Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2013 (12/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano Jueves 12 de diciembre de 2013

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encuentra ubicada en la Avenida Grau N° 562 y Bajos N° 568, que se encuentra a solo a tres cuadras de la sede del Ministerio Pubico de MORDAZA, sito en Avenida Grau N° 276, como esta graficado en el Informe y MORDAZA fotograficas de fojas 1463 a 1460; Decimo Quinto: Que, el argumento de defensa del magistrado procesado en este extremo es inconsistente en tanto que ha reconocido que el 07 de MORDAZA del 2010 salio de la sede del Ministerio Publico con la finalidad de tratar un tema personal, y se desplazo hacia la MORDAZA de MORDAZA, no habiendo justificado razonablemente los motivos, y tampoco acreditado que lo hizo por encontrarse de vacaciones, porque gozaba de Iicencia, o en una diligencia propia de la funcion, para lo cual debio contar con la autorizacion de su Superior Jerarquico; Decimo Sexto: Que, con relacion a la imputacion contra el doctor MORDAZA MORDAZA de haberse ausentado de su despacho el dia viernes 09 de MORDAZA de 2010, fluye del reporte de llamadas entrantes y salientes de sus telefonos celulares numeros 989588653 y 996908073, de fojas 631, 963 y 964, respectivamente, que ese dia efectuo llamadas que revelan que desde aproximadamente las 11:00 horas se desplazo de su Despacho hacia el Distrito de San MORDAZA, y luego se enrumbo hacia el Departamento de Ancash; lo que confluye con el informe del operador del servicio de telefonia de fojas 1695 y 1696, en el sentido que las antenas que captaron estas llamadas, denominadas MORDAZA, Ticampa y MORDAZA Loli, se encuentran ubicadas en MORDAZA MORDAZA MORDAZA N° 158, Urbanizacion MORDAZA, Distrito de San MORDAZA, Provincia de MORDAZA, Avenida Los Libertadores s/n, referencia km. 171.80 de la carretera MORDAZA - Recuay, Distrito de Ticampa, Provincia de Recuay, Departamento de MORDAZA y MORDAZA Las Magnolias, Mz. 170, Lote 05, Barrio MORDAZA Alto, Distrito y Provincia de MORDAZA, Departamento de MORDAZA, respectivamente; Decimo Setimo: Que, mediante el Oficio N° 37192010-MP-FN-OREF y reporte adjunto, de fojas 1340 a 1346, emitido por la Oficina de Registro y Evaluacion de Fiscales del Ministerio Publico, y el cuaderno de Diligencias de la Primera Fiscalia Superior de Familia de MORDAZA, de fojas 1519 a 1537, tambien queda acreditado que el dia viernes 09 de MORDAZA de 2010 el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA no se encontraba de licencia o vacaciones, y muchos menos realizando un acto propio de sus funciones; razon por la cual su argumento de defensa en este extremo tambien es inconsistente en tanto ha reconocido haberse retirado de la sede del Ministerio Publico con la finalidad de tratar un tema personal en el Departamento de Ancash; Decimo Octavo: Que, en referencia a la imputacion contra el doctor MORDAZA MORDAZA de haberse ausentado de su despacho los dias lunes 23 y martes 24 de agosto de 2010, consta en el reporte de llamadas entrantes y salientes de sus telefonos celulares numeros 989588653 y 996908073, de fojas 648, 649, 1006 y 1007, respectivamente, que efectuo llamadas que revelan que el dia 23 de agosto de 2010 desde aproximadamente las 12:00 horas se ausento de su Despacho Fiscal, y en horas de la noche se desplazo hacia las Provincias de Huaral, Barranca y Huaura, permaneciendo en esta MORDAZA hasta el dia 24 de agosto de 2010, reincorporandose a su despacho aproximadamente a las 17:00 horas del mismo dia; Decimo Noveno: Que, segun los argumentos de defensa del magistrado procesado, el 23 de agosto de 2010 efectuo coordinaciones sobre temas relacionados con su funcion en la Delegacion Policial de MORDAZA y luego retorno a su despacho, pretendiendo justificarlo con algunos dictamenes que emitio con aquella fecha, y por otro lado, reconocio haber viajado el mismo dia a la MORDAZA de Barranca, acotando que por causas de fuerza mayor retorno recien el 24 de agosto de 2010, reincorporandose a sus labores a las 14:00 horas; frente a cuyos argumentos surge que no acredito con medio probatorio alguno la supuesta diligencia que efectuo, asi como tampoco las fechas en que realmente fueron emitidos los dictamenes que cito, ya que estas fechas no son necesariamente y en definitiva la que senalan dichos documentos; siendo ademas inverosimil su version en el sentido de haberse

