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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2013 (07/12/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 103

El Peruano Sábado 7 de diciembre de 2013 508697 económica y administrativa en asuntos de su competencia, siendo que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 79º, numerales 3.6.3 y 3.6.4 respectivamente, de la Ley Nº 27972 establecen que, es función específi ca exclusiva de las municipalidades distritales, normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fi scalización de: ubicación de avisos publicitarios y propaganda política y apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales de acuerdo con la zonifi cación; Que, mediante Ordenanza Nº 261-MPL y modifi catorias, se reguló el procedimiento para el otorgamiento de Licencias de Funcionamiento de establecimientos comerciales, industriales, de servicios o institucionales, en la jurisdicción del Distrito de Pueblo Libre; Que, mediante Ordenanza Nº 392-MPL, ratifi cada mediante Acuerdo de Concejo Nº 1849 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre; Que, el artículo 10º de la Ley Nº 28976 – Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, establece que la municipalidad podrá autorizar la instalación de toldos y/ o anuncios, así como la utilización de la vía pública en lugares permitidos, conjuntamente con la expedición de la licencia de funcionamiento, para lo cual deberá aprobar las disposiciones correspondientes; Que, en virtud a lo anterior resulta necesario adecuar la normatividad legal de esta Municipalidad, a las disposiciones de la Ley Nº 28976 señalada anteriormente, con el objeto de establecer e implementar en esta jurisdicción, los procedimientos correspondientes orientados a autorizar conjuntamente, licencias de funcionamiento y elementos de publicidad exterior y así facilitar y promover las actividades comerciales, en benefi cio de la comunidad; Que, por otro lado corresponde señalar que, en el procedimiento consignado en el ítem 6.6 “Autorización para la instalación de anuncios, avisos o elementos publicitarios” del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) antes referido, se establecen diversas categorizaciones de elementos de publicidad exterior, apreciándose que resulta necesario modifi car dicho TUPA e incluir a aquellos elementos de publicidad catalogados como sencillos, de acuerdo a la clasifi cación establecida en el artículo 7º de la Ordenanza Nº 1094-MML – Ordenanza que Regula la Ubicación de Anuncios y Avisos Publicitarios en la Provincia de Lima, que establece que, los anuncios o avisos publicitarios, por la manera de exhibición del anuncio, se clasifi can en: a) Especiales, b) Luminosos, c) Iluminados y d) Sencillos; Que, corresponde derogar la Ordenanza Nº 403-MPL, publicada el 28 de junio del 2013 en el Diario Ofi cial “El Peruano”, la cual modifi có la Ordenanza Nº 261-MPL que reguló el procedimiento para el otorgamiento de licencias de funcionamiento de establecimientos comerciales, industriales, de servicios o institucionales y el TUPA aprobado por la Ordenanza Nº 392-MPL, la misma que será reemplazada por la presente Ordenanza; En uso de las facultades conferidas por numeral 8) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD; y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 6º DE LA ORDENANZA Nº 261-MPL QUE REGULÓ EL PROCEDIMIENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES, INDUSTRIALES, DE SERVICIOS O INSTITUCIONALES, EN LA JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DE PUEBLO LIBRE Y LA ORDENANZA Nº 392-MPL QUE APROBÓ EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA 2012 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE Artículo Primero.- MODIFÍQUESE el artículo 6º de la Ordenanza Nº 261-MPL, a fin de incorporar el inciso 6.4, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “6.4 De conformidad con el artículo 10º de la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento Nº 28976, se podrá autorizar conjuntamente con la Licencia de Funcionamiento, la instalación de un (01) anuncio publicitario, de acuerdo a lo señalado a continuación: a) El anuncio deberá estar referido a la identifi cación y/o actividad del establecimiento y deberá tener como máximo, las siguientes dimensiones: 70 cm (alto) x 120 cm (ancho). El anuncio deberá tener la característica de sencillo de acuerdo a las disposiciones de la Ordenanza Nº 1094- MML que Regula la Ubicación de Anuncios y Avisos Publicitarios en la Provincia de Lima (no podrá ser luminoso o iluminado), debiendo ser adosado a la fachada del inmueble. b) A fin de otorgar la autorización conjunta antes citada, el interesado deberá señalar en la solicitud, las medidas, leyenda y ubicación del anuncio y su forma de instalación, debiendo cumplir con las disposiciones de la Ordenanza Nº 1094-MML, antes citada y la Ordenanza Nº 1192-MML – Ordenanza que Reglamenta la Administración de la Zona Monumental del Distrito de Pueblo Libre”. Artículo Segundo.- MODIFÍQUESE el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, aprobado mediante la Ordenanza Nº 392-MPL, a fi n de incorporar los procedimientos señalados en el Anexo Nº 01, el cual forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- MODIFÍQUESE el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, aprobado mediante Ordenanza Nº 392-MPL, a fi n de modifi car el procedimiento establecido en el ítem 6.6., denominado “Autorización para la Instalación de Anuncios, Avisos o Elementos Publicitarios” de acuerdo a lo establecido en el Anexo Nº 02, el cual forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- DISPONER que de conformidad con el Artículo 4º del Reglamento de la Ley Nº 29091, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM, el texto de la presente Ordenanza, será publicado en el Diario Ofi cial “El Peruano”, y sus anexos serán publicados en la misma fecha en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas y en el Portal Institucional de esta Corporación Edil. La presente Ordenanza, entrará en vigencia una vez que la Municipalidad Metropolitana de Lima la ratifi que mediante el Acuerdo de Concejo Metropolitano correspondiente, de acuerdo a Ley. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y Gerencia de Licencias y Autorizaciones a través de la Subgerencia de Comercialización, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaría General su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, a la Gerencia de Informática y Gobierno Electrónico su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre (www.muniplibre.gob.pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (www. serviciosalciudadano.gob.pe) y su difusión a la Gerencia de Imagen Institucional. Asimismo, de acuerdo a lo dispuesto en el último párrafo del artículo 19º de la Ordenanza Nº 1533-MML, la información sobre la ratifi cación de la presente Ordenanza podrá ser visualizada en la página web del Servicio de Administración Tributaria de Lima – SAT cuya dirección electrónica es: http://www.sat.gob.pe. Artículo Sétimo.- DEROGAR la Ordenanza Nº 403- MPL, publicada el 28 de junio de 2013 en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. RAFAEL SANTOS NORMAND Alcalde