Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 2013 (19/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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que participen en la evaluacion docente para acceder a cargos de Director y Sub Director, en razon a que se cuentan con dichos saldos disponibles en el Presupuesto Institucional del Pliego 010: Ministerio de Educacion, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios y en la Generica de Gasto 6: Adquisicion de Activos no Financieros; Que, en base a la informacion registrada en el Aplicativo Informatico para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de Recursos Humanos del Sector Publico, la Direccion General de Gestion de Recursos Publicos emite opinion favorable para efectuar el pago por desplazamiento de 33,612 docentes, hasta por la suma de UN MILLON NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.1 939 350,00), en el MORDAZA de la Sexagesima MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014. De conformidad con la Sexagesima MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; DECRETA: Articulo 1.- Objeto 1.1 Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, a favor de los Pliegos Gobiernos Regionales, hasta por la suma de UN MILLON NOVECIENTOS TRENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.1 939 350,00), para ser destinados al financiamiento de lo dispuesto en la Sexagesima MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Nuevos Soles : Gobierno Central 010 : Ministerio de Educacion 108 : Programa Nacional de Infraestructura Educativa

El Peruano Jueves 19 de diciembre de 2013

Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1 de la presente MORDAZA a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente Decreto Supremo. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruiran a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el articulo 1 del presente Decreto Supremo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4.- Del refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Educacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciocho dias del mes de diciembre del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA CHANDUVI Ministro de Educacion 1029739-10

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS PROYECTO 2092841 : Sustitucion y reforzamiento de la infraestructura, dotacion de mobiliario y equipamiento de la Institucion Educativa Nº 54004 Fray MORDAZA Bonifaz Abancay - Abancay - MORDAZA FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de Activos no Financieros 1 939 350,00 TOTAL EGRESOS A LA: SECCION MORDAZA PLIEGO 1 939 350,00 En Nuevos Soles : Instancias Descentralizadas : Gobiernos Regionales

Autorizan Transferencias de Partidas a favor de diversos Gobiernos Locales en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013 para la ejecucion de actividades de mantenimiento rutinario de infraestructura de caminos vecinales y de proyectos de inversion publica de electrificacion
DECRETO SUPREMO N° 323-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO:

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales TOTAL EGRESOS

1 939 350,00 1 939 350,00

1.2 Los pliegos habilitados por el presente articulo y los montos de transferencia por pliego, se consignan en el Anexo "Costo por desplazamiento de los docentes que participen en la evaluacion docente para acceder a cargos de Director y Sub Director", que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el mismo que sera publicado en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob,pe) y del Ministerio de Educacion (www.minedu.gob.pe), en la misma fecha de publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban mediante

Que, mediante Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, se aprueban, entre otros, los creditos presupuestarios correspondientes a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional y los Gobiernos Locales; Que, el articulo 23 de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, crea el Fondo para la Inclusion Economica en Zonas Rurales (FONIE), a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, con la finalidad de financiar la elaboracion de estudios de preinversion, ejecucion de proyectos de inversion publica, y/o mantenimiento a cargo de las entidades del Gobierno Nacional y/o por las personas juridicas privadas, para la ejecucion de infraestructura de agua y saneamiento, electrificacion, telecomunicaciones y caminos vecinales en los distritos que se encuentra en los quintiles I y II de pobreza y que cuenten con mas del 50 % de hogares en MORDAZA de inclusion, conforme a lo determinado por el Ministerio de Desarrollo e Inclusion

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