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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2013 (05/12/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 86

El Peruano Jueves 5 de diciembre de 2013 508452 de una (01) agencia, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifi ca la apertura de la referida agencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “C”, y; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 6285-2013; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009, la Resolución Administrativa SBS N° 240-2013 y el Memorándum N° 879-2013-SABM; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de Crédito del Perú la apertura de una (01) agencia, denominada “Real Plaza Cajamarca”, ubicada en Av. Vía de Evitamiento Norte, Lote 1A, distrito, provincia y departamento de Cajamarca. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FLORES SALAZAR Intendente General de Banca (a.i.) 1023232-1 RESOLUCIÓN SBS N° 6919-2013 Lima, 21 de noviembre de 2013 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA (a.i.) VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú para que esta Superintendencia autorice la apertura de cuatro (04) agencias, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifi ca la apertura de las referidas agencias; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “C”, y; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 6285-2013; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009, la Resolución Administrativa SBS N° 240-2013 y el Memorándum N° 879-2013-SABM; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de Crédito del Perú la apertura de cuatro (04) agencias cuya ubicación se detalla en el anexo adjunto. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FLORES SALAZAR Intendente General de Banca (a.i.) ANEXO N° NOMBRE DE AGENCIA TIPO DE OFICINA DIRECCIÓN DISTRITO PRO- VINCIA DEPARTA- MENTO 1 Real Plaza Cusco Agencia Bancaria Av. De la Cultura Lt. A-2, ex Seminario San Antonio Abad Cusco Cusco Cusco 2 Open Plaza Pucallpa Agencia Bancaria Av. Centenario N° 4614 Yarinacocha Coronel Portillo Ucayali N° NOMBRE DE AGENCIA TIPO DE OFICINA DIRECCIÓN DISTRITO PRO- VINCIA DEPARTA- MENTO 3 El Quinde - Ica Agencia Bancaria Av. Los Maestros N° 206 (Número de locales contrato LF-106, LF-107 y LF-108) Ica Ica Ica 4 Municipalidad de Indepen- dencia Agencia Bancaria Av. Gerardo Unger N° 3265 - 3269 - 3271 Independencia Lima Lima 1023232-2 RESOLUCIÓN SBS N° 6921 -2013 Lima, 21 de noviembre de 2013 El Intendente General de Banca (a.i.) VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú para que esta Superintendencia autorice la apertura de una (01) agencia temporal, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifi ca la apertura temporal de la referida agencia; Que, de acuerdo con el artículo 17° de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobada por Ley N° 27444 y sus modifi catorias, se puede disponer en el mismo acto administrativo, que éste tenga efi cacia anticipada a su emisión, si ello fuera más favorable al administrado, y siempre que ello no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existieran en la fecha a la que pretenda retrotraerse la efi cacia del acto el supuesto de hecho justifi cativo para su adopción; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “C”, y; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 6285-2013; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009, la Resolución Administrativa SBS N° 240-2013 y el Memorándum N° 879-2013-SABM; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de Crédito del Perú la apertura de una (01) agencia temporal, del 14 al 17 de noviembre de 2013, con motivos del “Bazar Navidad” que se realizará en el Puericultorio Pérez Aranibar – Av. Del Ejército N° 700, distrito de Magdalena del Mar, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FLORES SALAZAR Intendente General de Banca (a.i.) 1023232-3 RESOLUCIÓN SBS N° 6924 -2013 Lima, 21 de noviembre de 2013 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA (a.i.) VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú para que esta Superintendencia autorice el traslado de una (01) agencia, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifi ca el traslado de la referida agencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “C”, y;