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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2013 (19/12/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 22

El Peruano Jueves 19 de diciembre de 2013 509648 de Responsabilidad, Bonifi cación por Función Administrativa y de Apoyo Operativo Efectivo y la Bonifi cación por Alto Riesgo a la Vida, percibirán el personal en situación de actividad militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú, así como el monto por concepto de Subsidio Póstumo y por Invalidez para los pensionistas del Decreto Ley Nº 19846 que han obtenido el derecho a la pensión en los casos de invalidez permanente o viudez por fallecimiento del titular militar o policial acaecido en acción de armas, acto de servicio, consecuencia del servicio o con ocasión del servicio. Artículo 2º.- Transferencia de Partidas Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, hasta por la suma total de SESENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS SIETE MIL CUARENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 63 807 040,00) destinada a fi nanciar los montos de las bonifi caciones que se aprueban en la presente norma a favor del personal militar y policial en actividad, de los cuales la suma de CUARENTA Y UN MILLONES CIENTO UN MIL QUINIENTOS NOVENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 41 101 590,00) corresponde al pliego Ministerio del Interior y la suma de VEINTIDOS MILLONES SETECIENTOS CINCO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 22 705 450,00) corresponde al pliego Ministerio de Defensa, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ACTIVIDAD 5 000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia 63 807 040,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 63 807 040,00 ============ A LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 007 : Ministerio del Interior UNIDAD EJECUTORA 002 : Dirección de Economía y Finanzas de la PNP ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios ACTIVIDAD 5 001281 : Vigilancia Policial de Naturaleza Civil GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 41 101 590,00 -------------------- Subtotal UE 002 41 101 590,00 -------------------- TOTAL PLIEGO 007 41 101 590,00 ============ PLIEGO 026 : Ministerio de Defensa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios UNIDAD EJECUTORA 003 : Ejército Peruano ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5 002090 : Mantenimiento de la Operatividad del Efectivo Militar GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 11 075 050,00 -------------------- Subtotal UE 003 11 075 050,00 UNIDAD EJECUTORA 004 : Marina de Guerra del Perú ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5 002090 : Mantenimiento de la Operatividad del Efectivo Militar GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 7 996 300,00 ------------------ Subtotal UE 004 7 996 300,00 UNIDAD EJECUTORA 005 : Fuerza Aérea del Perú ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5 002090 : Mantenimiento de la Operatividad del Efectivo Militar GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 3 634 100,00 -------------------- Subtotal UE 005 3 634 100,00 -------------------- TOTAL PLIEGO 026 22 705 450,00 ============ TOTAL EGRESOS 63 807 040,00 ============ Artículo 3º.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 3.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en los artículos 1, 2 y 3 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 3.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitarán a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 3.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 4º.- Limitación al uso de los recursos Los recursos a que hace referencia el artículo 2 de la presente norma no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos e incorporados. Artículo 5º.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 6º.- Publicación Publíquese la presente norma en el Portal Institucional de los Ministerios de Economía y Finanzas (www.mef. gob.pe), Defensa (www.mindef.gob.pe) e Interior (www. mininter.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 7º.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Defensa, el Ministro del Interior y el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de diciembre del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas WALTER ALBÁN PERALTA Ministro del Interior 1029739-5