en cantidad de expedientes al 1º Juzgado Mixto de esa localidad, por lo cual solicita que se tomen las medidas correspondientes conforme al mandato de la última Resolución Administrativa citada precedentemente. Que, la Unidad de Planeamiento y Desarrollo ha emitido el informe Nº 058-2013-AEPR-UPD-CSJLI/PJ, el cual expone las cantidades totales de expedientes en giro que se vienen tramitando en ambas judicaturas, siendo que el 1º y 2º Juzgado Mixto de Ate tienen 2,452 y 2,284 expedientes respectivamente, por lo cual sugieren que el 1º Juzgado Mixto reaperture su turno y ambas judicaturas atiendan equitativamente los ingresos de dicha localidad. Que, en mérito a lo indicado, corresponde a la Presidencia de la Corte de Lima, disponer las acciones administrativas respectivas a fi n de dar cumplimiento a lo arriba citado; en consecuencia, corresponde ordenar y ejecutar las medidas pertinentes para tal fi n, con sujeción a los lineamientos dispuestos de la acotada Resolución Administrativa. Que, la Resolución Administrativa Nº 031-2012-CE-PJ de fecha el 02 de marzo del 2012, aprueba la Directiva Nº 001-2012-CE-PJ referida a las Comisiones Nacional y Distrital de Descarga Procesal en cuyo Artículo 6 Numeral 3 Literal b, establece como integrante al Presidente de la Corte Superior de cada distrito judicial al ser la máxima autoridad administrativa. En ese orden de ideas, en virtud del Artículo Quinto de la Resolución Administrativa Nº 020-2013-CE-PJ se faculta al Presidente de la Comisión Distrital de Descarga Procesal a dictar las acciones administrativas necesarias para monitorear las actividades de descarga. Que, por las razones expuestas, en uso de las facultades conferidas en el inciso 3 del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial e inciso 3 del artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones de las Cortes Superiores de Justicia que operan como Unidades Ejecutoras aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 214-2012-CE-PJ de fecha 5 de noviembre del 2012: SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER la apertura de turno del 1º Juzgado Mixto de Ate de la Corte Superior de Justicia de Lima. Artículo Segundo.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima, a fi n que vele por su cumplimiento, debiendo proceder conforme a sus funciones y atribuciones en caso de incumplimiento. Artículo Tercero.- DISPONER que las demandas ingresadas, a la fecha de la publicación de la presente resolución administrativa, deben ingresar y distribuirse de manera aleatoria y equitativa entre el 1º y 2º Juzgado Mixto de Ate de la Corte Superior de Justicia de Lima. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de la Corte Superior de Justicia de Lima, coordine mediante la Coordinación de Informática la adecuación oportuna del sistema informático. Artículo Sétimo.- PONER la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General, Ofi cina de Control de la Magistratura - OCMA, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura - ODECMA, Unidad de Planeamiento y Desarrollo y Gerencia de Administración Distrital, para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. IVAN ALBERTO SEQUEIROS VARGAS Presidente 980750-1 ORGANOS AUTONOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Formalizan elección del Director General de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú ESCUELA NACIONAL SUPERIOR AUTÓNOMA DE BELLAS ARTES DEL PERÚ RESOLUCIÓN DE ASAMBLEA GENERAL Nº 002-2013-ENSABAP Lima, 17 de julio de 2013 VISTOS: Acta de la Sesión Extraordinaria de la Asamblea General del 17 de julio de 2013; y, CONSIDERANDO: Que, la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, es una Institución Pública de Educación Superior, con autonomía académica, económica y administrativa; por mandato expreso de la Ley Nº 23626, con la cual se sustituye la Décima Tercera Disposición de la Ley Nº 23384 – Ley General de Educación; y, la Ley Nº 28329 con la cual se modifi ca la Undécima Disposición Complementaria de la Ley Nº 28044 – Ley General de Educación; Que en sesión de fecha 20 de junio de 2013, se declaró la vacancia del cargo de Director General, en virtud a la carta de renuncia presentada por el Sr. Luis Guillermo Cortes Carcelén asumiendo dicho cargo, de manera temporal, el Director Académico de acuerdo a lo establecido en el Artículo 25º del Estatuto; acto formalizado a través de la Resolución de Asamblea General Nº 001-2013-ENSABAP; Que, la Asamblea General es el órgano máximo de gobierno de la ENSABAP y tiene como una de sus atribuciones elegir al Director General de acuerdo al Artículo 14º del Estatuto; Que, en sesión extraordinaria del 01 de julio de 2013, los miembros de la Asamblea General establecieron por unanimidad que el periodo de la gestión del próximo Director General será de 2 años o lo que reste para cumplir el periodo del Director General renunciante; además, por unanimidad se acordó establecer como fecha para la elección del próximo Director General el 17 de julio del presente año, en sesión extraordinaria de Asamblea General; Que, con fecha 17 de julio de 2013, en observancia de los Artículos 16º, 18º, 33º y Quinta Disposición Complementaria del Estatuto, los Artículos 20º y 30º del Reglamento General, la Asamblea General eligió como reemplazante del ex Director General, Sr. Luis Guillermo Cortés Carcelén, al docente David Sixto Durand Ato, quien ejercerá su mandato por el tiempo que resta para culminar el periodo de gestión del renunciante; Estando a lo dispuesto y con las visaciones respectivas; y, De conformidad con el El Estatuto y el Reglamento General aprobados con Decreto Supremo Nº 015-2009- ED y con Resolución Directoral Nº 338-2009-ENSABA respectivamente; SE RESUELVE: Artículo Primero.- FORMALIZAR, la culminación del periodo de gestión del Sr. Luis Magno Castellanos Jara en el cargo de Director General Interino, formalizado a través de la Resolución de Asamblea General Nº 001-2013-