Norma Legal Oficial del día 28 de agosto del año 2013 (28/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano Miercoles 28 de agosto de 2013

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difusion de informacion de parte de los agentes vinculados al Aseguramiento Universal en Salud, estableciendo para tales efectos, los plazos, condiciones y formas para la entrega de la informacion, los cuales deberan ser obligatoriamente observados por la entidad supervisada para la entrega de la informacion requerida, atendiendo a su MORDAZA, disponibilidad y volumen; Que, teniendo en cuenta el MORDAZA legal citado, mediante Resolucion de Superintendencia N° 0382011-SUNASA/CD del 10 de MORDAZA de 2011, se aprobo el "Sistema Integrado de Transacciones Electronicas de Datos en Salud (SITEDS), modulos Cliente y Facturacion para EPS e IPRESS vinculadas a los planes de salud de las EPS", estableciendo en su articulo 24° que el Modulo de Transaccion Electronica del Expediente de Facturacion (TEDEF) o SITEDS Facturacion es de uso obligatorio para las IAFAS-EPS e IPRESS vinculadas a los planes de salud de las EPS a partir de la informacion correspondiente al mes de enero 2012; Que, asimismo la citada Resolucion formalizo el empleo del Sistema Integrado de Transacciones Electronicas de Datos en Salud (SITEDS) Modulo Cliente, siendo de uso obligatorio para las IAFAS-EPS y todas las IPRESS vinculadas a los planes de salud de las EPS ubicadas en ciudades donde se cuente con facilidad de acceso a Internet, disponiendo en su Articulo 23° su uso obligatorio a partir del 01 de agosto del 2011, para lo cual establecio en el citado articulo que las IPRESS deberan efectuar las acciones administrativas necesarias para integrar, usar, emplear y/o condicionar sus sistemas de informacion a dicha version o superior; Que, esta Superintendencia considerando las diversas solicitudes de las IAFAS-EPS, respecto a otorgar un tiempo adicional para la implementacion por parte de estas de los nuevos modulos del SITEDS Facturacion y a fin de no generar riesgo operativo para las EPS y usuarios del citado sistema, emitio la Resolucion N° 0102012-SUNASA/CD, la cual modifico el articulo 24° de la Resolucion N° 038-2011-SUNASA/CD, disponiendo la vigencia de la citada Resolucion a partir de la informacion del mes de MORDAZA 2012, para el caso del Modulo Facturacion o TEDEF; Que, durante el plazo de implementacion del TEDEF, la SUNASA ha evidenciado dificultades operativas en la implementacion de las nuevas tramas del SITEDS Facturacion por parte de las IAFAS EPS debido a que dependen de la informacion que le remiten las IPRESS vinculadas a sus planes de salud, las cuales no han adecuado sus sistemas operativos a la nueva estructura de tramas por razones operativas y economicas; Que, asimismo como resultado de la acciones de supervision, se ha evidenciado que las IAFAS EPS vienen utilizando las tramas de la version anterior, aprobada en el ano 2005, para el envio de la informacion del TEDEF a la SUNASA; Que, por otra parte el SITEDS Cliente, software desarrollado y administrado por la SUNASA, apoya el MORDAZA de atencion y validacion de pacientes en las IPRESS anteriormente citadas, brindando informacion en linea del plan de salud, cobertura de salud y porcentajes de pago que debe afrontar el asegurado; Que, el SITEDS constituye una herramienta con procedimientos relacionados a la propia gestion de las IAFAS EPS en las negociaciones que realizan con las IPRESS vinculadas a los planes de salud para la acreditacion de sus asegurados, a fin de brindar una prestacion del servicio de salud en forma oportuna y de calidad, garantias explicitas que deben ser supervisadas por la SUNASA; Que, la problematica de la implementacion del TEDEF y SITEDS Cliente por parte de los agentes vinculados al AUS ha sido analizada por esta Superintendencia y por los agentes involucrados, resultando pertinente conformar una comision que cuente con la participacion de representantes de clinicas, financiadores y la SUNASA para la revision y mejoramiento del TEDEF y tomar una posicion respecto de la administracion del SITEDS Cliente; Que, en virtud a lo expuesto, mediante Resolucion de Superintendencia N° 032-2013-SUNASA/S del 05 de marzo de 2013, se conformo la Comision Especial de Revision del "Sistema Integrado de Transacciones Electronicas de Datos en Salud (SITEDS), modulos Cliente y Facturacion para EPS e IPRESS vinculadas a los planes de salud de las EPS" con el objetivo de evaluar su

a) Las intendencias de aduanas de Paita, Salaverry, Chimbote, MORDAZA, Mollendo e Ilo, cuando se trate de regimenes distintos a la exportacion definitiva. b) Las demas intendencias de aduana, cuando se trate de regimenes distintos a la importacion para el consumo, exportacion definitiva y deposito aduanero. 4.6 La asociacion de datos de la DAM con la Autorizacion se encuentra a cargo de la Intendencia Nacional de Insumos Quimicos y Bienes Fiscalizados, con excepcion del numero de la DAM registrado por el funcionario aduanero conforme a lo establecido en el MORDAZA parrafo del numeral precedente. 4.7 La presente Circular entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el diario oficial El Peruano. V. ANEXOS: No aplica Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA FRASSINETTI YBARGUEN Intendente Nacional Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera 980608-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ASEGURAMIENTO EN SALUD
Aprueban normas relacionadas a Modelos de Transaccion Electronica de Datos Estandarizados de Facturacion, TEDEF-IPRESS-IAFAS y TEDEFSUNASA asi como la denominacion de Sistema de Acreditacion de Asegurados, al "Sistema Integrado de Transacciones Electronicas de Datos en Salud (SITEDS), modulo Cliente"
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N° 094-2013-SUNASA/CD MORDAZA, 20 de agosto de 2013 VISTOS: El Informe N° 01050-2013/IRAR de la Intendencia de Regulacion, Autorizacion y Registro del 16 de agosto de 2013 y el Informe Juridico N° 00443-2013/OGAJ del 19 de agosto de 2013 de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo 9° de la Ley N° 29344, Ley MORDAZA de Aseguramiento Universal en Salud, se crea la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud sobre la base de la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud-SEPS como un organismo publico tecnico especializado, adscrito al Ministerio de Salud, con autonomia tecnica, funcional, administrativa, economica y financiera; Que, el articulo 34º del "Reglamento de la Ley MORDAZA del Aseguramiento Universal en Salud" aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2010-SA, en adelante Reglamento de la Ley, establece que la SUNASA es responsable de mantener la informacion de las IAFAS e IPRESS vinculados al MORDAZA de Aseguramiento Universal en Salud para su difusion y MORDAZA al Ministerio de Salud y otras instancias competentes, estando facultada para reunir informacion relativa a las actividades de las IAFAS e IPRESS vinculados al MORDAZA de Aseguramiento Universal en Salud, con el objeto de informar a los agentes o a los usuarios o afiliados para permitirle tomar decisiones mejor informadas, asi como para fines estadisticos y de control; asimismo dispone que la SUNASA reglamentara la recoleccion, transferencia y

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