Norma Legal Oficial del día 28 de agosto del año 2013 (28/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano Miercoles 28 de agosto de 2013

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Disposiciones Finales Primera.- Autorizar a la Intendencia de Estudios y Gestion de la Informacion y el Conocimiento - IEGIC de la SUNASA a efectuar modificaciones y precisiones a los Anexos 1, 2 y 3 adjuntos a la presente Resolucion, con la finalidad de mantener actualizados los estandares utilizados en ambos modelos aprobados, las mismas seran publicadas en el MORDAZA Electronico de la SUNASA. Segunda.- Encargar a la Intendencia de Estudios y Gestion de la Informacion y el Conocimiento - IEGIC la actualizacion y publicacion anual en el MORDAZA Electronico de la SUNASA, del listado de IPRESS registradas en la SUNASA que en el ano anterior hayan tenido una facturacion mensual promedio mayor o igual a 30 UIT por la prestacion de servicios de salud de los planes contratados con las IAFAS. Disposiciones Transitorias Primera.- Encargar a la Oficina General de Tecnologias de la Informacion de la SUNASA, la publicacion en el MORDAZA Electronico de la SUNASA, en un plazo no mayor a treinta (30) dias y noventa (90) dias utiles respectivamente, del software validador que brinde soporte a las reglas de estructura y consistencia definidos en los Anexos 1 y 2 correspondientes; con la finalidad que quede disponible para su uso obligatorio por las IAFAS e IPRESS privadas registradas en la SUNASA. Segunda.- Las IAFAS privadas diferentes a EPS e IPRESS privadas que pudieran tener alguna dificultad para el cumplimiento de los plazos establecidos en la presente Resolucion, deberan presentar a la SUNASA, en un plazo no mayor a sesenta (60) dias calendario de publicada la MORDAZA, un plan de trabajo adjuntando un cronograma de implementacion, el mismo que debera ser revisado y aprobado por la Intendencia de Estudios y Gestion de la Informacion y el Conocimiento - IEGIC. El cronograma de implementacion no podra exceder del plazo de doce (12) meses calendario, contado desde su aprobacion por la SUNASA. Tercera.- Declarese en rediseno el Sistema de Acreditacion de Asegurados - SITEDS para lo cual la SUNASA considerara las fases de: Analisis de requerimientos, Diseno, Desarrollo, Implementacion y Post-Implementacion, encargandose a la Intendencia de Estudios y Gestion de la Informacion y el Conocimiento, con el apoyo de la Oficina General de Tecnologias de Informacion de la SUNASA, gestionar y promover el proyecto de desarrollo e implementacion de dicho Sistema de Informacion, con la finalidad de fortalecer el MORDAZA de acreditacion y requerimientos conexos asociados a la atencion del paciente. En tanto se aprueben las normas correspondientes al rediseno del "Sistema Integrado de Transacciones Electronicas de Datos en Salud (SITEDS), modulo Cliente", por el MORDAZA Sistema de Acreditacion de Asegurados, seguiran aplicandose las disposiciones sobre la materia, aprobadas por la Resolucion de Superintendencia N° 0382011-SUNASA/CD, en tanto no se opongan a la presente resolucion. 979753-1

posteriormente aun cuando su facturacion disminuya por debajo del minimo establecido por la SUNASA. Articulo 7°.- La IAFAS que se registre por primera vez en la SUNASA, tendra un plazo MORDAZA de seis (6) meses calendario, contados a partir del dia siguiente de su autorizacion de funcionamiento o de registro, para adecuar su operacion al uso de los modelos TEDEFIPRESS-IAFAS y TEDEF-SUNASA. De los Plazos de Reporte de informacion a la SUNASA Articulo 8°.- La informacion contenida en el modelo TEDEF-SUNASA, debera ser remitida por las IAFAS e IPRESS a la SUNASA con periodicidad mensual dentro de los primeros diez (10) dias habiles del mes siguiente al reportado, con excepcion del mes de diciembre, el cual tiene como plazo MORDAZA de MORDAZA hasta el ultimo dia habil de enero del ano siguiente. Articulo 9°.- Las IAFAS deberan remitir la informacion del modelo TEDEF-SUNASA correspondiente a los lotes electronicos remitidos por las IPRESS que fueron liquidados contablemente en el mes reportado, si hubiere alguna factura que no se liquido contablemente en el mes de recibida, se reportara en el mes futuro que se liquide contablemente. Articulo 10°.- Las IPRESS deberan remitir la informacion del modelo TEDEF-SUNASA correspondiente a los lotes electronicos remitidos a las IAFAS y considerados contablemente en el mes reportado. Del Sistema de Acreditacion de los Asegurados Articulo 11°.- El empleo del Sistema de Acreditacion de Asegurados - SITEDS debe ser unico para todas las IAFAS, el cual debe brindar como minimo los siguientes servicios a los asegurados atendidos en las IPRESS que ofrecen los servicios de salud contratados: - Emitir la impresion de autorizaciones. - Registro log local en IPRESS de consultas generadas y autorizadas. - Brindar un servicio web para que las IPRESS puedan emplearlo en la integracion con sus sistemas. - Integrar el MORDAZA de cartas de garantia. Articulo 12º.- Las IAFAS deben considerar que las consultas que se emitan por el Sistema de Acreditacion de Asegurados, muestre de forma MORDAZA y directa desde sus sistemas de gestion de asegurados, toda la informacion pertinente para la atencion, entre las cuales se considera la informacion referente a copagos, exclusiones, preexistencias, carencias u otra aplicacion inherente al asegurado en el momento de la atencion, no pudiendo mostrar dichas condiciones en MORDAZA de observaciones o comentarios, con la finalidad de prevenir errores y evitar posteriores reclamos de los usuarios. Articulo 13°.- En aquellos casos en que las IAFAS utilicen alternativamente otros mecanismos de acreditacion de sus asegurados, prevalece la informacion que muestra el Sistema de Acreditacion de Asegurados - SITEDS. Articulo 14°.- Las IPRESS podran acceder a las versiones actualizadas vigentes del Sistema de Acreditacion de Asegurados - SITEDS desde el MORDAZA Electronico de la SUNASA. Cada vez que se publique una nueva version, automaticamente se convertira en la version oficial vigente para su uso. Articulo 15°.- Cada IAFAS financiara la autenticacion de sus usuarios y alojara los servicios web que den soporte al Sistema de Acreditacion de Asegurados, con la finalidad de brindar un servicio oportuno y de calidad a los asegurados, en el momento de la atencion, las 24 horas y todos los dias del ano. Articulo 16°.- La Oficina General de Tecnologias de la Informacion de la SUNASA publicara un servicio web para la actualizacion de las tablas maestras estandarizadas y establecera los mecanismos para el envio seguro de informacion via ftps y https a la vez que implementara un sistema de encriptacion de informacion en los casos necesarios. De las Sanciones Articulo 17°.- El incumplimiento de lo establecido en la presente MORDAZA sera pasible de sancion de conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente.

PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Disponen la apertura de turno del 1º Juzgado Mixto de Ate de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 779-2013-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 20 de agosto del 2013

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