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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2013 (12/12/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 41

El Peruano Jueves 12 de diciembre de 2013 509059 siguientes documentos (i) Solicitud, (ii) Recibo de pago de los derechos correspondientes, (iii) Copia simple expedida por el Secretario General de la Universidad, de la Resolución del Consejo Universitario que confi ere el grado académico o título profesional, y (iv) Los demás requisitos que señale la respectiva universidad; precisando además que quedarán subsistentes los demás artículos contenido en la Resolución N° 1503-2011-ANR, de fecha 15 de diciembre de 2011; Que, la Dirección General de Asesoría Jurídica, mediante memorando de vistos, solicita que se modifi que la Resolución N° 1256-2013-ANR, en el propósito de dar cumplimiento a lo resuelto por la Comisión Eliminación de Barreras Burocráticas del INDECOPI, en cuanto al extremo considerado que dice: Recibo de Pago de los derechos correspondientes, debiendo decir, consignar el día de pago y el número de la constancia de pago; Que, con memorando N° 1160-2013-SE, la Secretaría Ejecutiva, dispone elaborar una resolución, según el informe de la Dirección General de Asesoría Jurídica, autorizando la modifi cación de la Resolución N° 1256- 2013-ANR,a efectos de dar cumplimiento a lo resuelto por la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del INDECOPI; Estando al acuerdo adoptado y; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifíquese la Resolución N° 1256-2013- ANR, de fecha 26 de agosto de 2013, a efectos de dar cumplimiento a lo resuelto por la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del INDECOPI, en el extremo contenido en el numeral 2) del artículo 5° y 6° conforme sigue: DICE: Recibo de Pago de los derechos correspondientes. DEBE DECIR: Consignar el día de pago y el número de la constancia de pago. Artículo 2º.- Publicar la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la Institución. Regístrese y comuníquese. ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 1025873-1 Declaran que la Universidad Nacional de Ucayali ha cumplido lo dispuesto en la Ley Universitaria, respecto a la creación y funcionamiento de nuevas menciones en las Especialidades de Enfermería e Interdisciplinaria COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 1773-2013-ANR Lima, 25 de noviembre de 2013 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El ofi cio Nº 199-2013-UNU-R, de fecha 10 de octubre de 2013; informe Nº 206-2013-DGDAC, de fecha 30 de octubre de 2013, memorando Nº 1223-2013-SE, de fecha 12 de noviembre de 2013; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de las atribuciones específi cas e indelegables que se establecen en los incisos e) y f) del FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN