Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2013 (12/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano Jueves 12 de diciembre de 2013

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cuando ejercio la funcion de Fiscal Provincial de Familia de MORDAZA, documentos que el 04 de agosto de 2010 presento al Consejo Nacional de la Magistratura en el MORDAZA para su ratificacion en el cargo, Convocatoria N° 003-2010-CNM; Anadio que segun el reporte de llamadas telefonicas que obra en autos, el dia lunes 23 de agosto de 2010 efectuo una llamada desde el distrito de El MORDAZA a las 12:06 horas, y otra a las 13:52 horas desde las inmediaciones del MORDAZA Cuzco donde se encuentra la sede del Ministerio Publico, lo que denota que retorno a su despacho luego de efectuar coordinaciones sobre temas relacionados con su funcion en la Delegacion Policial de MORDAZA, que considera acreditado con los dictamenes emitidos en los expedientes numeros 697-2010, 279-2010, 705-2010 y 697-2010, remitidos el mismo dia 23 de agosto a la Mesa de Partes de la Primera Sala Especializada de Familia, asi como con los librados en los expedientes numeros 642-2010, 327-2010, 124-2010, 395-2010 y 314-2010, cursados a la Mesa de Partes el dia siguiente; y, en horas de la noche del mismo dia salio de MORDAZA con direccion a la MORDAZA de Barranca, en compania del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con el fin de someterse a un tratamiento de medicina natural, planeando retornar en la madrugada del dia 24 de agosto, pero por causas fortuitas llego recien a las 14:00 horas, procediendo inmediatamente a constituirse en la sede del Ministerio Publico, despachar y derivar hacia la Mesa de Partes de la Sala correspondiente el expediente N° 565-2010, y al dia siguiente los expedientes numeros 280-2010, 433-2010, 720-2010 y 283-2010; Cuarto: Que, asimismo, refirio con respecto al cargo citado en el numeral 2) - literal A), que no tuvo intencion de enviar una informacion incompleta, como lo prueba la declaracion jurada de la Fiscal Adjunta Superior que estuvo asignada a su despacho y el informe emitido por la Directora del MINDES; remarco que el registro de asistencias no consigna las actuaciones que realizo fuera de su despacho, y tampoco las que efectuo conjuntamente con sus asistentes los fines de semana e inclusive los feriados, por lo cual con la logica del cargo que se le imputa deberia ser responsable tambien por haber omitido consignar dichas labores, dado que en realidad no realizaba dichas anotaciones de manera inmediata por darle prioridad al cumplimiento de sus labores dentro de los plazos; De otro lado, indico que la declaracion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA que obra en autos acredita que en horas de la tarde del 07 de MORDAZA de 2010 estuvo con el en la MORDAZA de MORDAZA, y con ninguna otra persona mas, menos con Gliksman Mas MORDAZA, quien se habria comunicado previamente de manera fluida con el denunciante MORDAZA Chaud; siendo asi aclaro- no tuvo conocimiento de la presencia de Mas MORDAZA en la MORDAZA de MORDAZA, asi como que este habia presentado un recurso esperando su intercesion, razon por la cual no figura su nombre en el libro de ingresos a la sede del Ministerio Publico de dicha MORDAZA, y tampoco existe un registro de las llamadas que se le atribuye haber realizado a fiscales o jueces de dicha jurisdiccion; Con respecto a la imputacion de haber utilizado el telefono 6255555 - anexo 5361, refirio que los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Gliksman Mas MORDAZA senalaron en sus declaraciones que en reiteradas oportunidades recibieron llamadas telefonicas efectuadas por el denunciante MORDAZA Chaud desde la Fiscalia, lo que responde a que nunca mantuvo cerrado el ingreso a su despacho, dado que las llaves de la MORDAZA de acceso al mismo eran de manejo exclusivo del senor MORDAZA Chaud, y tampoco dio instrucciones para que no se usara el telefono porque era el unico del piso con salida a celulares, por lo cual estaba a disposicion de las otras Fiscalias Provinciales de Familia; deduciendo de todo ello el magistrado procesado que fue el senor MORDAZA Chaud quien tomando su nombre hizo las llamadas telefonicas, trasladandole luego la responsabilidad, danando su honra y prestigio ganado en el ejercicio del cargo durante mas de 15 anos, que le ha sido reconocido por diferentes instituciones;