a 1910, al haber senalado que ese dia se reunio con el senor Gliksman Mas MORDAZA en el restaurante Queirolo del Distrito de Pueblo Libre, y no recordaba si estuvo presente el doctor MORDAZA MORDAZA, dado el tiempo transcurrido, sin descartarlo; Decimo Primero: Que, en concordancia con los demas detalles de la denuncia contra el doctor MORDAZA MORDAZA, se tiene de la informacion del operador del servicio de telefonia celular, de fojas 847, 848 y 1706, que desde el telefono celular con numero 980334126, del titular Corporacion Centaury S.A.C, de la cual es Gerente General Gliksman Mas MORDAZA, el dia 28 de MORDAZA de 2010 se efectuaron varias llamadas al telefono celular numero 997868069, perteneciente al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Chahud, que fueron registradas por la antena del operador del servicio de telefonia situada en la Avenida Sucre N° 500 del Distrito de Pueblo Libre, es decir, por la misma que registro las llamadas que hizo el doctor MORDAZA MORDAZA desde su telefono celular numero 996908073; asimismo, se intensificaron las llamadas telefonicas entre el doctor MORDAZA MORDAZA y su ex asistente MORDAZA Chahud, ya que el primero efectuo siete llamadas al telefono celular del MORDAZA desde su telefono celular numero 989588653, y recibio otras siete en su telefono celular numero 996908073, provenientes del telefono fijo numero 625-5555, que corresponde a la central telefonica del Ministerio Publico; figurando dentro del citado trafico de llamadas tambien el telefono celular numero 999655520, cuyo titular es el abogado MORDAZA MORDAZA Bardales; Decimo Segundo: Que, el argumento de defensa del magistrado procesado en este extremo no resulta convincente por contradictorio, ya que mientras por un lado senalo que el dia 28 de MORDAZA de 2010 se retiro de su centro laboral debido al recrudecimiento de su enfermedad de "uretritis", por lo que le fue prescrito un tratamiento con antibioticos y reposo absoluto durante 48 horas, por otro lado indico que ese mismo dia se mantuvo en permanente comunicacion con su despacho y efectuo gestiones vinculadas a su funcion en las jurisdicciones de los Distritos de San MORDAZA y Pueblo Libre, oportunidad que aprovecho tambien para reunirse con su amigo y compadre MORDAZA MORDAZA Cajo; Hacen aun mas inverosimiles dichos argumentos de defensa que, pese a la afectacion en su salud que alego el magistrado procesado, el detalle de sus llamadas telefonicas entrantes y salientes del dia 28 de MORDAZA de 2010 grafican que realmente se mantuvo en una intensa actividad por diversos lugares dentro de los Distritos de Pueblo Libre y San Miguel; y porque el hecho no probado por el mismo, de haber estado en compania de su amigo MORDAZA MORDAZA MORDAZA, no aporta ni el minimo elemento que desvirtue el cargo de haberse ausentado de su despacho de la Primera Fiscalia Superior de Familia de MORDAZA, en horario de labores, a pesar de no encontrarse de vacaciones, Iicencia o diligencias propias de la funcion, y sin contar con autorizacion del Superior Jerarquico; Decimo Tercero: Que, con respecto a la imputacion contra el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de haberse ausentado de su despacho el dia miercoles 7 de MORDAZA de 2010, el reporte de llamadas entrantes y salientes de sus telefonos celulares numeros 996908073 y 989588653, de fojas 960, 961, 629 y 630, respectivamente, demuestra que ese dia estuvo presente en el Distrito de MORDAZA, Provincia de Huaura, al promediar las 13:00 horas, ya que efectuo llamadas desde ese destino; Decimo Cuarto: Que, conforme al Oficio N° 37192010-MP-FN-OREF y reporte adjunto, de fojas 1340 a 1346, emitido por la Oficina de Registro y Evaluacion de Fiscales del Ministerio Publico, y el cuaderno de Diligencias de la Primera Fiscalia Superior de Familia de MORDAZA, de fojas 1519 a 1537, el dia 07 de MORDAZA de 2010 el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA no se encontraba de licencia o vacaciones, y muchos menos realizando un acto propio de sus funciones; sin embargo, conforme a lo detallado en el considerando precedente, repentinamente realizo un viaje a la MORDAZA de Huacho; cabiendo remarcar, con el fin de contextualizar el hecho, que la antena del operador del servicio que registro una de las llamadas efectuadas ese dia por el magistrado procesado, se

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