Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2013 (05/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 90

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de control y vigilancia con la Gerencia Regional de la Produccion. h. La Gerencia Regional de la Produccion firmara los Acuerdos Interinstitucionales con los Gobiernos Locales respectivos, a fin de potenciar las acciones de control en el periodo de MORDAZA del recurso. 3.4. De la Investigacion a. La investigacion se orienta a establecer las bases cientificas y tecnologicas para el aprovechamiento sostenible del camaron de rio y la proteccion del ecosistema, a traves del conocimiento biologico y ecologico de la especie por su importancia comercial y del desarrollo de tecnologias adecuadas para la extraccion (remocion y recoleccion, horario), colecta y acopio, procesamiento, almacenamiento, transporte y comercializacion del recurso. b. El Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE desarrolla programas de investigacion, evaluacion y monitoreo sobre los aspectos biologicos, ecologicos, poblacionales y pesqueros del camaron de rio en los distintos ambitos geograficos de las cuencas camaroneras, con el proposito de recomendar las medidas y acciones de conservacion y ordenamiento pesquero, atendiendo la evolucion de las condiciones hidrograficas que favorecen su reproduccion y desarrollo de sus poblaciones. c. En dicho MORDAZA, las investigaciones se orientan prioritariamente a la obtencion de informacion de importancia biologico-pesquera que permitan determinar y caracterizar las areas de extraccion; la cadena de produccion ; generar informacion sobre la abundancia y distribucion del recurso; evaluar la dinamica reproductiva del camaron en las cuencas, sub cuencas y micro cuencas , determinar parametros poblacionales basicos (mortalidad, crecimiento, talla de primera, estadios de madurez); evaluar las relaciones existentes dentro de la misma especie y con otras especies asociadas; asi como la identificacion de zonas de reserva a lo largo de cada MORDAZA y la estimacion de su productividad. d. El IMARPE alcanza oportunamente los resultados de sus investigaciones sobre el camaron de rio al Ministerio de la Produccion y al Gobierno Regional de MORDAZA Gerencia Regional de la Produccion, para la aplicacion de las medidas de conservacion o de ordenamiento pesquera. e. Las personas naturales y juridicas e instituciones publicas y privadas, para ejecutar investigacion sobre el camaron de rio, requieren de la MORDAZA de la Memoria del Trabajo que se quiere ejecutar y los resultados obtenidos deben ser presentados al Gobierno Regional y a la Gerencia Regional de la Produccion, los que serviran de base para la toma de decisiones respecto del recurso. f. Los resultados de las investigaciones autorizadas deben ser presentados al Gobierno Regional, a traves de la Gerencia Regional de la Produccion y serviran de base para la toma de decisiones respecto del recurso. g. El Gobierno Regional coordinara con el Ministerio de la Produccion, sus dependencias y los organismos publicos del sector, el diseno y ejecucion de programas de difusion, capacitacion, concientizacion y transferencia tecnologica sobre el camaron de rio, dirigido a los pescadores artesanales. Orientandose a reforzar el uso responsable del recurso, a mejorar las tecnicas de extraccion y/o recoleccion y tecnologias de manipuleo y conservacion. 3.5. De las Sanciones a. Constituye infraccion administrativa toda accion u omision que como tal se encuentre tipificada en el Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 0122001-PE sus modificatorias y resoluciones ministeriales correspondientes; y a lo estipulado en la presente ordenanza. b. El Reporte de Ocurrencias sera un documento administrativo de Notificacion Directa del Inicio y Apertura de Pruebas en el Procedimiento Sancionador c. Las acciones de infraccion a las normas legales vigentes por parte de los recolectores con permiso de pesca seran causales de suspension del derecho otorgado por un plazo no menor de seis meses y en caso de reincidencia, no menos de seis meses ni mayor de 1 ano.

El Peruano Jueves 5 de diciembre de 2013

d. Las personas inmersas en denuncias de envenenamiento y captura, uso, transporte y comercializacion del recurso camaron en periodo de MORDAZA, seran puestas de conocimiento de la fiscalia ambiental, dada la gravedad del delito. e. El incumplimiento de los acuerdos firmados referentes a las zonas o areas de trabajo en la MORDAZA, sera causal de no renovacion del permiso de pesca a la organizacion respectiva. f. Las acciones de infraccion a la presente Ordenanza Regional y Resolucion Ministeriales correspondientes, por parte de integrantes de los Grupos de Vigilancia, sera causal de sancion de acuerdo a la gravedad de la falta. g. La Gerencia Regional debera establecer las establecer las sanciones y las acciones pasibles de tales sanciones, de acuerdo a su gravedad. Articulo 4°.- Notificacion Notificar la presente ordenanza regional a la Gerencia Regional de la Produccion, Autoridad Regional Ambiental, al Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE. Articulo 5º.- Vigencia La presente ordenanza regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo 6º.- Publicacion Oficial y Electronica DISPONER la publicacion de la presente MORDAZA Regional tanto en el diario Oficial "El Peruano", como en el Diario de Avisos Judiciales "La Republica"; asimismo, SE ENCARGA a la Oficina de Planeamiento y Desarrollo Institucional del Ejecutivo Regional que, una vez publicada en el diario oficial, inmediatamente publique electronicamente en la Pagina Web su texto integro de conformidad con lo regulado en el articulo 9 del decreto Supremo Nro. 00-2009-JUS. La tramitacion de la publicacion sera a cargo de la Secretaria del Consejo Regional, mientras que el costo que esta irrogue sera cubierto por el Organo Ejecutivo Regional. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintiseis noviembre del 2013. dias del mes de

MORDAZA CARCAMO MORDAZA Presidente del Consejo Regional de MORDAZA POR TANTO: Mando se publique y cumpla Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de noviembre del dos mil trece. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional MORDAZA 1022996-1

Crean el Comite Cientifico - Tecnico para la Gestion de Riesgos Volcanicos de la Region MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 252-AREQUIPA El Consejo Regional de MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el MORDAZA de descentralizacion es una forma de organizacion democratica y constituye una politica permanente del Estado y su objetivo fundamental es el desarrollo integral de MORDAZA, convirtiendose en una de las reformas mas importantes, de caracter irreversible y progresiva, dado que nuestra nacion se ha configurado a

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