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El Peruano Sábado 7 de diciembre de 2013 508695 de desarrollo. Son competentes para: (...) 10. Ejercer las demás atribuciones inherentes a su función, conforme a ley”. Que, la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8 precisa: “La autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia (…)”. Que, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 15 establece como atribución del Consejo Regional: “a) Aprobar modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”; asimismo, el artículo 39 prescribe: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (…).” Que, la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en su artículo 1 señala: “La presente Ley regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley del Presupuesto del Sector Público, (…)”. Que, la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, en su artículo 10 regula lo relativo a las medidas en materia de bienes y servicios, señalando lo siguiente: “10.1. Prohíbense los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo los siguientes casos, que se autorizan mediante resolución del titular de la entidad: (…). El requerimiento de autorizaciones de viajes al exterior por supuestos distintos a los señalados en los literales precedentes, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, debe canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. En el caso de los organismos constitucionalmente autónomos, la excepción es autorizada por resolución del titular de la entidad; y en los gobiernos regionales y los gobiernos locales, se autoriza mediante acuerdo del Consejo Regional o Concejo Municipal, respectivamente. En todos los casos, la resolución o acuerdo es publicada en el Diario Oficial “El Peruano”. Los viajes que se autoricen en el marco de la presente disposición deben realizarse en categoría económica”. Que, mediante Ofi cio Nº 4436-2013-ORAJ-GGR/GOB. REG.TACNA de fecha 15 de noviembre del 2013, la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Tacna, remite el expediente que contiene los actuados administrativos relacionados con la petición de autorización de viaje al exterior para participar en la pasantía Arica – Chile, solicitada por la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, en el marco del Proyecto “Fortalecimiento de las Capacidades Fitosanitarias en los Cultivos Agroexportables de las Provincias de Tacna y Jorge Basadre, Región Tacna”, ello en razón a que de conformidad con el séptimo párrafo del artículo 10 de la Ley N° 29951, Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2013, las autorizaciones de viajes al exterior no previstas en los literales a), b), c), d) y e) del numeral 10.1 del artículo 10 de la ley mencionada, son aprobadas por el Consejo Regional, adjuntándose los respectivos documentos e informes que sustentan su pedido. Que, con el Informe N° 583-2013-ECHCH-FPCFCAE- SGGE-GRDE/GOB.REG.TACNA de fecha 03 de octubre del 2013 emitido por la Jefe del Proyecto “Fortalecimiento de las Capacidades Fitosanitarias en los Cultivos Agroexportables de las Provincias de Tacna y Jorge Basadre, Región Tacna” de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Tacna, el Ofi cio N° 5405-2013-SGGE-GRDE/GOB.REG.TACNA de fecha 04 de octubre del 2013 emitido por la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Tacna; el Informe N° 371-2013-JLMR-SP-OES- GGR-GOB.REG.TACNA de octubre del 2013 emitido por el Supervisor de Proyecto de la Ofi cina Ejecutiva de Supervisión del Gobierno Regional de Tacna; el Ofi cio N° 2277-2013-SGPRE-GRPPAT/GOB.REG.TACNA de fecha 11 de octubre del 2013 emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Tacna; el Ofi cio N° 4613-2013-GGR-OES/GOB.REG.TACNA de fecha 15 de octubre del 2013 emitido por la Dirección Ejecutiva de la Ofi cina Ejecutiva de Supervisión del Gobierno Regional de Tacna; el Informe N° 230-2013-SGGE-GRDE/GR-TACNA de fecha 22 de octubre del 2013 emitido por la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Tacna; el Informe N° 1730-2013-ORAJ/GOB.REG.TAC de fecha 04 de noviembre del 2013 emitido por la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Tacna; el Informe N° 236-2013-SGGE-GRDE/GR-TACNA de fecha 08 de noviembre del 2013 emitido por la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Tacna, el Informe N° 1799-2013-ORAJ/GOB.REG.TAC de fecha 04 de noviembre del 2013 emitido por la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Tacna y demás documentación anexada, se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta normativa. Que, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, luego de analizar y debatir la iniciativa normativa emite el Dictamen Nº 036-2013-CR-COPPAT de fecha 20 de noviembre del 2013, a través del cual se aprueba la propuesta normativa: “AUTORIZAR VIAJE AL EXTERIOR PARA PARTICIPAR EN LA PASANTÍA ARICA – CHILE DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL PROYECTO “FORTALECIMENTO DE LAS CAPACIDADES FITOSANITARIAS EN LOS CULTIVOS AGROEXPORTABLES DE LAS PROVINCIAS DE TACNA Y JORGE BASADRE, REGIÓN TACNA” A LA CIUDAD DE ARICA – REPÚBLICA DE CHILE”, dictamen que se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional, en Sesión Extraordinaria de fecha 25 de noviembre del 2013. Que, con Oficio N° 5958-3013-SGGE-GRDE/GOB. REG.TACNA de fecha 25 de noviembre del 2013, emitido por la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Tacna se informa que por motivos administrativos se ha reprogramado para el día 18 de diciembre del 2013 el viaje al exterior a la ciudad de Arica – República de Chile para participar en la pasantía Arica – Chile antes referida. Por lo expuesto, estando a lo debatido y aprobado por el Pleno del Consejo Regional de Tacna, por mayoría en Sesión Extraordinaria de la fecha, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053, y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, el Pleno del Consejo Regional; ACUERDA: Articulo Primero.- AUTORIZAR el viaje en comisión de servicios a la ING. ELIZABETH CHAMBE CHAMBILLA, ING. WILSON LOPEZ CHOQUE y el BACH. BLGO. EDGAR RENE CHOQUEHUANCA MACHACA, jefe del proyecto e integrantes del respectivo Proyecto “Fortalecimiento de las Capacidades Fitosanitarias en los Cultivos Agroexportables de las Provincias de Tacna y Jorge Basadre, Región Tacna” de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Tacna durante el día 18 de diciembre del 2013, a la ciudad de Arica, República del Chile para participar en la Pasantía Internacional a Arica – Chile. Artículo Segundo.- DISPONER que los comisionados presenten al Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna un informe escrito y presencial sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos como producto del viaje autorizado; asimismo cumplan con efectuar la respectiva rendición de cuentas de acuerdo a Ley dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a su retorno al país. Articulo Tercero.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional de Tacna disponga las acciones necesarias y complementarias para dar cumplimiento al presente Acuerdo Regional. Articulo Cuarto.- DISPENSAR el presente acuerdo del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva. Articulo Quinto.- DIFUNDIR el contenido del presente en el Portal Electrónico de la institución, conforme lo dispone el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y DISPONER su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”, ello en mérito a lo dispuesto