Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2013 (12/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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MORDAZA, por haber incurrido en la causal prevista en el articulo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. ANTECEDENTES Por Acuerdo Nº 35-2013-MDA, adoptado en la sesion extraordinaria del 23 de agosto de 2013, el concejo municipal de la Municipalidad Distrital de MORDAZA declaro la vacancia del regidor Willian MORDAZA MORDAZA MORDAZA (fojas 28 y 29 de autos). Dicha decision fue adoptada ante su inasistencia a las sesiones ordinarias consecutivas de concejo realizadas los dias 26 de MORDAZA, 20 y 27 de MORDAZA, 12 y 26 de junio y 9 y 30 de MORDAZA de 2013. Mediante el Oficio Nº 214-2013-MDA, presentado el 12 de noviembre de 2013, el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA solicito la convocatoria de candidato no proclamado (fojas 1 a 46, incluido anexos). CONSIDERANDOS 1. Conforme al articulo 23 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM), la vacancia del cargo de MORDAZA o regidor es declarada por el correspondiente concejo municipal, en sesion extraordinaria, con el MORDAZA aprobatorio de dos tercios del numero legal de sus miembros, previa notificacion al afectado para que ejerza su derecho de defensa. 2. En tal sentido, MORDAZA de expedir las credenciales a las nuevas autoridades, corresponde al MORDAZA Nacional de Elecciones verificar la legalidad del procedimiento de vacancia, conforme a lo prescrito en el articulo 23 de la LOM, y constatar, ademas, si durante el MORDAZA se han observado los derechos y garantias inherentes al debido procedimiento. 3. Del analisis de autos se puede apreciar que el regidor Willian MORDAZA MORDAZA MORDAZA inasistio injustificadamente a las sesiones ordinarias de concejo realizadas los dias 26 de MORDAZA, 20 y 27 de MORDAZA, 12 y 26 de junio, y 9 y 30 de MORDAZA de 2013, conforme aparece en el acta de la sesion extraordinaria del 23 de agosto del presente ano, obrante en MORDAZA autenticada de fojas 9 a 11 de autos y en el Informe Nº 08-2013-MDA, que aparece a fojas 33 de autos. Asimismo, puede observarse que el regidor Willian MORDAZA MORDAZA MORDAZA fue notificado el 4 de setiembre de 2013 con el Acuerdo de Concejo Nº 035-2013-MDA, que declaro su vacancia en el cargo, segun MORDAZA de notificacion que obra a fojas 23 de autos. Por otro lado, aparece en el expediente, a fojas 2 y 3, el Acuerdo de Concejo Nº 060-2013-MDA, de fecha 29 de octubre de 2013, que declaro consentido el Acuerdo de Concejo Nº 035-2013-MDS. 4. Por ello, al haberse verificado la legalidad del procedimiento sobre la causal de vacancia establecida en el articulo 22, numeral 7, de la LOM, corresponde aprobar la decision del concejo municipal y emitir la credencial correspondiente del accesitario llamado por ley. De conformidad con el articulo 24 de la LOM, en caso de vacancia de un regidor lo reemplaza el regidor habil que sigue en su propia lista electoral. Asi, corresponde convocar a Clarissa Yaquelin MORDAZA MORDAZA, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 44980181, candidata no proclamada del movimiento regional Fuerza Arequipena, en reemplazo de Willian MORDAZA MORDAZA MORDAZA, conforme a la informacion remitida por el MORDAZA Electoral Especial de Camana, con motivo de las elecciones municipales del ano 2010. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- APROBAR la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado, como consecuencia de la declaratoria de vacancia de Willian MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de regidor del Concejo Distrital de MORDAZA, provincia de Caraveli, departamento de MORDAZA, por la causal establecida en el articulo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades.

El Peruano Jueves 12 de diciembre de 2013

Articulo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Willian MORDAZA MORDAZA MORDAZA como regidor del Concejo Distrital de MORDAZA, provincia de Caraveli, departamento de MORDAZA, emitida con motivo de las elecciones municipales del ano 2010. Articulo Tercero.- CONVOCAR a Clarissa Yaquelin MORDAZA MORDAZA, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 44980181, para que asuma el cargo de regidora del concejo municipal de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, provincia de Caraveli departamento de MORDAZA, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 20112014, debiendose otorgar la respectiva credencial que la faculta como tal. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1026638-4

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan delegacion de funciones registrales a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad del Centro Poblado de Rancay, distrito de Conchamarca, provincia de Ambo, departamento de MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL N° 369-2013/JNAC/RENIEC MORDAZA, 9 de diciembre de 2013 VISTOS: El Informe N° 000652-2013/GPRC/SGIRC/RENIEC (07NOV2013) de la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, el Memorando N° 001087-2013/GRC/RENIEC (19NOV2013) de la Gerencia de Registros Civiles, y el Informe N° 000156-2013/GPRC/RENIEC (03DIC2013) de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; CONSIDERANDO: Que, a traves del Decreto Supremo N° 015-98-PCM, se aprobo el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el cual precisa que el Sistema Registral esta conformado por el conjunto de organos y personas del Registro, que tienen a su cargo la ejecucion de los procedimientos administrativos de inscripcion y que las Oficinas Registrales se encuentran encargadas del procesamiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil, facultandose a la Jefatura Nacional la creacion y autorizacion de las que fueren necesarias; Que, para el ejercicio de sus funciones, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil mantiene estrecha y permanente coordinacion con diversas entidades, como las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios de Centro Poblado Menor (hoy Municipalidades de Centro Poblado), Comunidades Campesinas y Nativas reconocidas

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