Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2013 (05/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 99

El Peruano Jueves 5 de diciembre de 2013

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Municipalidades que brinden el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de Impuestos y de recibos de pago correspondientes, incluida su distribucion a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dichos servicios no mas del 0.4% de la UIT vigente al 1 de enero de cada ejercicio, en cuyo caso esta valorizacion sustituye la obligacion de MORDAZA de declaraciones juradas; Que, la Setima Disposicion Final de la Ordenanza Nº 1533-MML del 23.06.2011, que aprueba el procedimiento de ratificacion de Ordenanzas Tributarias Distritales en el ambito de la Provincia de MORDAZA, dispone que las Ordenanzas distritales que aprueben los derechos de emision mecanizada deberan ser ratificadas anualmente. Sin perjuicio de lo anterior, el Acuerdo de Concejo ratificatorio tendra una vigencia MORDAZA de dos (02) anos, en la medida que la Ordenanza Distrital mantenga invariables las condiciones que originaron la ratificacion. Transcurrido dicho termino, las municipalidades deberan dar inicio al procedimiento de ratificacion respectivo conforme con el plazo previsto para tal efecto; Que, mediante Ordenanza 247 del 16.01.2013, que modifico las Ordenanzas Nº 243 y 246, se establecio el monto por derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion y distribucion a domicilio de la declaracion jurada y liquidacion del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2013, disponiendo en su Articulo Primero, la aprobacion de la Estructura de Costos, el Informe Tecnico y la Estimacion de Ingresos sobre el derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion y distribucion a domicilio de la declaracion jurada y liquidacion del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2013; Que, mediante el Articulo MORDAZA de la Ordenanza N° 246, que modifico la Ordenanza Nº 243, se fijo en S/. 2.82 (Dos con 82/100 Nuevos Soles) el monto anual que deberan abonar los contribuyentes por Derecho de emision Mecanizada de actualizacion de valores, determinacion y distribucion a domicilio de la Declaracion Jurada y Liquidacion del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondientes al Ejercicio 2013. Asimismo, dicha MORDAZA dispone que los contribuyentes deberan abonar adicionalmente, la suma de S/. 0.25 (Cero con 25/100 Nuevos Soles) por cada predio anexo o adicional; Que, la Ordenanza 247, que modifico las Ordenanzas Nº 243 y 246, fue ratificada por Acuerdo de Concejo Nº 309 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, siendo publicadas las referidas normas el 21.02.2013 en el Diario Oficial "El Peruano"; Que, mediante Informe Nº 530-2013-MDLM-GATSGRFT, la Subgerencia de Registro y Fiscalizacion Tributaria informa que las caracteristicas y especificaciones tecnicas de actualizacion, determinacion y distribucion a domicilio para el 2014 son las mismas que se generaron para el 2013. En ese sentido, opina que debe mantenerse el derecho de emision aprobado mediante Ordenanza N° 247 que modifico las Ordenanzas N° 243 y N° 246, solicitando realizar la evaluacion tecnica a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional; Que, mediante Memorandum Nº 700-2013-MDLMGPPDI, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional emite opinion favorable a la propuesta de prorroga el derecho de emision vigente, al sostener que se debe mantener el costo unitario de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion y distribucion a domicilio de la Declaracion Jurada y Liquidacion del impuesto Predial y Arbitrios, aprobado por Ordenanza N° 247-MDLM; toda vez que resulta economicamente conveniente a la Entidad, en el MORDAZA del MORDAZA de eficiencia en la ejecucion de los fondos publicos; Que, con Informe Nº 531-2013-MDLM-GAT-SGRFT, la Subgerencia de Registro y Fiscalizacion Tributaria eleva a la Gerencia de Administracion Tributaria, el Proyecto de Ordenanza que prorroga para el Ejercicio 2014, la vigencia de la Ordenanza 247, que modifico las Ordenanzas Nº 243 y 246, que establecieron el monto por derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion y distribucion a domicilio de la declaracion jurada y liquidacion del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2013; Que, mediante el referido informe, la Subgerencia de Registro y Fiscalizacion Tributaria indica que el Proyecto de Ordenanza contempla el mismo monto por concepto de derecho de emision aprobado para el ano 2013, a traves

SE DECRETA: Articulo 1º.- DISPONER LA CELEBRACION DEL MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO, en el C. P. MORDAZA MORDAZA de Huachipa, a realizarse el dia 06 de Diciembre del 2013 a horas 10 a.m. Articulo 2º.- DISPONER que para la realizacion de esta ceremonia, los contrayentes cumplan con presentar los requisitos legales y efectuar el pago unico de S/.70.00 nuevos soles. Articulo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Secretaria General, y areas pertinentes el cumplimiento del presente Decreto. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MALAGA MORDAZA MORDAZA 1023151-1

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Ordenanza que prorroga para el ejercicio 2014, la vigencia de la Ordenanza Nº 247, que modifico las Ordenanzas Nºs. 243 y 246, que establecieron el monto por derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion y distribucion a domicilio de la declaracion jurada y liquidacion del Impuesto Predial y arbitrios municipales para el Ejercicio 2013
ORDENANZA Nº 265 La MORDAZA, 28 de noviembre de 2013 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO: en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha 28 de Noviembre del 2013, el Dictamen Conjunto Nº 192013, de la Comision de Administracion, Administracion Tributaria, Presupuesto e Informatica y la Comision de Asuntos Juridicos, sobre Ordenanza que Prorroga para el Ejercicio 2014, la vigencia de la Ordenanza N° 247, que modifico las Ordenanzas Nº 243 y N°246, que establecieron el monto por derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion y distribucion a domicilio de la declaracion jurada y liquidacion del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2013; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 28607, Ley de Reforma Constitucional, establece en su articulo 194º que las municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 40º de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, precisa que las Ordenanzas son normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se regulan las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa; Que, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF establece que, los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, la Cuarta Disposicion Final del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, senala que las

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