registro de asistencia y permanencia de la Primera Fiscalia Superior de Familia de MORDAZA, habiendo brindado informacion falsa a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de MORDAZA, mediante oficios N° 100-2010-1°-FSFL-MP-FN, 158-2010-1°-FSFL-MPFN y 179-2010-1°-FSFL-MP-FN, sobre su asistencia y permanencia en su despacho los dias 28 de MORDAZA, 7 y 9 de MORDAZA, 23 y 24 de agosto de 2010, habiendose retirado de su Despacho Fiscal, en el primer caso, para sostener reuniones con un abogado -Mariano MORDAZA Bardales- y un litigante -Gliksman Mas Jaimes-, en un restaurante, Iibando Iicor, para tratar temas relacionados con la intervencion del fiscal MORDAZA citado para obtener la devolucion de las bolsas de azucar incautadas al senor Gliskman Mas MORDAZA, asi como para recibir el dinero solicitado por MORDAZA MORDAZA al senor Mas MORDAZA como contraprestacion por su supuesta intercesion ante las autoridades fiscales o judiciales a cargo del citado caso; asimismo, el dia 7 de MORDAZA de 2010, se habria trasladado a la MORDAZA de MORDAZA para efectuar coordinaciones relacionadas a la devolucion de las bolsas de azucar incautadas al senor Gliksman Mas Jaimes; y, en los demas casos (9 de MORDAZA, 23 y 24 de agosto de 2010), para IIevar a cabo actividades de caracter particular en otro Distrito Judicial. · Haber utilizado los bienes del Estado, telefono 6255555, anexo 5361, para realizar actividades de contenido ilicito, esto es, coordinar con litigantes para interceder por ellos ante autoridades fiscales o judiciales o favorecerlos al momento de conocer sus procesos, como titular de la Primera Fiscalia Superior de Familia de Lima. B.- Caso Gliksman Mas Jaimes. · Haberse reunido con el senor Gliksman Mas MORDAZA en su Despacho de la Primera Fiscalia Superior de Familia de MORDAZA y en un restaurante de Pueblo Libre (Queirolo), a fin de tratar aspectos relacionados al MORDAZA seguido contra el senor Mas MORDAZA ante la Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Huaura (caso 1795-2009) por el presunto delito de receptacion, en el que se le habia incautado bolsas de azucar. · Haber sostenido diversas comunicaciones telefonicas con el senor Gliksman Mas MORDAZA, para tratar lo relacionado con la devolucion de las bolsas de azucar a su favor. Tercero: Que, mediante el escrito correspondiente el magistrado procesado formulo sus descargos senalando con respecto al cargo citado en el numeral 1 - literal A), que la denuncia verbal que el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Chaud interpuso el 07 de MORDAZA de 2010 ante la Unidad Operativa de la Fiscalia Suprema de Control Interno, imputandole haber recibido en su despacho a abogados y litigantes con la finalidad de influenciar o interceder a su favor ante jueces y fiscales que tramitaban sus procesos, fue porque lo amonesto mediante el Memorandum N° 02-2010-MP-FSF debido a algunas deficiencias encontradas en el manejo del Sistema de Apoyo al Trabajo Fiscal (SIATF); siendo asi que los argumentos de la denuncia en su contra resultan incoherentes dado que el dia 28 de MORDAZA de 2010 se retiro de su centro laboral debido a un recrudecimiento de la enfermedad que lo aqueja desde el 17 de enero de 2001, con conocimiento de la Fiscal Adjunta Superior, para ser atendido en horas de la noche por el medico tratante de ESSALUD, doctor MORDAZA La MORDAZA Vences, quien le diagnostico "uretritis", enfermedad que amerito un tratamiento antibiotico y antihemorroidal, asi como reposo absoluto durante 48 horas; Acoto que en horas de la tarde del dia 07 de MORDAZA del mismo ano salio de la sede del Ministerio Publico con la finalidad de tratar un tema personal, de amistad y solidaridad, ya que tuvo que visitar a su amigo MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por encontrarse delicado de salud, el mismo que tiene el celular con numero 995974556 y domicilia en la MORDAZA Echenique N° 319, Distrito de MORDAZA, Provincia de Huaura; ademas el dia 09 del mismo mes y ano, luego de atender las diligencias de su despacho tuvo que viajar a la MORDAZA de MORDAZA a fin de obtener algunos dictamenes que habia emitido

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