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El Peruano Jueves 12 de diciembre de 2013 509048 los órganos de línea de SUCAMEC, así como resolver reclamaciones, de conformidad con el marco legal vigente. Mediante Resolución de Superintendencia se establece la estructura y organización interna de los órganos desconcentrados. Los órganos desconcentrados son las Intendencias Regionales, las mismas que podrán contar con Jefaturas Zonales. Artículo 43.- Intendencias Regionales Las Intendencias Regionales son órganos directamente dependientes del Superintendente Nacional y son responsables, dentro de su ámbito geográfico, de la ejecución de las políticas y estrategias de SUCAMEC relacionadas a las de control de armas, municiones, explosivos, productos pirotécnicos de uso civil y servicios de seguridad privada, que les sean encargadas, así como aplicar sanciones y resolver reclamaciones, de conformidad con el marco legal vigente. El Intendente Regional es el funcionario de más alto nivel de la Intendencia Regional y el responsable de la misma. La SUCAMEC contará con cuatro (04) Intendencias Regionales a nivel nacional, previa opinión técnica y autorización del Consejo Directivo. Asimismo, podrán encargar sus funciones y organizarse en Jefaturas Zonales, conforme al siguiente detalle: Intendencia Regional I - Centro: con sede en la Región Lima, comprendiendo por excepción a la Región Lima Provincias; podrá organizarse en las siguientes nueve (09) Jefaturas Zonales: Lima-Callao, Ica, Ancash, Junín, Huancavelica, Ayacucho, Ucayali, Huánuco y Pasco. Intendencia Regional II - Norte: con sede en la Región Lambayeque, podrá organizarse en las siguientes seis (06) Jefaturas Zonales: La Libertad, Piura, Tumbes, Cajamarca, Amazonas y San Martín. Intendencia Regional III - Sur: con Sede en la Región Arequipa, podrá organizarse en las siguientes seis (06) Jefaturas Zonales: Cusco, Madre de Dios, Puno, Apurímac, Moquegua y Tacna. Intendencia Regional IV - Oriente: con Sede en la Región Loreto. (...) Artículo 45.- Jefaturas Zonales Las Jefaturas Zonales son órganos directamente dependientes de las Intendencias Regionales y son responsables, dentro de su ámbito geográfi co, de ejecutar las acciones que les sean encargadas. El Jefe Zonal es el funcionario de más alto nivel de la Jefatura Zonal y el responsable de la misma.” Artículo 2º.- Publicación La presente modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones de la SUCAMEC, será publicada en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional de la SUCAMEC (www.sucamec.gob. pe), el mismo día de la publicación del presente Decreto Supremo en el diario ofi cial El Peruano. Artículo 3º.-Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro del Interior. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de diciembre del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República WALTER ALBÁN PERALTA Ministro del Interior 1026950-3 SALUD Autorizan viaje de profesionales a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 057-2013-SA Lima, 11 de diciembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, se llevará a cabo una pasantía en “Evaluación de Dosier de Agentes de Diagnóstico, Radio Fármacos y Gases Medicinales” en el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos – INVIMA, del 16 al 20 de diciembre de 2013; Que, con Resolución Ministerial N° 203-2013/ MINSA, de fecha 15 de abril de 2013, se aprobó el Plan de Desarrollo de las Personas Anualizado 2013 del Ministerio de Salud, en el cual se incluye la realización de dos (2) pasantías en el extranjero en “Evaluación de Dosier de Agentes de Diagnóstico, Radiofármacos y Gases Medicinales” por parte de profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud; Que, mediante documento DG 10-00386-13, de fecha 13 de agosto de 2013, la Directora General del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos – INVIMA de la República de Colombia, comunica que los Químicos Farmacéuticos Luis Ángel Condori Condori y Ketty Flor Jaramillo Martínez, profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, han sido aceptados para la realización de la pasantía en “Evaluación de Dosier de Agentes de Diagnóstico, Radio Fármacos y Gases Medicinales”; Que, mediante Nota Informativa N° 312-2013- DIGEMID-DG-EGA/MINSA, el Director General de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud, solicita se autorice el viaje de los Químicos Farmacéuticos Luis Ángel Condori Condori y Ketty Flor Jaramillo Martínez, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, para que participen en la referida pasantía; Que, con Memorando N° 2798-2013-OGA/MINSA, la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Salud, informa que el viaje de los profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, para que realicen la referida pasantía, cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente, en la fuente de fi nanciamiento de Recursos Directamente Recaudados del Pliego 011 : Ministerio de Salud, para la adquisición de los pasajes en tarifa económica, así como viáticos para cinco (5) días, y un (1) día adicional por gastos de instalación, para dos (2) personas; Que, mediante Informe N° 439-2013-EGC-ODRH- OGGRH/MINSA, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, ha emitido opinión favorable respecto de la autorización del viaje de los profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, para que realicen la pasantía antes mencionada, señalando que la misma se encuentra prevista en el Plan de Desarrollo de las Personas Anualizado 2013 del Ministerio de Salud, aprobado por Resolución Ministerial N° 203-2013/ MINSA, y se adecúa a lo previsto en el artículo 28° del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1025 sobre Normas de Capacitación y Rendimiento para el Sector Público, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2010- PCM; Que, considerando la importancia para el Ministerio de Salud de mejorar y perfeccionar los mecanismos de Evaluación de los requisitos para la inscripción en el registro sanitario de Agentes de Diagnóstico, Radio Fármacos y Gases Medicinales, es necesario autorizar el viaje de los citados profesionales para que participen en la citada pasantía en “Evaluación de