Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2013 (07/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 102

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en el articulo 10, numeral 10.1 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013. POR TANTO: Mando se registre, notifique, difunda y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA LLANCAY Presidenta Consejo Regional de Tacna 1024397-1 ACORDO:

El Peruano Sabado 7 de diciembre de 2013

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Ratifican Ordenanza Nº 392 modificada por la Ordenanza Nº 405-MPL de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre que aprueba derechos de tramite y procedimientos administrativos contenidos en su MORDAZA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 2476 MORDAZA, 12 de noviembre de 2013

Articulo Primero.- Ratificar 8 derechos de tramite con 4 procedimientos administrativos, listados en el Anexo A adjunto al Informe Nº 264-181-00000018 del SAT que fueron aprobados en la Ordenanza Nº392-MDPL, modificada por la Ordenanza Nº 405-MPL por la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre; en la medida que su establecimiento se ha efectuado de conformidad con: (i) las normas que definen las competencias municipales; (ii) los criterios legales establecidos en materia de simplificacion administrativa; (iii) las exigencias y formalidades previstas en las normas vinculadas con el mejoramiento del clima de negocios (Ley Nº 28976). Articulo Segundo.- El presente Acuerdo ratificatorio se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicacion en el diario oficial El Peruano, incluyendo el texto de las Ordenanzas Nº 392-MDPL modificada por la Ordenanza 405-MPL, en aplicacion de lo dispuesto por el articulo 4º del D.S.Nº 004-2008-PCM Reglamento de la Ley Nº 29091; ademas en el MORDAZA institucional y en el MORDAZA de Servicio al Ciudadano y Empresas-PSCE del Anexo que contiene el listado de los derechos de tramites por los procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad, conforme lo dispuesto por el articulo 3º numeral 3.1 del citado Reglamento. La aplicacion de la ordenanza materia de la presente ratificacion sin la condicion MORDAZA senalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la citada Municipalidad Distrital. Articulo Tercero.- Cumplido el citado requisito de publicacion, el SAT, a traves de su pagina web www sat. gob.pe MORDAZA de conocimiento publico el presente Acuerdo, el Dictamen de la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y Organizacion y el Informe del SAT, en MORDAZA con lo dispuesto por el articulo 19 de la Ordenanza Nº 1533 de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Registrese, comuniquese y cumplase.

Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 12 de noviembre de 2013, el Oficio Nº 001-090-00007183 de la Jefatura del Servicio de Administracion TributariaSAT, en adelante el SAT, adjuntando el expediente de ratificacion de la Ordenanza Nº392-MDPL, modificada por la Ordenanza 405-MPL de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, que aprueba los derechos de tramite por los procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la citada Municipalidad; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion, para su vigencia y exigibilidad. Que, en aplicacion de lo normado por la Ordenanza Nº 1533 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, publicada el 27 de junio del 2011, la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre aprobo las Ordenanzas materia de la ratificacion, remitiendolas al SAT, incluyendo sus respectivos informes y documentos sustentatorios, con caracter de Declaracion Jurada, y la citada entidad en uso de sus competencias y atribuciones, previa revision y estudio, emitio el Informe Tecnico Legal Nº 264-18100000018, opinando que procede la ratificacion solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos y las normas aplicables, de conformidad con la Ordenanza Nº 1533 y la Directiva Nº 001-006-00000015, publicada el 30 de junio del 2011; debiendose efectuar las publicaciones pertinentes en el Diario Oficial El Peruano, en los portales institucionales y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas-PSCE. Que, los ingresos que la citada Municipalidad preve percibir como producto de la aplicacion de los derechos de tramite por los procedimientos administrativos, materia de la ratificacion, financiaran el 99.94% de los costos por la prestacion de los mismos y la diferencia debera ser cubierta con otros ingresos que perciba dicha entidad. De acuerdo con lo opinado por el SAT y por la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y de Organizacion en el Dictamen Nº 278-2013-MML/CMAEO.

MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Alcaldesa 1022817-1

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Modifican la Ordenanza Nº 261-MPL que MORDAZA procedimientos administrativos respecto del otorgamiento de Licencia de Funcionamiento de Establecimientos Comerciales, Industriales, de Servicios o Institucionales en el distrito y la Ordenanza Nº 392-MPL que aprobo el MORDAZA 2012 de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 405-MPL Pueblo Libre, 9 de agosto de 2013 POR CUANTO: El Concejo Municipal de Pueblo Libre, en Sesion Ordinaria Nº 16 de la fecha, de conformidad con el Dictamen Conjunto Nº 004-2013-MPL/CPL-CPDDACPAFP; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 28607, establece en su articulo 194º, que las Municipalidades Provinciales y Distritales son Organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme lo establece el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomia politica,

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